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100 , ; : (fin otras que omite Ke (pondo, búelvo a dezis, que fe ver lo que dicho Padre Olgo dize en dichó num, 15. 4 quele remite ( y en cl 14. antecedente 2.21) y loque fe le relponds a Jos tales numgros, fuprá vdnav.166.34180. y lsacabara de copos cer-de qué calidad fean las tales abíoluras de di-, cho Padre: fuplico al curiolo. Leétor le Grva de recojocer dichos mimeros, y. vea en ellos como dein.eltra «dicho Padre ¿Olmo; que . invalide: ya otras muchas Bulas , d mas de la Clementina , y Vr= baaa : y dezodo ello podrá con, facilidad inferir de que calidad (erán Jas otrasgue,nos dize que omite enaquel páremelis: y de que calidad fon. las. co fequenciás de dicho Padre , que fu Patervidad lama delpues NecefTarias;en el num, 36 2 y comelto pallés sal num. 33. NUMERO. . XXXI. Profiguiendo el. P. Olmo fus inftancias pan o ninem,e mel num. 33. $08: 74 dize lo que fe ” tigue. Más +: Conltantisimo es :4pud omnes , qué quando coralgan alférto no fe trae Texto, ó razon, quelo esindetonfab'e , Cinfubliftenie ,, Nam. loser noñ allegans , au tiendas non ef; como tiene Marc. Anton. Macer, variar. ref. li£. A. relol; 17,M.40.y coníta ex l3g. Hlam ,C.de collat. Aythent. de tricrt. O femif.SConfiteremus, collat, 3. Etrávaz A crabil, Iuan XX IL, de Prebend. El Padre Torre. cilla citado, enjcl pnumero* ansecedente ; alega para fu confulra eta regla; 24m. 21. y trae pará luapoyo' dichas citas ; y da referida Extrayagantes mas ni vna palabra, que fe hallará QuE 24 ¡AÁÍReO te la toqueel Papa , ni la materia lo denti patebit. Sed fic e A, queen el alerta de lu nue va interpreracion.,no alega mas fun uámentos , ul ra zon, que la Dzcretal: Quía per ambitio/am (que cs moh+mos/viftaseíta en fuicontra)y al P.Coneepcion, que Ex diametro «diícurre Opuelto a.£u diótamen, como h= demonitrado ; luego. no ay fundamento de r1201, ni autoridad quelo apo ye: Hajla aquí dicho P. Olmo. en dicho numero, Y RESPUESTA. L y le Refpondolo.1... quela menores falfifsi. ma, 2291, que noalegue yo más fundamentos pa= ra mialerto que la Decre tal :Quia per ambitiofam: pues alezo el cap, Si grstioses y alli la Giofía, verb, Perpetuo: y que en eTadodtrina convenjan los DD, exponiendo el dicho Testo 3 vente Josdicho arriba, anam87ad 91. y 2 donde: allí me. retro, y le ballara que. lo pruebo abundantiÍsim aménte de OprOs muchos. modos; y podrj inferiríe deyar, que en nfequencia podra falir en buena Logica / de vna Menor tan falía, A Refpondolo 2,que también es EI o a Dar abra e >Y que el Padre: Concepción difcurra 280 pide , vt pi. Apología 14 Sec 225, Ye Ex diametro (imo, ni en manera alguna”) opueño Y mi dictamen ; antes bien ,de Jo que difcurre dicho Padre Concepción ¿Le infiere bién mi lentir ; Acera ca de lo qual fe vea lo dicho arriba , ¿ num.82. ad 8 5.:y en:otras muchas partes : y de aj fe podrá tam- bien ioferirlo baftardo , y. falío de la confequencia del-dicho Padre. ceuchoo ¡RESPUESTA 1 0.282, . Refpondo Jo 3; en quanto al parentes lis de dicho numero ; Que el P. Olmo,.óhoh. en tendido 4 Marco.Anton, Macerata ¿,Di eldentido en qoc nosdize. y mos da aquella. regla , legem no allegans audiendus non £f?,9 no ha entendido ía Exa tavagame Execrabalis. de Juan XXiL.o ni lo vnó, ni lo,otra ha.entendidó, como parece le infiere de lo mi/moquedize en dicho parentelis. 283 Que no aya entendido A Marco Ana dl ton Macerata , y fu Regla (al qual folo alego yo pa=- ra ella.) parece fejofiere sde que el dicho Autor ha= bla.alli en orden d Jos Tribunales, y fuero externo: y para lo miímo alego yo la dicha Regla donde me cita dicho Padré, Olmoypues era. acerca: de vn pleyto Que entonces fe Jitigava actualmente en la Curia Eclefialtiaca: del Ordinario; y el Padre Olmo Cia tiende lo dicho de los affertos para.elifuero de lá conciencia , qual.es el que ventilamos defatto , pa! ra el qual feriavidicula la ral Regla de. Macerara; degem non allegans, audiendas non eff, comoes mas | niftelto de fuyo, aliás., los pure Theologos Moralif- tas que dán Reglas para, el fueto de la conciencia, lin alegar ley eo ¿ni Canonica, 11 Civil, no des berán fer. oidos i do «wifmo digo de todos los d ' y ? demás Theolugos , en las queftiones, en que fa) alegán ley : lo qual ya fe ve quan ridicula incelia gencia feria+ luego fiendo nueftra difputa , que de prelente controvertimos , para Íolo el el fuero de la conciencia, ayique yo no alegafle. ley alguna a pará ella, no vendria bien contra mi la Regla del dicho: Macerata z.mi della fe podria facar confe- 1] Guencia Ád bominem contra. mi para el cafo que $ ventilamos, A a 284... Y que tampoco aya entendido el P.O]- mo la Extravagante Execlabisis de Juan XXI1 de A 1d Rrabendis , le infiere de lo mifmo que dicho Okuo | dize'; pará loqual Supongo : que por. mombre de ley enlá Regla que nos da Mácetata Guando di- ze , que legem noy allegans , noñ eff audierdas fe ¿entende, no folo la ley comun ( Canóníca, 9 Civil) Íino.tambien las leyesMuncipales:los Eltatutus,y la coftumbre, legunel Cardenal Tuíeho ,lic. E, om. ell. 3 31 pumer 2. Ó, 3» Porque el que alega ¡Qualquicra deltas- colas en los Tribunales Foren- des ¿icodo conducentes á lo ¿Ser tante. y 285 que fe liga, debe A oído; y. y Tele oye en ellos, como es coní MM o j memo. , por nonybre, de leg para dí E cho intento, fe entienden .tambien las e érituras audH tenticas ,elto'es ¿ Mibera figilla antheñtico fig: lat EX! |

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