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Sarisfacefe alos fundamestos de Baramblos.. V. ta. pues o prueba mas que con el, el que las eondene todas, y recayyga fobre todas ellas. 410 Dize tambien,que diziendo que compre- hende lola vna , le reltringe , y cltrecha de (uerte; que (e verifica no domprehétde las otras dos partes de la lentencia, d propolicion,que condena, que no le puede imaginar,1i dezir. Muy leñor mio,aunqueé la propolicion condenada tenga tres partes , (i no condena mas:que la yna, como no la condena en la fenrencia, y expolicion de dichos Maeftros , en ella fola (e verifica toda la dicha cordeñacion en la tál fentencia , como de Íuyyo es parenre ; pruebe V.m. que condena todas las tres, y entonces fe ampliara la condenacion á rodas ellas;y mientras no probare concluyentemente ello, en la tal reltriccion , eltre- chez , y limitacion, fe falva toda la dicha condena- cion , que es lo que defiende , y prueba dicita fen- tencia, 411. Dize, repite enel ñam.78. que la pro- pol:cion condenada tiene tres partes; y que (1 le di- ze, que la condenacion lolo comprehende vna , le verifica que no condena las otras dos , que no le puede dezir por ler manifielto contra el Decreto condenativo., : 412 - Muy feñor mio,aun 110 quiere V.m. ácd» bar de entender en qué conúílte la dificulead , y la controverfia;rodos dizen,y nadie puede negiar,que la propoficion condenada tiene tres partes; elo no le dilpura,ni pontrovierte ¿ lo que le difpura¿y con- trovierte, esy Íi la tal condenacion cay ga lobre to- das, d lobre pna lola , que es lobre el predicado de ella: los que dizen que cae fobre elta fola,eo ipfo di- zen , que la tal condenacion np condena las orras dos ; y dizen y que el ral Decreto condenativo , no condena, ní (4 eftiende a las orros dos.PrucbeV.ms manificftamente,que las condena todas tres,y mié. tras no ¿mo diga con tanta confiaga, y latisfucion propria, quelo que dizen dichos Maeltros es mani. f:/tocontra el Decretocondenativo , pues lolo fa dicho de V.m. no balta para hazer que ello le manifiel to ¿con la milma farisfacion, y confianga dize V. mue repetidas vezes en los mameros 7.6, y 77. que no le puzde imaginar le contrario ¿quanto tantos hom.- bres doétos¿no lolo loimaginan, fito que lo opiná a(si , y fundan fa opinamento en razoncs fuertes, que le pueden ver arriba ¿m, 270, ad 279, Veanfe tambien los antecedentés, y los a que alli me refia- ro , y otros muchos de elta Apología, Y «con: elto pallemos á otro numero del leñor Batambio. 413 Proliguiendo el feñor Barambio contra Core, dla,enclnum.79. pag. 364. dize afíi; A mas de (er vn raro modo de opinar voluntariamente,que ho (8 debe admirir en materias tari graves, principalmen- te en la Chriftiandad ¿por lo dicho. en! los numeros 61. y 62. principalmente ; y por lo (iguiente, pues eon la miíma facilidad podia yo derir, quela conde maciones de eftrecha interpretacion , que Jolo comprea bende la primera parte de lá propoficion coydenada , wo la fegunda, ui la tercera. Con el milmo fundamento dirá otro, que Jolo comprebend; lafegunda to la prin Lom, 5s E 2 mera,ni la tercera; y d elte modoverificarle4 de see ¿Que nueítro Santilsimo: Padre Alexandro eptimo no condena la Jenteuria , que dize, í Sus de la Cena oe, . ] dl a! 414: Antes de entrár A refitcar, es bjeb que rez pare el Leétor £i cs mal taxo aquello de querer opia var volui! ariamente ,que uoJe debe admitir Prineipala mente en laC briftiandad.. Y en quanto á. los haceros 61. y 62,4que le remite el leñor Doétor, veale arriba loque fe. dixo. lobre ellos 4n.319. ad3213 0-por mejor dezir ad 326, | 415 ¿Mora acerca de lo que dize Barambios rontra fe Lo primero , porque es fallo dezir ¿que dicho modo de opinar de Corella (ca raro, pues lo. que es de muchos, y comun,no puede dezirie raro; y lo que opina Corella , y con el miímo ntodo,9 con el miímo fundan:¿1o,lo Opinan otros hombres doétos , que fatito nomine refiere Lumbier en el 2,tom. Fragm.vl:dm, de las propoficiones de Alex andro; $.3.nam.720.poz. mibi 526, dize lo que le (igues Y Enquantoá la tercera propolicion de los .ca- los ocultos, y como fe enticnáa quitada a Jos Obif posella fsrultad,hablamos yá enel fol.502.Y cier. to bempre delearia declarafle (uSantidad el lentido de aquella propolicion , que a algunos doétos ha parecido obícura, y delpues que elcrivimos aque! o no hon faltado hombres doct+s que les parecicll e que en el rigor de la falle (Mosefe do que fe figue) fiendo de eítrecha interpretacion,por ler condená. clon, folo queda condenada aquella parte del »1fa, € solerata ef. Y Palta aquidicho Lumbier : con que todos.eltos hombres doétos parrocirá exprel. lamente, opinan lo milmo que Corelia , y fundas dos en lo mitmo que Corella; tonviene a laber,pof ler la talpropolicion tercera de eftrecha Ínterpres tacion: y enJo miímo inclina el miímo Lumbier, por efte fentir le citan, no lolo Corella en els. 2 há lino tambien el R. P. Fr. Juan de la Alumpcion en lu Antorcha Moral lobre la dicha propoficion sercerá mamo. 21 50 fine» Ni.es maravilla; que aunque lle- valle exprelfamente lo contrario antes, contderada delpues mejor la tal propolicionsle inclinalle á cita opinamento,como les lucedió al Macltro Hozes,y al Licenciada Don Martin Brezmez de Prado; y lo miímo opinan todos los DD. referidos asriba en el num, 2 50. Como,pues, puede llamarle con verdad raro modo de opinar el de Corella , quando es dé tantos,y tales (apientiísimos Macftros,que con td do rigor, y verdad le puede dezir ler comun de loá Expolitores? ¡ - 416 Contralo-2,potque tambien es manifiela tamente fallo el llamar »o/untario a dicho modo dé opinar deCorella,quando elte prueba la concluhiod con tres argumentos fuerres¿y tan fuertes, 4 no los difuelve el feñor Barsmbio , ni aun aparentemeria te ; Imó , quando aun no parece facil dár congrua fatisfacion á ellos, y que no padezca, d lea capáz dá congruentes inftancias ¿y ¿lo menos el teñor Bas rambio no les da lalida congrua ¿comó qualquiera conocerá de lo dicho,y de lo que veremos delpuesa Ea Cor
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