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128 08 eraves indicios ,y prefumpciomes , ho folo vehc- mentes , fino violentas , cOmO fe puede ver arriba; fec.2 5.5.4 1. 11.44 18. Sed fic elt,que la prefump= cion fe tiene por verdad , y le equipara a la eÍcritura en Derecho , leg" Quiénmque , C. de apoch, public, lib.x. Jafíon, in $. Fuerat,n. 5 9.inftitut. de actio- pibas, Sordo, ron/.5 40 13 6. Erancilco Becci,com/. 42.893. y Otros. e 107 lmmo, la prelumpción le releva de la carga de la probanga á aquel aquien afsifte , y tranf- fiere la dicha cargaen el contrario , ex leg. fin. in princip ff. quod met. cauf. leg. Sive nuptura, in fi ne, jj. de iure dot, leg, Sive po/sidetis, C. de probat, y de otras, Mafcardo, de probat. concluf. 1237.4m, 5. Rolando, conil. 49.1% 5 6,d6,1 Natta,con/.5 14. 7%. 28. y otros muchos. 108 Immó , la prelumpcion grava al contrario á que loaya de probar con mayores, y mas duras probangas , como lo rienenla Glofía, y ID, in leg. Tranfact,C. de t?an/act, Parifio,conf. 135..12./ib.2, Graveta, conf. 75.8. 12. Surdo, conf, 61. num. 21.0" 22. y otros muchos ; Sed fic ef2, que el Padre Olmo no prueba lo tontrarioen mañera alguna , puesfolo alega vnos AXiomas mal penetrados , y peor aplicados , como delpues vere- mos: ergo, Xc. ¿09 Delo qual fe figue , fer falloaquello que dize dicho P. Olmo : Sin aver mas razon , funda- mento: ni autentico tefimonto,que efo,para la vera acidad de tan grave ajferto : Immo., dicho Padre Olmo en aquel, vi autentico teffimonio,parece Que rer fepetir aquella tan admirable quanta eltraña doc- triná , que pretendió vendernos en el 2. 5. Acerca de la qual fe vealo dicho arriba , en elte. $.. 6.20: 8. ad 2h RESPUESTA IV. .. Relpondo lo quarto: Que aquellos Axiomas : Referenti non creditur: vox unius di. ¿tum onius: que nos alega el P.Olmo , no los ha en- tendido bien, y los áplica peor al prelente calo , lo qual pruebo asi. 110 rrx . Lofrimer6: Porque dichos Axio- mas folo tienen. lugar para el fuero Exterño , y en las coías criminales , y en las de grave perjuyzio: y aun en eltas hazen femiplena probanga , como lo tienen Álexandro, cón/. 89. num. 5. ib. 5. Meno- chio, de ar! itra?. lib. z. cafu. 99. num. 19. Farina- cio ¿de tefib,queft. 63. cap. 1. prefertim ,n. 7. 15.Ó 16, y cap. 2. num. 65. y Malcardo , lib, 1. queft. 11. num. 111. y conclu/. 269. núm. 30. con que aun los memos Autores que nos citá chPa- dre Olmo , hiáblan folo para el fuero externo , Y no para el fuero de la conciencia , y en el Sentido dicho, de que fe vé ¿que dicho Padre Olmo , 9 no los ha vilto, d no los ha entendido : pues lo que ellos dizen acercadel fuero externo, nos lo quiere aplicar el Pa- dre Olmo para el fucro de la conciencia , acerca de el quales nueltya prefente controveríia ; ergo, óC, ¿Apol. 1.Sec.2. $: 6. 112 fegun Ariltoteles, dib.1.Etkyc. cap.x.¿nprincip O" cap, 7. circa finem, y alí Santo Thomas, /ed?, 3.0% 1 1. cl hómbre erudito no há de pretender , y bufy car igual certidumbre en toda materia , limo lola aquellá , que Íe proporciona, 4 la cofa de que fe trata de lo qual infiere Santo Thomis. 2. 2. q44/f; 70. art, 2.4 quien todos liguen , qué para el juyzid humano bafta vna probable certidumbre , q4£ vi ¡a pluribus veritatem attingat , O fiin paucioribas á veritate deficiat; Sed fic ef? ; queno fe puede negar fin pare injuria , y temeridad ¿que loque teltitica en fu dicho el 1uftrifsimo Señor Araujo , fea delta calidad : y mas aviendo enfeñado El mifmo dicha tercera fentencia, defpues de dicha Conftitucion Vrbana , y aviendola afsimifmo imprefío delpues en lus Decifiones Morales ; como ádemás de teltix ficarlo Moya , y Hozes, verémos enfu lugar : pues no fe debe creerdc tan dodo , Religiolo. y timora= to fugeto, que fe atrevieffe A enfeñar la dicha opinion delpues de la Conftitucion Vrbana ( y mas viviendo todavia el dicho Vrbano ) 4 no conltárle que fe ayia luplicado della: ergo, 8c, 113 Confirma efta doftriña grandemen= te el Doéter Don Juan Solorgano en fu tomo Larino de lure Indiárum ,/1b, 3. tap. 2. num. 34 paga anibi 666. donde confirmando vn pulchro confejo Y pudiera faber el Padre Olmo, que | 3 y de Alexandro , p ueba ,que el que creeá vn varon |! grave ; y fidedigno , efta feguro en conciencias lus $ palabras fon del tenor figuiente.... : 114 >», Confirmari potefl ex alia doétriz > Na, que haber fecuram et, 8 exculandum - >», €um , qui alicui viro gravi ,norabili, 8% fidedig- »» ho crediderit, 8 :abeo de fuo iure , vel facto »»Cefrior efeétus fuerit, cap. De capitutis , vbi norat »» Dominic. difiné?. 10. Glofl. in Extravag. inter, V l 1 »» fion mullos , de verb. (ignificar. $. 1. verb. De im +11 as Ceps, 8% larius pro fequitur Jallon, ns leg.1. in fin, E »/H de eo per quem fac? .erit,Tiraquelus, d.canf.s 1 y» Mb. 4. ex 7. 55. Halta aqui dicho Solorgano en dicho 2um. 34. que amplia Jo dicho enel numero 3 5. donde alega vna Glofía, 4 Panormitano , Ino= cencio , Felino ,al Arcobiípo de Florencia ,4 Na varto,y al P. Ribadeneira, in Princip.Chriff. lib:2. cap. 22. donde dize que alega muchas colas : Veale tambien en dicho Sologano, el 2,37. 115 Además ; que Ja praxi cotidiana; eñ materias que tocan al fuero de la conciencia, elta contra el Padre Olmo , y en favor delto : pues los que confultan4 vn varon docto , y timorato;, (como lo era el Huftrifsimo Señor ¡Araujo ) para eximirfe de la Obligacion dereftituir , O'para po-= der excrcer licitamente alguna cola, eo ¿p/ó ; que elte les cxima de la tal obligacion , 9 lesaffegure la . 3 fere per totam Corduba, lib.2.queít. r.verl.Quod y »»/ homo, S Silva Nupcial, que latifsime loquitur, 4 li conciencia en. lo que confultan , y pretenden, Íe “8 dán por plenariamente farisfecho, fin juzgaf , ni. 1 perfuadiríe , embaraca d fu plena fatisfacion , Y, 5 feguridad de conciencia, aquellos Axiomas del "q - Pa

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