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103 abundanrifsimamente de los Cortextos de las meímas Bulas , Clementina , y Vrbana , de princi- pios claros de ambos Derechos , y arreglandofe 2 la razon prudente , que pudieron tener , ( y fe infte- re que tuvieron ) dichos Sumos Ponrifices en de- clarar folá lu intencion en orden 4 las Bulás de la Cruzada que ellos concedian , fin entrometerfe en declarar la intencion que tendrian defpues los Pontifices lus fuceflores ( 4 quien los dichos no odian ligar las manos , cum par imparém non haa hol impertuwm ) en las concelsiones que hizieffen , a huviegícn de hazer de la Bula de la Cruzada , en los fexenios , que 2 cada vno le tocalle: y contra lo que dizen , y prueban dichos Autores , nada alega que fea de momento, dicho Padre Olmo, como coníta de lasre/pueltas dadas á' todo lo que fu Patera nidad alega , en los lugares, en que lo alega. RESPUESTÁ fLyIV: 337 Relpondo lo 3. Que aunque lá dió cion Perpetuo le tome fin prefinicion de tiempo, y de lu naturaleza fe eltienda in infinitum ( y para efto noes menelter que fe de , porque folo dize lo que tiene ex /£, dde lu niaruráleza) e importe lo miímo que para Jiempre , cor todoello alguñas vé= zes le toma por la vida del concedente ; declarante, eltrtuente , y difponente , y afsi , no obíta alo que dizen los fobredichos Autores , la claufula de la Bula Vrbana : Perpetuo declaramus , porque del contexa to de la mima Bu'a , confta que folo declafó fu in tencion , y no la que huvieffen de tener los Pontifíces fus fuceffores , en las concelsiones que hiziellen de la Cruzada. 338 Refpondolo quarto ; Que el Padre Remigio diría ¿ fi viviefle, que el Padre Olmo no le ha entendido , ni fu refpuelta : y aísi no vienen contra el la do”trina , y textos que alega del doétif- fimo Padre Moya. Ácerca de lo qual le vea lo dicho arriba, $ 2. 4142, 135. 4d 173. y enotras partes, y en orden á Cayetano , vea 4 dichio Moya donde le cita dicho Olmo, en el mum. 5. que lo que alli dize es mas del intento de lo que vá probando dicho Olmo , quelo que cita de dl mifmo , en el fin del di- cho numero : y con élto palfemos al n. 7. NUMERO XXXVÍL 339 Profiguiendo el Padre Olmó , enel num. 37. pag.78. dize lo que le ligue? Y para más yor inteigencia delta doétrima,y plena confirmacion de la que propondrémos, art. $. 14M. Y. O artul- tim. pafsim. Suporrgo , que quando el Pontifice rel» Ponde alguna eofa 2 qualquiera confulta privada que fele ze, eltablece ley general. Es conftanté del eapit. 7 Romanos Pontificum, diff. 19. (que es + o y alsies fin dida, que qualefquie- > Y Epiltolas Pongificias,que interpretan alu Apología 1, $ec. WS. 4: guna duda , o declararí alguna dificultad , deber te3) * nerle , y reputaríe por Decreta'es ¿esclaro: Et do= cet Glof ad cap.Ex tua; verb.Confultationem,de fat E lijs Presbyteror, (que es de Alexandro HL.) y enfes + ña tambien la dl. Im.C, de légibus, y lo nota alli Pau- lo 14. 1. en cuya confirmacion alega otros Textos, y muchos Doétores Burgos de Paz, proem. leg Tau ri, mb. 450. O" /equentib. donde deficñde nerbofa= mente elta fentencia. Otras muchas doétrinas pudies ra referir 5 aias para nueftro intento juzgo , que nd hazen falta con las propueltas. 8ec.Haj£a aqúi dicho Olmo, en dicho num: RESPUESTAS; 340. Relpondo: Quelas Epiftolas Decréz talestengan vim authoritatis, que es lo que le dize in cap, Si Romanorum , y que las Decretales fean leyes Pontificiasque obligan 1 toda la Igleñia , y que fc deben Oblervar tambien en los Juyzios, y Efcuelas publicas, no €s materia de duda ; veale acerca defto nueltro tom. 1. de la Suma , 2 paz. 984 | á ñúm. 19.de la fegunda impref sion. Peró elfto que | haze ¿ O eonduce Alo que vamos ventilando ¿Nade | cierto, y fino , apliquelo dicho Padre Olmo , y lela refponderás 341. "Loquehaze A nmueltro cafo es: Que quando los Poñitifices delegan juriídicion , d la quitan , fe ha de conliderar fi el Papa lo haze en nombre dela 'perfóna , d en nombre .de la digni= | dad: y quando haze alguna concefsion , 9 graciaz le ha de confiderar, ies: 4d beneplacitum , fess intentioñema, de la perfona que la concedeA de la Ses de Apoltolica:Acercá de lo qual fe vea lo dicho arris ba,$.4. 484m.9.ad 28. y ánum. E7. ad 94. Y eb Otras partes. o 342 Y tambien fe ha de confiderar: Clemente ; y Vrbano Oétavo enfus Bulas decla= raron fola fa volutad, é intencion: 0 ft fueron ablolutas , y generales , en ordena las que fus fins ceffores huvieílen de conceder : Acerca de lo qual le yea lo dicho arribaen dicho $. 4. 4 14m. 120, ad 146. y en otras partes; y aísi dichó Padre Olmo hizo bien en omitir las doétrinas que dize , fimo avian defer mas al intento que las que alega aqui : y con elto paflemos al articulo quafto fuyo 5 pero an= tes" pondrémos otro parrapho mueltro , que es els guiente, S. Vi En que[e refiere la dobirina que dimos enorden al Jtg:undo modo de defender la dicha tercera Jentencia. Por quanto él P. Olmo enfa articulo 4, im | púgna lo que yo dixe acerca del fegundo modo de defender dicha tercera lentencia- 4 pag. 127. ad 134.4 num. 94.4d 132.Portanto pues, para f que 2 vitta de lo que yo dixe alli , campee mas lach-

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