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148 | fu tan abfoluta propoficion, veale fupr. $. 6.1. 70.y EN OLTOS. 258 A que añado : Quelos Autores de la tercera fencencia niegan que las tales Dulas elten en Efpaña recibidas en vío ; y f1 el P. Olmo afirma eltar recibidas en vío., d fu P. es dquien-le tocará la pro» banga: porque fegun las leyes, Canones,y conftantil- fima praxi de los Tribunales, ¿Wi incumbit probatio, qui affórmat3 non qui negat como conlta qxe leg. 2. O leg. Verius, ff. de probat leg. Actor,O* leg. Fufa tra, Cod. eodem tit. cap. unic, ver/.Cum enim, vt Ecclefiaf?. benefic. fine diminut. conferant , y de etros, y la comun de DD. e 259 Y en quanto á la praxi de los Tribunales , es manifielta : y /o miíimo pala en las difpultas,y actos literarios,que al que niegano lein- cumbre la probanga,Íino el que arguye, y alt ma. Y mas es, que fila doárina exiravagante del Padre Olmofueffe verdadera , deberia probar fu Ya swni- dad con algun. teltimonio autentico , que L ga fee, que las tales Bulas eltan recibidas en vío: p u-velo, pues , pues nos dize , que esbien vulgar en Derecho (como loes) que , probare opportes , non fufficit dicere. pas 260 Reípondolo quarto: Que en quanto ¿lo que dice el Padre Olmo del Ediéto que publico el Comiflario dela Cruzada en Portugal, y aprecio, que me atribuya, le vea 1) dicho arriva,Jet. 2.8:2.4.229.4d 241.y alli le conocerá de que calidad es elto que repite aqui dicho Padre, y nos dí= xo alli, AS 261 Refpondo lo quinto; Que aunque los Prelados de algunas Keiigiones no oigan bien, 0 lleven mal que fe apoys la ter- cera fentencia , no hallo que fe les haga ofeafa alguna en dezir la probabilidad que E fi fe quexaren de eo , quexenie de los Áuto= res de Sus melmas Religiones que la llevan ¿0 4b= folutamente O como probable, que mushos de ellos han fido Prelados de fas tales Religiones: acerca. de lo qual fe vean los que q uedan ci- tados en las partes d que me rem.to em las rel pueltas antecedentes lobre elte numcro, Y VE3no le los.citadosen la /ec. 1, $... «por todo él;y lo que dize Machado en las palabras eranferptas ¿26.2 SN Ze an.4o.ad 45. y lo que le dize tn elte S-0.4.194 ad 210. ' us . ¿ 1 262 A, que, añado : Que por qué han de llevar mal el, que le diga pueden praéti- car lo que lós Sumos Pontifices y póttcriores 4 Vibano ( fmd , y el miélmo Vrbano, Clemente Oétavo, y Paulo Quinto, les concedicromy CO» mo en otras partes queda dicho). (fino que pre- tendan tener poteltad fobre lo. que difponen dí chos Sumos Pontifices. Acerca de lo qual le vea lo dichio "arriba, 172. 204. Y porque el, Padre Olmo ¿ha de querer uprerar tanto 1,los fúbdis AN lo que los Pontifices ,-polleriores 4 y rbano., les conceden ) por compl! acer 2 los Pre lados , fino-<s que €lpere por ele medio lo que no le Apol. 1 Sec 8Ó, han dado balla agora : y con elto paflemos «4 Jos. pue meros 27,28.y 29. Se NS NVMERO XXVI XXVI y XXIX. 0263 Proliguiendo el Padre Olmo ,en el nuin. 27.09.99. dize lo que le gue : Intenta dis ¿cho Autor eftablecer por conftante , que las referidas Bulasfon de ninguu valor, ni efeÉto ,4c. y la razon que di para ello ,». 98, eselta: Porque 1a me/ma reiteracion (dize)de Conftitutiones effa manifisfia- mente declarando que las primeras no fueron recibia das en ufo : alias, fuera ociofo el multip.icar tantas. * Confituciones aterca de vn mifmo punto He c les Que es comefi dixera : Si la Conflitucion de Cle- * mente VUL v, g, huviera lido adrinitida¿ nu €14, Y ociofo innovarla- Vrbano VI? Con que infier de la meíma repeticion , que nibguna ha fido ' admitida, y que todas fon ,:como li no le hu» $ vieran: expedido: (. fon formales razones fus* YAA AAA Bid 264. Y enélmum 28 pag.99: probgue! a(si : Mucho he eltimado al P. M. la obfervancia que: evacuarán algunos exemplos , que fegun Santo Tho=» más, perfuaden"masque la rázon; y: alsi 1. 2. que Bn 34. artic. 1. ín corpor., trae el fanto Doétor ag vulgar Prouerbio: Exempla magis movent , qual > werba, y el Derecho: Exempla declarant,C7 ap riunt regulam. ,leg.Praetor ..$. 1, Jalianas , ai 4sy S. Quoties, ff: de collar, bonor.ver/. V ideamus, iblal Quod dico, exemplo manifcltivs: fiet, leg. ¡Li vulneratos. 51. ad fín, (¡bt , multa auten , Ocb ¿ad leg. Aquí. lega fode prafeript. verb Cardinale 3 Tuích. practic. conc, lítt. E. concluf.. 548 veamos: pues. 5 : (ON A 265 MX enel num, 294 4Paz. 09 profigue aísi+ ¿La Santidad de Sixto. Quarro iofef situxo , y :.eltableció aquella. célebre Conttitued cion Grave nimis (que eltá inferra en. el D.s. ho) ¿favor del : Mylterio de la Púrilsima Conce A cion, de nueltra Señora la Virgen: Maria! (147 bueno dezir., no [e admitió, ni. promulgo 3. porá que delpues la innovaron el...Santo. Consilig de, Trento , y los Sumos Pontifices Pio:y. Paue lo Quinto , y Alexandro VIE? Sixto. Quinto maña do expedir aquella grave Bula; Celi, O terre cr.c:a e for contra Aftrologos Tudiciarios:; año de; 158541 la innovaron Gregorio XV, año de;162.2, y Vrbuel no VIT. el de. 1631. fe deduce; delta. reiceras! clon : luego no fe admitid,.,y;-es como, (1.09 le huviera expedido 2 Paulo, Quarto eltablecid) vaa Conttitucion, contra celebrantes y gel Sacras mentum Penitentia adminifirantes y 3000 dun añ Presbyteratus Ondínem ; y delpues la inovaron Si de to.V. Clemente VÍL, y vitimamente; VisbanoY 11% año de (628. y por fia , otras quatro Blas ( que no intividuo por abreviar. ) que has ¿Annorado la de Pio Quarro, contra /olititantes in confefsione. EM: rei iS

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