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Acerca del Articulo 4. Nun. 27, 28. y 29: 1 Pe ¿Mores ¿que amónelten ¿ los táles penitedres de la val obligacion y20 Lo quartd; Que enla Bula de Pio IV. y Decreto de Clemente Octavo, fólo fe” coniere el conociatiento de dictio delico ál Inquifidor Géz neral de las Efpañas, y 3 lOs qué elle deputáre ¿pez ro en lá Bula de Gregorio XV: le comete elfo 4 to2 dos los Inquifidorés de todo cl Orbe Chriftiáno ; y ¿los Ordimarios dé los Lugáres , /fmiú?, vel fepará='* tim, como coníta de dicha Búla: bien es verdad,que de(pues el mefmo Gregorio XV. declaró , qué ná avia Gido lu mierité , que en Efpaña Cdonoctellen del dicho delito de folicitación, di los Ordinários de Tos Lugares , ni otro alguno , fúerá delos Inquifidores Generales, y los deputados por ellós. 321 Y lo quinto ; Porque la Bulá de Pía Quarto ; Y Decreto de Clemente Oltivo erán folo' para Efpaña : (y elte Decreto diferta de ¿quellá Bu= la en lo que fe áriotd fobre él ) y la Bula de Paulo Quinto era folo parados Revnos de Portugál , y de los Algarves : pero la Bula de Gregorio XV. es pa- ratodo el Orbe dela tierra ¿ como todo contta des llas mifmas. 323 Refiere todas lás fobredichas Bú- las , v Decreto , Leandro del Sacramento , tom. r. tract. 5.difp. 13.que/. 1. y en la queltion 3. con Caltro Palao , y Truilench ¿anota todas las fobre- dichas diferencias : Veafe tambien enél micfmo lá queftion 3. 323 Vea, pues, agara el Padre Olmo,qué puede inferir deltas Bulas contra el argumento, 9 indicio del Pádre Maeltro Prado, acerca de lá reiteracion de las Bulasde Clemente Oétavo, Paulo Quinto , Y Urbario , que excluyen todas, ¿todos los Regulares del indulto de lá Cruzada', en orden al articulo de elegir Confeflor , que en virtud de ella les abfuelva de los refervados , fin que contenga 14 vna mias que las otras , fino que todas ellas on gene- ra'es,y acerca de vn mifmo punto? Nada, Cierto, Cda mo qualqujieta conocera;,- 324 — Y afsi mi Padre Maeltro Olmo,aques Mo que V.P. dize: Que ha eftimado miúcho mi obs fe vición, que evacuarán algunos extemplos , no Je ha falido como penfava ¿ Porque (fi juzgava V.P, luzir muchio con los -exemplos evacuativos de la tal obfervagion , de lo dicho podrá conocer qualquiera el luzimiento grande que, ha confeguido con ellos: y con elto, paflemos al numero jo, y 31. 325 > Profiguiendo el P. Maeltro Olmo , en el num. 30.4 pag. 100. dize lo que fe (igue? Profi- gue el Padre Maeltro (ibi) en probar; que todas las Balas de los predeceffores 4 Vrbano, no'obligan , ni fe admitieron en Blpaña y di la razon : Porque af: í lo infinua manifiefamente Vrbano VIII. quando dize: Seynon finé animi molefia id añdivif/e. Mu- ¿ho admiro de fugetótan dotó efta interpretacion; tan opuelta 41 format fentido de la Bula ; y mente del Santo Pontifice: 'Lá claufila es eltas Nibiiominis; Hcús mobis, món fine animi moleffiá inñotuit ; noñh ñuli Ordinis N. profeffores, pretexta Bulle rifa dem S.Cruciata, Confeffaridi,qui cos, Ut prefer- tur ; abfoluat , elidere poffé ¿preténdint , O fora fam eligánts;:: in maximum Paris O obfebvsntie egularis preiidicióm. Difcutra dora qualquiera; dónde elta la manificlta inlinudción del Pontificé; en la exprefsion de fú fentimiento Por que ningurid delas Bijtas de lus predecellores ; le hán adrvicidos hioblérvádo en Efpaña? Si infiriera de lá pena Y dolór del Pontifice ; lo ponderofó de la' materia ; y grave del punto , fabieñdO', que 'algurños Regulál res arropellaván la bbfervancia de fu. Inftituto ; vál liendofé de lá Cruzada pará lo-dichó 3 eh contrál vención de lo declarado por Clemente: O ftavo; purgar todás erá genuino; y foral El difcura 6: pero inferir por cónfegquencia de la pena, Y guiebranto del Pontifice, qué las Bulas de: fus Pres decellores no le admitieron en Epaña ; no dlcana $0 la connexion. Demoltremos mas el púnto, y lá e bueha inteligencia de lá Bula , y mente Pontis cia, 126. Yeñelnum.31.2 pag. 101. proligué afsi ; El Pentifice Pio IV. expidid-vna Bula año de 1561. contra Confeffarios foliéitahtes , dirigida ál Inquilidor Genérál de Efpaña (y eltá fuéela primera quedid la Sánta Sede, fobre el punto de folició tantes )y comiera ¿ Cum /[5cut fidper,1ion finé ant- mi noftri moleftia accepimas (que op lás mifmas de que vía Vrbáno Oétavo enla fúy as) mucho def pues Paylo Quinto defpichd tra ¿año de 1508. al miímo intento'; y comienga : Cum /fcut non fine animi molefiia accepimas ¡O'r: Infiero dora , ferá buendilacion dezir ; luego deftas claufulas fe figue, que dichas Bislas no fe áeeptafon en Efpaña? Pres untelo al Santó Oficio. Lo que no ¿dmire dida és, que Urbatio Oétavo manifielta en ellas vozes fu gra- vo fentimiento ; viebdo «por elte medio, perdido el itiltrofo candor de la Regula? Oblervanicia ; del= preciádo el voto dé la Santa Obediencia , y ¿Utori dad de los Prelados; y fomentadas las rélaxacia hes como demieltran los Pontifices en fus Balas. Y por fin digo > que quando los Pontificesle valen deltas vojes; Non fine ánimi moleflia ,O'e; es tras tando de tofas de mucho pelo, y muy graves, co» mio en nueftro cáfo ¿ y afsi no ¿lcango el motivo ; ni fundamento de eftá interpretacion , nj. es facil. Hajta aqui dicho Padye Olmo, en dichos dos numeros. RESPUESTA ll: 317 ' Ántes que entremos en las refpuéltas; és bienfe repare el orden que guarda digho Padre Maeítro Olmo en fús impugñaciones En el mum. 19 pag. 92. impugno lo que [e dezia en mi pime- to99. menos'dos renglones cop que empézava el dicho númeró, que Te los omitió allí ; y q déf 1 AÑ j y | a A

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