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a 5% : $ 196 54 Apol. 1.Sec,2: 58.8: 2 | e la Cruzada «para elegir Confellor que les abluelvá. temente, fupri 5, 6. 41. 413.: ad 422». donde (e y de los refervados ocultos, y fecreros ; quedara dil=. puedewer; ! ¿e penfadalá;Regla, ni el tal precepro; que habla Me 28 A que añado : Que quandoma E lo de los publicos , y notorios 4 Expliquenos fu Pa- eftuviera tan clara , cc mo lo efta , €n la meíma Bula, e ternidad ,cón fus aventajado ingenio , cómo ¿ Ó por la ral conceísion , en efpecie á los Regulares , baltaria' donde entre la difpenfacion de la Regla en dicho. que huvicffe prefumpcion de. ella, como lo tiene. la $ calor Y fi no éntra (como dla verdad ñoentta) Gloflá;fobre la dicha regla 81. ¿nm generali , verbo 08 ni es necefaria difpenfacion en la Reglá pará abá Verifimiliter : porque en tal cafo la prefumpcion 4% folverfe ;' por. virtud de la Cruzada ; de los calos. contrárid haze que cefle lá dicha regla , y aísi bafe Y ocultos: luego lá tal razon ¿ide nadá tiene. Menos p tariá que eftuvieflen los Religiofos comprehena UE que del fer ineluctable , y della mal podrá dicho Lec=. didos enlá concefsion general. que fe haze átodos tor General evidenciar enteramente el punto de efiá controverfía, y y ¿ 35 Pregúnto mas al P.Ojmo: Como fiendoel: P. Miranda el mas acerrimo impugnador de le tercera fentencia , folo la impugna con las Conf- tituiciones Pontificias ;' que han Prohibido el 'ral vío , y no cón el fobre dicho argumento del pres cepto dela Regla Serafica? Es 'acáfo porque dicho doétifsimo Padre ignoráva eltal precepto? YA fe vé queno : pues efcrivió ví tomo entero de dicha Regla, y diíputó muy exprofeflo la calidad del' tal precepto,y el fentidoen que fe debé entender: luego feriá ¿ 9: porquejuzgó no fer ad rerm el. tal angumento 9. porque juzgó «que por eltal vío de lá Cruzada para los cáfos ocultos ( que es. para los que firvé , han meñélter los Religiolos). en; nadá le: perjudicava:al tal precepto de la Regla; 0, por», quiejuzgó ambas las- dichas colas ( que para mieslo, mas cierto») Reconozca, pues, de ai el P. Olmo quan, inelwétable lea la. primicra , y mas capital de lus razo» ; nOs. 4005) f J f RESPUESTA IV: 2 y: HE 4 , Y ¿1613 ./ -duta.ai3 6: Refpondo lo 4: á dicho argu- fento en fora: Enla Religion Erancifcanaay,ca=w' [os refervados ex vi Regule ; como. .cofilta del dicho precepto, publicos, y notorios , concedo maigrem;. ocultos, y fecretos, nego minorém: porque N: P.S; Eranciféoen dicho precepto «mo:liabla de.los.:ocultos, fino delos publicos ;:y.notoriós ¿y del :milmo mo»: do deltinguo la menor ¿(vel ¡indiilto de le, Cruzas, da para: elégir' Confellor: + y ablolvcríe;de. Jos few: fervados ¡publicos y: notorios; fufragari 4, los; profefforesidedicha, Regla ; enteramente quedara, difpenfadoefte precepta'y:concédo minorient, hi lóLam fragára para los ocultos3: y fectetos y enceraménte” quedara difpéenfado ote precepto ; mago. minorem: 30 noes vilto 'orarle ¿i pues! para ello era; ceffariohrazer-del efpecial: mencion , comcedo con a N juelto:del confequena: te ¿porqué.como dicha: 661,881 dal précepto mohad blalde: los::refervados odias, (no de o publicos: Y ac > idos RN MR. 17. De donde es :quéaquellarégla8 rs, 1x6: ingenevali concefsione,y el cap. Si Epifeoprs vendrán muy bien en otra ócafion¿ pero'aquí ño'fon' abrade; como'confti delo dicho, Además, que en ” dén '41a: dicha Regla ¿Queda fatisfecho abundany los Fieles vtriu/que /exus :pueses tambien vulgar $ en Derecho ; tantum valere genus quoad omnjas quantum /pecies qhad Jpeciáli/sima, para lo qual ales gaalli lá Glofía michas leyes , tomadás ex Dyno, Sobre la dicha regla 81. ( S. Mibi , fed oppon.)y cia ta tambien á Juan Andreas , y lo Melmo lá fegun= da Glofía Marginal. Vea/e lo dicho arriba,. 5.7. Y Aniúm; 110.44 129. y en otras partes delta Apo=w | logiá. y PO yw 29 . , De donde, en orden áaquello | que dize el Padre Olmo , encargando al curiofo, que | vea el cap. Si Epifcopus ,con la Glofía , y conocerá demonftrativamenté la: gran fuerca de fu argue | mento; Yo: tambien fuplico al curiofo ,Íe firva de | regiltrarlo , y.cotexarlo ton lo qué queda re(Pondiw , do al: tal: argumento ; Y reconocerá; qué elto que aqui dize dicho Ledtor General ¿es de la mima cali dad, que otras demonltraciones ; y evidencias q fu PP. acoftumbrá. Y conefto paffemos al 7.7, [NUMERO Il ATA 30 Todolo que el P. Olmo alegd | énelm.2. 4 pag. 12 1. Le funda en el fallo prefupucito de queN; Serafico P,S; Eráncifco habla en dicho precepto: de los refervados ocúltos , coti que lé puede, iy | guardar para mejor ocation, porque aqui no viéne ad: Y rem, como coníta de lo dicho,Y aísi paflemos al n.5. $ NUMERO IU; 31 Profiguiendo el P. O]mo, en el num. 3. a pag. 122. dize lo quefe figue: La fegunda ; razon convence aísi , porque. las Pontifices Inocencia. VHL y Pio IV. quando declararon , que los Relis giofos Menores. no, fe comprehendian; ln. comce/a, Jane sfeú Privilegio, Cruciate publicande ; fabian muy «bien que defpues fe avia de conceder, y publi Car dicha Bula:con las mifmas circunftancias , y claum fulas generales derogatorias , que antes tenia , y fini embargo declararon, no fe :revocava, ni fufpendiaY por. dichas claufulas futuras. Ja excepcion particue| lar y en. que por. fus efpeciales Decretos eflentam' van ¿los Franciícanos : luego fin grave inconfequen=+!| cia no podrái'afleverar Doftor alguno particular, que. por aquella claufula comun de la Cusade | A

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