BCCPAM000326-6-16000000000000

cerca del Articulo ¿.Nuvb.35. hofta azora; (que por. todos fon 18, Ello miímo viene Bordoa , tom. 1-4). 6. nm. 4: folo que le añade otro Concilio Lateranenfe : (porque juzga feros Latgnanentes fcis y por los fundamentos que 202 , dbidem 11m. 14.) y afsien fu lentirfon 19. y v:elebrados endos lugares mencionados : y en di- chos, Autores puede verle guien - los. convoco; quien dos aprobs , y ¿los demás requifitos ¿para aue- fe digan , y. fean generales : Juego el «dicha Concilio Triburienfe, 4. lo Lumo ferá Provins cia!, ] o. 315 Y ¡lo fegundo': Porque fi ¡acafo día cho Padre Olmo prerendielle., que dicho Concilid Triburienfe fea; Genera) (¿que no creo pretendera ral cola ) debe;4 probar-que el tal: fue congrégado con autoridad ¿del Póntifice , y quién fue ¡el :Ponti= £ice con. cuya autoridad de cangrego ,-que prelrí dió en el el Pontifice , O:Por si , O. por fus Legados: Que el ral Concilio Triburieafe procedió; fub aben «izntia'S. Póntificis ; y los démais requilitos que fos neceffarios para que algun Concilio: fea, y Je.diga general acerca de lo qual fé vea¿lor que ¡diximos; in N.Propugnaculo Ortheaoxa Fidei $9 pa2.3271 8/N4M, 1. 4d 35% 316 Dixearriba entre parentefis , por dós Vezes: Oue dicho Concilio Triburienfe (que íolo (2 halla en Graciano) ferá a lo fumo Provincial::pa- ra lo qual es de faber ; que: fuera de' los ¡Concilios Generales, hablando de los, menotes Concilios , ay Jas tres diferencias figuientes,: > 1 Mo 317 Los Concilios menores. fon, en tres joaneras: vnosfe dizen Nacionales , como lo: 4ue- ron en. Efpaña. cali todos los Toledanos , y gend- ralmente hablando fon 'aquellos;; 4:los qualés con- curren , no folo1os Obifpos , fino:tambien los ¿Ar-- <obifpos de alguna nacion debaxo de algun Prima- do, d:Patriarcha : otros fon Provinciales, de ena | Metropoli, en los quales convienen los Obilposfy- | fraganeos con fu 'Arcobifpó, y 0318 Y otros [on finalmente Sinodales, los quales ordinariamente no fe llaman Concilios; fino Synodos : y Tow aquellos ¿:los quales:corivien | men los Abades, Y: Parrocos com fas Obifpos y: co- | motodo lo tiene el muy erudito Padre Suarez, de leib. lib. 4:cop.6, num. 8 «y Bordon vbj fupra, | hablando deftos vltimos “que él llama Concilios Ur- banos* dize, qué comunmente en nueftros tiem pos. los llaman los Latinos Synodos : agora , pues, 1 ri fobredicho intento, profligo, y conclúvo'; Sed . /rc ef ,quela Santidad de Clemente Tercero, en la | dicha Decreral ¿ cun baberet, de eo, O*.quando ci- ta al dicho Triburienfe , NO le lama Concilio, t1- no Synodo , ibi : Quam Tribnrienfs Synodus.de- +efAatur: liego no. fin fundamento puede: dudarfe, fi aun fue el tal Triburienfe , Concilio Provincial, + ¿6 folemente Syrado , en ave concurrieffendos Aba- des, v Parrocos con fu Obifpo , legun Suarez , O feomn Bordon ¿vbi fupra, en aue conviniefen el Ohio comfus Canonigosy Y. Clero , para tratar, y difponer én ello perseneciente 4 la Dioceli 5 y ¿10€ mas aviendo tanta varitdad de fentires acerca del tal Triburienfe entre Graciano, y: Burchardo , co= mo fe puede vér eá dicho cap.Relatam 3 1, qlafi, 1. veaíe cambien el Íiguience + ergo, Ec. 319, . Detodalo dicho podrá conocer ef doéto , y delintereffado Leétor , quan mal ha cas tendido el Padre Olmo la fobredicha Decróral , cun? baberet , pues dize , que ni vna diccion ay en ella que haga al intento, para que y o la alego, ni menos la Glofía, h ¡obs 1. 320 En quantoal cap. Solité, de maioris tate, Or obedientia; (Que abi empieza el dicho Téx= to... RO 072mes : (1 bien pue detener difcuipa el infigne Abogado, Don Antonio de Dueñas y que fue el pri mero que le alegó y /ib. A. 2412. 37. y porsquien yo le citó.) en la prifla.con que Je reconació,, por eltár ambos en vna mefma coluna(que esmibi 424.) y eltár quali permixtas las Glóllas : y tambien la ries neel Padre Olmo, porque folo leyó el tap Omnei Principes , y no en el'caps. Solite, queettava vn pos co más abaxo enla melma cóluna:) enel dicho, pues; tap. Solita , la Santidad de Inocencio 1. incre pando (fobre la prerrogativa del- Sacerdocio )la admiracion del Emperador de Conítantinopla , Je dize; que debiera, áver, atendido 4 la perfona del Que habláva , ibi; Verumfi perfonar lo Gquentis..:, attevdi/Jes:Lobre lo: qual Ja GlolÍa y verb. Si peso. nam, dize; Confíderanda ef? perfona loquentis Ye O aliquid probatur ratione perfonarum collaquena bium ; argamentik « quel. 7. Didici yy de otros Textos que alega, . * ¿3% ¿Y en quanto al cap. Significafii 1. de ho. Micidio Vóluntariot dize afsimilmo la: Santidad de el mifino .Ibotencio 11, eferiviendo. al Obiípo de Padná , que fe hade eltár al dicho. , y alferto del Sa. cerdore : (y no pide en dicho Texto dicho Sumo Pontifice, que fe le tome furámento fobre ello , como do pide la Santidad de Alexzandro JIL ¿in rap.Contiz Nebatur de de/ponjatioñe impuberanr, quando dize, queje há de dar crediro al;teltimionio del varon: ibi: Prafato viro... fideos efh adbibenda, J3 id firinaveri Juramento) y elto , por-la excelencia de Ja perfond, como lo ha de tener dicho Decñas ,ex confeguentia doctrine liego bien (e infiere de. aqui , que vaidrivel argumento que Íé toma de la autoridad de$; Geroz _-himo,S; Aguítin, Si Llidoro; Santo Thnomás,8zc. cos mo lo encomienda Ja Santidad de Leon IV. ¿1 cap. De libelis ; diff.20. donde dize que lastalesaurorio dadesfe hán de retenér magnanimámentes; 2 lo ves mos ¿cáda palo en los actos literarios; donde quan= Se formá ¿rgumento de Ja autoridad de los dichos,no Je les niega la autoridad ¿find que révcrentemente fe ¡expone , y procurainterprerar ; y feito fé debe has ¿Zer, quando el argumento le toma de la autoridad'le Ariltotele< ¿como lo dize el Cardenal Tufcho, citas do arriba , 24m. 301.4 lo vemos in praxi en los Actos literarios de Philolophias: quanto; pues, mejor el quéfe toma de la. autoridad e + dichos Santos Doétorés; : AGA Abc0d CON-

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz