BCCPAM000326-6-16000000000000
Acerca del Articubo 4.Núñ. 27.2 8.) 29: rá 49 reiteracion es indicioó'mañificlto parainferir : luego las primeras no le admitieron? Buenos eftuvieramos; cierto. Haffa aqui dichó P.. Olmo en dichos tres nás Eros. RESPUESTA L 266 Refpondolo primero: Que lo que dizen los Autores de lá tercera fentericia,que van pof élte légundo modo de defenderla (lo qual me atribu- ye 4 midicho Padre Olmo, pot no perder lá búená coltumbre ) es , que las dichiás Bulas no eltán en El3 paña recibidas én vío: y eftolo pfuebán de otras muchas maneras , qué fe pueden vér alli, 4 num. 96, y 1 donde me remito ,/4p. n4m. 247: y ño lolo con áquel indicio , que llama *4zón el P: Olmo ¿y da 4 entender [er razon vnica: y por ello, refirierido todo el 2.98. (olo calló de el aquella primera clávilula: Ló otro, porque no fe infirielle della; que la avian preces dido otrás pruebas; pi >: 267 Y aunmo quilo referir legalmente el dicho numero: pues eri lugar de Indicañdo, puto Dé- elarando ; como li fuerá lo mifmio Iidicación ; que Declaracion ; que todo esfuergá de buen natural ¿ e indicio del habitó que tiene adquirido er no teferir con legalidad la3 colas: LO ñ 268 Y tambien llama dicho Pádre eñ él vl- timo parenteíis del n, 27. Formalts r4zóMs (que di Ze ler mias ) 4 lo que le infiere pór confequencia : y no sé yo como dicho P.Leétor Genéral puede llamat Formal razon del afferto ;lo que folo(e dize por ¡n= ferencia. A IA Y la razon que me adjudica 4 mi el dis dicho Padre Olmo, es la letra del muy erudita Padre Mácltro Juan Martinez de Prado , tom. t; cap. 6. de Bule,queff.5. $. 5. núm. 30: donide defpues de las otras pruebas que dexava yo refé- ridasen los des numeros antecedentés , la tercera »» Que pone es 4. lá letrá como fe ligue. Tertio, »» ipía reiteratio Conftitutionum manifefte indiz 3» Car priotes mob fuifle víuw réveptas : alioquirl »» frultra cirea idem tot multiplicarentur Conftiz y tutiones. Manifielte id infinuat Vrbánus Oktas 5 Vus , dicems fe mon fine doimii moleltia id aus 3» divifle. Afsi el dicho Padre Maeltro Prado , que pro(igue otras muchas pruebas , que yo reficro ibid; mum.s9.y dm: tod 269 Sed quidquid de hoc /ít. Pafíemos 4 ver lo que dicho Padre Olmo nos dize en el y. 28.dize,que ba efimado miúcho mi obfervancia , que evacua= ran algunos éxemplos : y yo tambien me alegró de averle dado elle guíto , y aver dicho cofa detu eltimacion 5quizás por lo mucho que: efpera Juzir con los rales exemplos: (1 bien en las relpuéltas ' verémos los luzimientos quefacz de ellos, .;:. N SNOOEE > Confuls. Tom. 4: RESPUESTA M. « .279.. Reffondolo 2. Que aquello que dige el P. M. en el num. 48, Que los exemplos perfuaden imas que lafazón , no lo prueba en mánera alguna; porque el Proverbio que refiere $. Thomás, y las pas lábrás del Santo , folo dizen , que los exedmplos mue ben más que las palabras ; veá, pues , qualquiera més dianamiente entendido ; 1 8s lo milmo dézir, que ?xempla magis quam verba movent, que dezir, mMQ= vent magís,quam ratió:Creo que ninguno fe períuas dirá 4 que es lo mifmo aquel verbá , que aquel ratio. 271 ,* Nitampocoprieba lo dichio on ¿quel Axiomá de Derecho qué alega para probarlo; pues aquel folo dize , que los exemplos declarant, O aperiant regulam , lo qual es verdad, y elfo prueban das dichas leyes 3 pero no dize, que los exemplos muevan rias que la +4205,como tolta de fúus mélmás pálabras: ergo, Ec... 50.0 h 373 Imo, lo éóntrario puede inferirfe bien del Derecho : porque de elte conlta, que. la ra- zon fe ha de anteponer A los exemplos , cap. fin. di Jtinét. 9. y la razon defto es : Jo vno, porque lá razon es el anima de la ley, de tal fucyte, que in ra- ¿on no feria ley, cap. Con/uctudo, dif?; 1.cap. Erit astein leo, 4 dif leg. Caña ratio $. de bon dámnáz Zor. y de otras, y lacomunde DD: 273. Y lootro: Porque no fe ha de juizgar por los exemplos, lino por lás leyes3 como conlta,ex cap: 1. de pofiulat. Prelator. leg. Sed licet , [.d: Ofic, Prafid. leg. Nemo , C; de fent: O inter locut; om- hiam Iadicum , y de otras , y la común de Juriltas; Juego , porque no mueven tanto los exémplos ¿omg las leyes, y como la razon, que es quién lás anfmásera go, Bic: RESPVESTA. ul, 474 . Refpondolo tércero: Queel indós tio que alega el muy doéto Juan Martinez dé Prado Para probar no eftárrecibidasen vio én Efpañá di. ¿has Bulas de Clemente VIH. Paulo Quinto ¿ Vrbas ho Oétavo, és manificfto, y la razon en que lo funda es muy conforme á Derecho : pués fegun ellé ¿La lua perflidad le debé evitar,y noé ha de víar de Cáucion nes fuperfiuás, leg. Tun cogendur $. Sabinas, f.de procurat. leg. Hec Pipulatio,$. Divas, Jf: de vt lg- gat.nomin. tave. leg Qui bis tdem,f. de verb.obliz gat. y de otras , Eltavan Graciano , di/ceps. forenf; tap. 306. num: 16.y.tom. 4. cap. 639.1. % 1.Pere= grino, conf. 143.m.8. in fim.Menochio, com[.1,97. mum. 14.Scacia, de comerc. $.7.Glof. z¿num. 20; donde amplia lo dicho: de muchas manéras , y el Cardenal Tuícho, dé. S. comcel. 89 ¿donde dizé,que de han prohibido fhuchas cofas , porquela fupcfui dad nofe induzga , y lo miímo otros; Sed 5c e, N que 2 ca AP ¡ ] ] » - S ” od sub po, a > A me. - 2 A A A
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz