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> a ori 183 Apol.r Sec EE Pareynidad quiere haztrles effa merced , poniendola de lu cafa? P 90 Y filosSumos Pontifices pofteriorés ¿Gregorio XIII. y XV.4 Clemente , y Vrbano VII y á Paulo V .conceden generalmente; Omnibus fidelibus vtriufque fexws, cuinfcumque condislomis, O: qualitatis , que tomaren la Bula, facultad de ele gir para si el Confelfor que quilieren que los abíuel- wa, adbuc , de losrefervados ; y elto y para que todos le muev an á tomar la Bula, y aumentar la coleccion, y gafos ordenados al bien comun de la Iglefía contra los enemigos de mue/ftra Sañta Fe Catolica : y para que los que la tomaren, con mas puridad y limpieza e coragon, puedan bazer oracion, como todo conf= £a de la mefmaBula:1 quien hemos de dir f2,y affena fo, al dicho P. Leótor General, 0 tantos Sumos Pon- £ilices que conceden lo dicho, y por la dicha caufal$ XX gon elto paflemos al». S.) NUMERO vil sé ElP.Olmoenel x. 8.4 Pag. IT r6 . despues de aver dicho,que el Hluftrifsimo Señor 'Acacio March , Alfonío Perez de Lara , Trullench, Geronimo Zurita , y Prudencio de Sandoval, dizen, que Julio JI. fue el primer Pontifice , q concedió la Bula de la Santa Cruzada 3 pero ps e engañaron en ello : porque yá eftava concedida , aun antes de 'Alexandro VI Profigue A la letra lo que fe figue.. 92 He juftificado el punto, y hallo, que el primer Pontífice que concedió la Santa Cru- zada d los Reyes Catolicos Don Fernando , y Doña Ifabel , fue Inocencio Oétavo , como dizen el Pa- dre Cordova citado , el Coleétor Cafarribios, werb. Ab/olutio , y Miranda ,tom. 2. citado quef.. 34.4rticul. 15. Pero toda autoridad fobra , quan= do es mathematica la prueba , porque es fin difputa, que en tiempo de Sixto 1V, (inmediato predeceflor del dicho Inocencio Oétavo) no eltava concedi. da. la Cruzada , como confta de fu Bula , que dexó próducida: Pro minoribus , con queel primer con- cedente fue dicho Inocencio; y fe evidencia de las tres Bulas , que quedan alegadas delte Pontifice, en que deniega el vío de la Bulaálos Religiofos de la Orden de Predicadores , Menores, y $. Aguítin. Notefe todo, que haze mucho al cafo,para lo que diz remos luego: 4/si dicho P. Olmo , en dicho num, RESPVESTA E ; 93 Antes de entrar en las refpueltas; fuplico al Leétor , que repare lo primero: Que flama Bula, á vn vive vocis oracillo de Inocencio VIH. para la Orden de nueftro P. Santo Domingo, que dexa referido, pag. 36. num. 15.que para dicho P. los oraculos de viva voz fon Bulas : y lo fegundo, en aquella fuma feguridad con que habla : He ju/hi- Picado el punto: es mathematica la prueba ; porque . elfado ,iendo aísi que ni en todo efte articulo haze * Y Ml es fin difputa 3 y fc. 0 videncia de lastres Bulas que + quedan alegadas defi e Pontífice : y tambien fe pues * de reparar en aquello, como dize el Padre Cordova +: mencion de dicho Cordova , ni sé que le dexe citadq* para el intento en todo fu tratado : pero elto impor tá poco, vamos al calo. ] 94 Refpondo lo primero: Pregunz 1 tándo ,como es mathematica la prueba , Y Como es | Lindiípura , que en tiempo de Sixto 1V. no eltava concedida la Cruzada , y que lo digan Cordova, ' Cafarrubios , y Miranda, G todos eftos , y Otros muy' * chos luponen que eltava yá concedida, y fino, vamos« lo averiguando. 1 95 In primis: Miranda en dicha quoft ¡orr 94.en la conclulion fegunda dize. loque fe igues Religiofi , Jive Regulares , non poffunt favasre Bu | lam Cruciate , ad eligendum Confelforem pere am, mec ad boc ot abíolvantur d cafíbus refervat ¡> fine habita,O" expre/]a ad id fuoruw Prelatorúm fico tia. Hec conclafio, conflat in primis,ex multis pros. bibitionibos ," que ta de vé habintur expref]z a dis verfis Summis Pontificibus , a Sixto IV, lorocenA" cio VII. Alexandro VI. Lulio 11, Oc, Veale i Mit: randa dize , que en tiempó de Sixto 1V.ellavay dá” concedida la Bula de la Cruzada:pues de los Pontifi4* ces que expreflamente la prohibieron , dize queel'* primero fue dicho Sixto IV? hd 3 96 Lomiifmo dize nueftro Reverendilsimal * F. Geronimo de Sorbo en las anoraciones , al Com j pendio de los privilegios , verb. Cruciatas de 2 ze lo quefe figue: Dicituretiam,quod tempore SixH5 ti IV. Innocencij VII. O Alexandri VI, Luli HE Leo.X.O' Pij.V .Religiofi Mendicantes.minime podi terant ab/que fuorum Pralatorum licentia., buitf=? modi Bulla Cruciate gaudere , quantum ad indu + tum eligendi Confefforem ,Ó*c. Luego fupone , que en tiempo de Sixto IV. eltava yá concedida la Bu de la Cruzada. 3 EA ' Lo mífimo fuporte Cordova en las anotaciones! a dicho Compendio de los privilegios , Verb, Cr ciata, $. Et confirmatur : y aun fupene que el mif= mo Sixto 1V.. Innocencio VIII. y Leon X. avian da«i do primero licencia á¿los Mendicantes para que pu-+ dieffen tomar dichas Bulas de la Cruzad, y víar def ellas , y que defpues lo prohibieron, Veale el dicla $. y el antecedente, 97 Item, Geronimo Rodriguez, *e/.3.m4 25. dize : Que Sixto 1V. prohibió 4 los Monjes de Sán Geronimo ,el y/o de la Bula de la Cruzas da : y lo miímo dize el Padre Fray Luis. deS. Juán como fe puede vér arriba, $.5.7.39..luego fupos nen que ydavia Bula de la Cruzada, en tigmpod8 Sixto IV. 98 Y lo miímo dize Juan Martipez de Prado, tom. 1.0A4p.6, $. 4, 14m, 18, donde re here los Pontifices que limitaron el vío de la Cruzada 4 Jos Regulares aurenticamente,y el primero qfue po 0 es dicho SixtolV .¡birPontifices qui limitatirane har: authenticó dederunt pracipue Junt Sixtus V Lgnno ) E de 518

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