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mat, O abUlis ábehtala , Y que afsi lo fienten los dichos , y'otros Moderños Autores+ Defpues , di= go, de todo la dicho , refporidiendo dico Leáná dro 4 dicho argumento , dize-4 [a letra lo que fe ligue. Acerca del Articulo Nut. 15 13u 132 33 EgO vero, cum Lugo , antece= » dans Airmifsime negarem ; mil effer , verum ( vé ,, credo Yid quod ¿de hac re per me confultus , rela 5 pondic Magilter Araujo 5 ii Acádemia Salmás ,¿ ticeníi Sacra Theologiz Primarios, 'fempe de y prefactaS. D, N. Vrbani Bulla, faiffe cidem fups y plicatum per Comiffarium «Generálemi', de oa y diné, 82 mandato Regis ñoftri Philipi IV. Quá >, fupplicatione fuppofita ; dum coritráriumi ; hon », conftct de refponfione Pontificis; mon renuiami > anteceders Coricederé, >: Jn 133 Aísi el fobredichó Leáridro ¿ vea; pues, ágorá qualquiera medianámente inteligen= te , fiel tal Leandro di entera fee ; y afferifo cabal; d no, Ala dicha fuúplica? Pues el milo teltifica de 11 que lo cree , en aquel páreritelis vé credo; que cas la el Padte Olmo y vea tambien , comio aquel; Nif efec dertim , que folo refiere dicho Le tor Ge- nera! ,no es figno de dubitáción de la tal fuplica; como el Padre Olmo entiende 4 Pero mal: porque las rales palabras no fon dubitativas , fino lá razon, por la qual fe mueve dicho Leandro ¿ conceder el antecedente del fobredicho argumento féxto; bien claro lo dize'el mefmo ; Ego vero ; antecedens Airmiftimo negavems mi/7 effet verim,ot credo,Ote; Pero dictio Padte Olmo , nolais intelligere , vbene ageret. A É 134 Y fi todavía no lo ha éntendido,ó nolo quiere entender , vea Jo que dizcel meíma Leandro relpondiendo al primier argumento , que contrá lo dicho le haze el Padre Mendo ; dif». 24; cap. 12. n4m.129. y lo verd clarámente confira mado , pues dize alli lo figuiente : Nec meum fun> » damentum infirmatur ex eo quod Patrem An »» dream Mendo notitiz talis fupplicaciónis' láterets 3 Multa namique , etiami non pigros ; latere polfunt >, Autores. Non illum latéác ¡am . cum-clafe di ,, xerim ab Vlultrifsimo Magiftro Ardujo Epif- », copo nunc Segovienfi me id accepifíe. Non er= , 20 4me táantum hoc diétumi, 8 fi folum 2 me »,fcripro promulgatum 5 folicitudini- mez* ergo »» id Mendo tribue. Halta ¿qui dicho” Leandro; Vea, pues, V. P. mi Padre Olmo, fi dicho Autor duda de la tal fuplica , O fila cree , como el mel- mo lote(tifica en aquel parentelis , vt ed credo, que V. P. omitió ? Padre mio; coti femejantes relacio» nes trunicadas , y coti claufulas-mal entendidas , y Axiomas mal aplicados , nó púede V. Paternidad evidenciar ( termino de que V. P. vía'A cada paflo ) lo que pre= ye tenide. $ ENCRR RESP VESTA. VI : i35 “Enordená aquello que dize el Padre OL: mo; Quiero evidenciar doétrina. Relpondo.lo fexto : que ávicrido lá Sintidad dé Clémente Odráz vo condenado la (entenciá que deziá ; fe podia aba Jalver al aufente ¿ Ylo menos como falla; temerán. ria > y elcandalofa ; y decláradolá por ral, no podra el Rey fuplicar de e'lá ; ni pedit:quefú Saritidad des dlarafle lo contraria, ni el Papalo podia hazer! pora Que es de de fee , que el Pontificé no puede errár éh las conderiaciories , y declaraciones de aquellas cofas que pertenecen i la fee ; y coftúmbres de lá rivera y fal Igleíra * qual es lá conderiacioti , y: declaración. de dicha doctrina ) comio latamienté pruebo en mi. Propugnaculo Ortbodoxe -Fideb, «A: pag. 185; 4 nun. 63. ad 95. y én otrás partes del dicho: tomó Con queni el Rey podia pedir quedeciaride loz Contrario > ni el Papa lo-podia'hazér pues ello fuera: d :clarár ¿que aviá' érrado en dichá declaración 5 ó que avid declarada mal, 973 931000 136 +: Pero ello/no tiene que vér ¿ni cón éien leguas, con fuúeltro cafo; porque la Santidad de Urbano VII. énfu dichiá Conflitucion, no hizó de ¿laración de dodtriná, ni aun declaró las palabras de. la Bula de lá Cruzada; ni el verdadero fentido dellas, fino folo lu intencion ¿'/mo; tú podia declarar fiief fe efe el ferirido de lás palabrás, por/ló que digo en él tomo de las Propoliciones Condenadás ; y conful. 6.( qué es lá que vá impugriando el Padre Olmo) deldeel hum. 15; principalmente por lo que alli digo; Ham. 39; y aísi lo que podía pedir la Mágef- tad , y ld que pedia por dichia fuplica , es ; que lreri= do ;gomio erá aquélla: decláráción efpeciál de fis ¡ra tencion : Sed fue inténtionisfuiffe; O efe y re vocatorid de ld que fiempre fe avia concedido por la Bula Ey delo qué el mifmó. Urbano avid concé- dido por ella en lu primer quinquenio) fe firvieffe fuípender fa revocacion particular ; pata que los Regulares o le retraxcllen de tomar lá Bula ; (1 Yés tevocává lo dictios lá qual fuplica no tiene implicga ción: alguna ; y fue jultificadifsima de párte de fu Mageltad por. tocar eñ lá haziendá Real ; como lo dixo Paulo Y , al P. Aguilera en femiejánté cafo. 137 Ni lón nuevas feméjarites fuplicas én Efpaña ; Pues vemos ; que los Reyes de Efpaña fuplicaron del motu proprio de Pio Quinto ; acer ca dela Conftitucion de los cemfos ; como confia de lá ley ío.. tit. 5; lib. 5. Recopilat. Philipo'Se- gundo fuplico de otro Brebe de Pio Quinto , que difponia , que el Obifpo fuceffor pudiefle examin de nuevo a los Religiofos examinados yA sy aproba dos por fu Predeceflor: Afsi tambien han fuplicado los Reyes de Efpaña de lá Bula de lá Cenayen quan- to ¿los puntos que focan 4 la Kegalia¿ como dire en mi tercer tomo de Confultás: $4g. 295. d num. io. ad 13.con Salcedo : y ld ñilmó tiéné con Mor. la, y Cenedo, Salgado, - de fúpplicas. ad SS. part, na E a E a A 1] A l MN DH

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