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ES pi a E A e A go la dicha Bula, con aver pafíado mas de quarer.4 años, n> han expedido” Bula alguna Jos Sumus Pontifices tocánte á cion de dichas Conftituciones : pero. en orden á la Bula de la Cruzada paíla tan al contrario, que cada fexenio ( y antes cada quinquenio ) *'hazen los Sumos Pontifices concelsion nueva , amplian=! do, d.1eftringendo el vío de los privilegios de dicha Bula á los Regulares , en orden á elegir Conieflor en virtud della , que les 'abfuelva: de los refervados, conforme cada vno juzga fer conve= niente. 190 - Y afsivemos, que la Santidad de Pio Quarto, el año de 1561. concedió vna Bula de la Cruzada defte tenor : Concede /a Santidad, que t0m das las demas perfonas , aunque fean Religió/os , y de las Ordenes Mendicantas, fín que tengan licencia de fus Superiores , puedan tomar , y fe efcrivirpara ello, gozen del dicho Fubileo Pleni/simo ; y puedan elegir ConfeJJor Clerigo, 0 Religiofo, el quatoida fis Confe/sion , pueda ab/olver de todos fis pecados, quanto quier graves , y enormes3 y mas abaxo: Y quiere fu Santidad, que cada vez que tomaren effa Bula. g0z.en de nuevo de todas las otras qué buvien Apología 1. Sec. 2. S: 4. la confirmacion , O altera=". Pu, 192 + Defpues de dichos Pontifices Pio Quarz to , y Pio Quinto ¿la Santidad de Clemente Oétad vo en lu Bula expedida en veinte y tres de Noviem. bre el año de 1 599 dinltancias del ProcúradorGe- neralde los Carmelitas Defcalgos , declardfer fuin tencion, que los Réligiofos no pudiellen gozar del privilegio de la Bula: para elegir Contefor, que les ablolvielfe de los.cafos-refervados ; io con li cencia de fus Prelados,: lo qual entienden los Au tores dela primera fentencia ; y dizen fe debe ena tender de los Confellores de fuera dé la Religion; y no de la mima como fe vé en la: relacion que le hizo á dicho Papa Clemente Oétrwvo, que fue con las (guientes palabras : Ef eorum Pratexta eligunt Confefforem aliquando pretereos, quid furs Pre latis eorum Confefsionibus deputati funt, quod alix quando in fpeciale eorum vergit detrimentaum, 193 Immo: El mimo Pobtifice Clemente VIH defpues de aver expedido ek dicho Breve , con la dicha reftricción;4 favor de los Prelados Regula» res; bolvió 4 conteder: y y confitmar dentievo la Bus la de la Cruzada; com la melina claiifalá general que tuvo defde fu prineipio:, y que tienetagorá, linla [os bredichalimitacion y tomo: ló teftifica el P.M. Er. Eufebio de Herrera, décif. y, S.1i. de que fe puede / colegir aver fido verdadera la publica voz , y fa [1 ma , de que el Comiflario dela Cruzada ; en not] bre del Rey N.S.avia fuplicadod fu Santidad del P dicho Breve, por fer en disfavór:de la Bula deláaf ren tomado , e/pecialmente de effa gracia de elegir Confeffor , y Jer ab/ueltos plemariamente ; aunque Jean, como dicho es,Religiofos, 0 Religiofas aunque Jian Mendicantes, Jin: licencia de fus Superiores; Teftifican de la dicha Bula Rodriguez, y Salas; y re- fieren las dichas claufulas, Prado, y Palio citados en e nr A o Y a a e oo A mi tomo de las Propoliciones , y cónfulta 6. Ham, 43.2 pagín, 120. 191 - Y Lezana, en lu Suma, tom, 1. verb, Bulla Cruciate , num. 3. indica [emejanto concefsion he= cha por Pio Quinto, pues defpues de aver dicho: Polunt , quantum ef ex v1 Bulle , cam accipere omnes, O quicumque Regulares vtrinfque fexus, es enimconceditar omnibus Fidelibus Chriftianis, Ut patet ex verbís ipfius,in qua fepe Regulares nor minantur : Et ita/eclufJa probibitione Prelatorum licitó pofJunt Regulares illam accipere , O* vti prin Vilegtis ipfias. Viuntur enim iure fibi a Sammo Pontifice conceffo. Cita para lo dicho 4 Sorbo , y 1 Luis de la Cruz; y delpues dize: Que la Santidad de Pio V. en la Bula que concedió por el año' 1566. (por error para el año de 1 564.) concedió licen= cia 3los Religiofos , pará que lin licencia de (us Superiores la pudiellen tomar: y aunque añade defpues, que elto fe revocó por las Bulas de los Pontifices poltexjores, dize, empero, que aunque pe- quen en tomarla contra obediécia,Yicontra la pobre- z2 Religiofa', no obftante eflo (ex 04 Bu/l2) podran vÍar de fus privilegios, ibi: Quo etiam ca/m credoRe. ligiofum gaudere pofJe privilezijs Bull. Quamvis entra peccet ¡llar accipiendo fed non propterea irri. tatur valor illius. Rodr. in expo/itione Bulla Cru etate$.9.1.24.Ludov, 2 Cruce,in esxpolitioné Bl le Crauciabe, difp. 1 -dub.o<m.7: Tedolo qual tiene aísi, hablando ex vi Bull.e > quidquid poftea dicót PUn.29.attenta Confiitutione Vrbani Octavi. Cruzada. Acerca: de lo qualíé vealo' dicho arríbaj S.2.4mum.60,4d 78:00 Dio o 194 Defpues dicho Clemente VIT. la Sana tidad del Papa Paulo V. 4 inftancia del Obifpo de Salamanca:,' renovó el dicho “Breve de Clemente + VilL.eo 14. de Diziembre del ¿ño 1668 .Pcro tana co elte Breve le recibió en vío en Efpaña : Immos | Teltifica el dicho Fray Eufebio de Herrefa en dicha deci(9.8. 11. queelmilmo Pailo, defpues dé aver * renovado el dicho Breve de Clementé VII: 2:06 E tancias del'Obilpo de Salamanca; :bolvid. 4 conce= der la Bula de la Criada con Tas omefmas chiufua las generales qué oy tiene ; fin limitacion alguná. Y elto viene bien", con 10 ques réfiere:el P. Fr. Lujs de San Juan, que le paso: fiendo Procurador Géne- ral de la Orden de N, P;S. Eránicilco en Roma,con |! la Santidad de: dicho Paulo V:*el:áño. de 1650. lo * gual fc puede vér en nueltro tómo de las Propof= ciones , en la confulé; 6, que fe va ventilando ya MUM. 124. Ad 13 7 195 — Defpuesde los dichos Pontifices: Cle- mente VII. y Paulo V. la Santidad de Vrbana VILA, : en 14. de Junio del año 162 4.- coricedió vnmas Le» tras, en las gúales did facultad 2 los Regulares ; pot Cinco años, para qhe pudieffen víar de la dicha fa. cultad de: elegir Cónteflor para Que les abfolviefa* fe delos reférvados , de las quales” Letras. fe haze fmencion en el meímo Breve de Vrbano VIIL. que 1 fe alega contra la tercera fentencia , que fe va ven» $ tilando , y que yl refiero, , 196. Delpues del dicho primer quinquenio? >. A n
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