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Apol.11Sec. DS. ' 1 ld y fi no, mueltre el P. Olmó algun Texto en que lo dicho fe exprefle+ A que le junta la coftumbre que ay de aquello , y no'de efto 3 que esel mejor intera prete de las leyes. el muy. dofto P. Leandro refponde «bien al fobredíciro argumento del do“ifsimo P, M, Men» do) y no viinconfequente.enlo que dize defpues,ref= pondiendo al argumento de Caítro Palao , lobre no aver querido Jos Inquifidores de Efpaña recibir la Bula de Gregorio X V, (contra/olicitantes ) Donec ipfemet Summaus Pontifex ab eiJdemmet Inquifito vibus fupplicatus y declaravit! Juam mentem non efje,nes fui/]»,quodán Hi/pania de predicio folicin sationis delicto,vllo mode cognofrerent.locormm Ora dinariy, aut alij, preterip[os Inquifidores. Qua de- clanatione facia, fativrreceptafuit diéta Bulla, O: publicata in tota HiJpaniaBósi.cl fobredichio Lean= dro: en lo qual ninguna inconfequencia hallará el P, Olmo, y fino, mueítre lo contrario? Y con efto pal= femosal num. 34» | NUMERO XXXIV. 360 Profiguiendoel P.M. Olmo, enelñ. $ 4 pag: 104: dizeloque fefigue: Pero corramos el velo 2 vna grave equivocación , que le. padece, en elte punto. Supongo , pues , que Jos Refcriptos, Bulas , Conftituciones ,,0 Breves Pontificios ,co- munes , y vniverfales, expedidos para reftablecer, y confervar la mayor oblervancia de los Inftiru- tos de las Religiones, aumque es verdad , le puede faplicar :dellos 1 Tu Santidad '(falvo (1 fondeclara= torios ) para que los: revoque , 4 modere ; péro 'na' pueden los inferiorés, coñ quienes dichos Breves, 9 Bulashablan , fufpender fa execucion:, y cumpli. miento ('adbucintenpo/ita fapplicatione ) halta ver" denuevo elanimo de fu Santidad,y los efeétos de di-” eha fuplica, Y.es la razon , porque afsi como no fe puede apelar de lá ley-:.9 Conftitucion , que emanó de quien tiene autoridad para criar, y eltablecerle- yes, vt confiat ex leg. Sives, ff. de appellat. O” cap. Quia nos eodem tit: (vbi omnes DD. ) afsi tampoco pueden fufpender la exccución de fu cumplimien» to enfeede la fuplicaz porque la fufpenfion en tal' calo es ,veluti efectusip/ims appellationis. Y es lin' duda, que el no: dar prompta obediencia 4 fu cum- plimiento es pecado mortal , y temeridad gran- de, ex cap.Si decreta,dif?.2. que difine. Si Decresa Romanorum Pontificium babetis, Ó* non obfervas Bis, de temeritate eJtis corripendi , O” increpandi. (Sirvale el Padre Macftro Torrecilla , paar los ojos por los dos capitulos anteriores á elte ¿Con lus Glof= las , y hallará graves , y mayiltrales doétrinas, para muchos puntos de fu confulta , que la brex vedad me: embarga el convinarlas) luego aun- que fe hiziefle la fuplica A fu Santidad , no por eflo pudo no aceptarfe dicha Bula (aun dado no fuéra declarativa ) ni dexd de obligar , no conf, “rando-de fu revocacion, alias pecarán morral» mente los Prelados; La confequencia (mi verjes ivnegable:: luego tambien lo es , el que las Sagradas: Religiones admitieron, y aceptaron la dicha Bula; | de Vibano VII Hafa aqui dicho P.M. Olmo , en. dicho sum. i RESPUESTA. 361 A: cada palo me di nuevosmos». tivos de admiracion «dicho» Padre Macítro Ola / mo, con lu eltraño modo: «de hablar , y. abío.. lutas que profiere; y. fio pregunto + Quien. po» drá dexar decftrañar , que “el Padre Olmo llámie equivocation, y grave equivocación, 3wna queltion que feventila muv exprotello' en propriostermim: ! nos ,«y 4 'Vnaidodrina ,-que és comunifsitna de: Theologos, y: Juriítas , lolo porque dicho Paz? dre lleva la contraria? Y quien podra dexar de. * eltrañar ; el que dicho Padre digacon aquella ab«: lolura +: Que es Jin duda, peca mortalmente , yo! que és temeridad grande ;el ajultaríe 2 lo que dis, cha] comuniísima «dodtrina enfeña , y con fuer='* tifsimos fundamento? Y mas fiendo los de dicho! Padre de la calidad que verémos defpues , relpona! diendo 1 ellos? Y 36r > Y quien no ha de eltrañar¿" que ' dicho Padre , en muchas partes de fu tray): tado, llame rara propoficion , á la que es doc: trina” comun* Y para que le vea fer comu" niísimas las tales doétrinas , aunque confta «DIAN ñ dantementé de lo dicho arriba , en elta fécc. 2. "Y S. $ d num. 19..4d: 24. (Veanlé tambien: les reltantes, haolka el fin: de dicho $. > ventilaremog! de nuevo “Aqui dichas dos queftiones , y def= pues' dé- “cada vna, reífponderemos 4 lo que! dicho Padre alega contra ellas , y es coma fe* ligue. 036% Preguntafe lo primero ¿Si la fue; Plica” que fe interpone con caufa julta ,. acer ca de alguna ley, 0 Conltitucion Ponrtificiay: fufpenda "fu: execucion , y la obligacion de ob= fervarla halta que coníte , que: la voluntad de fu Santidad paffa A abíoluta , ' manifeltando de ñuevo- fer fu intencion obligar 4 fu oblervan=. cia? 364 Refpondo afirmativamentes” Afsi lo tienen , con Suarez:, Salas, Felino , Villa=! lobos ,: Granados, Maldero, Diana Eranciícol de Sofía , Gregorio-Martinez, Palqualigo , KRo=s caful-, Caltro' Pálao , Bonaciná,. Bañez , Salon," Anguiano ; y *ObFOS, Murcia; tom. 1. difqui/tóA Moral. difp! 1.refGmumos. Juan Marinez def Prado , tomii1. cap. 3 quel. 605.5. BUM. 224% 23.0 28. ThomásHurtado,tom. 2.£ra62, 12. ref«M 29. num. 1814- pag. mibi 426. Salgado , 461 fupplicatione ad Jancti/]”. part. 1.cap. 2.4 namk 153. Y encl Ham 159. pone exemplo en la Bula de Pio V. y cirdallia. Bernardo Diap, Guticrrozs Lalarie,y Otros.
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