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> Satisfazeje 2 los fandamentos de Barambios.. 398 Profigot: fumerced en el uo, 77» «f?4: La fentencia, d propolicion condenada,comprehende ellas tres propoliciones,d partesícomo bien Lum- bier ve fupr.vam.5 49. y 5 50. y Torrecilla mum. 30» » 31.) La primera, dezir que la Bula de lg Cena fo- lamente probibe la ab/olucion de la beregía, y otros erimines quando fon publicos : La fegunda , dezir que t/lo no deroga la fucultad del Concilio Tridentino , en el yual fe trata de los delitos ocultos: La tercera , dezir gue enel añode 16 29,218, de Funio fué vifla, y 1o- lerada en el Confifiorio -de la Sagrada Congregación de los Emincotifsimos Cardenales, que fon'las que legun Lumbier ve fupr. ..:.m. 947, afirmo Balleo, fin duda por no atreveríe ádezirlo vnogin lo otro ¡fed fic e/+,que fi fe dize, que la condenacion comprehende todas tres partes, no le amplia, pues que las conde- n2, y recac lobre todas ellas , poniendole en parte que ninguna le la pueda elcapar ¡y diziendo fe comprebende folo vna, fe reltringe , y eftrecha de Íncrte, que le verifica no condena las dos partes ,d propoliciones de la fentencia,d propoficion 4 con- dena,que rio le puede imaginar,ni dezir: Ergo, $c. 399 Y enel num.78. profígue disko Barambio bomo fe gue. Pruebo la menor en quanto 4 la fe. gunda parte con facilidad + La propoficion , d feria tencia condenada comprehende tres partes ; /od fe e/?,que (1 le dize, que la cendevacion falo comprebende »na , le verifica vna ¿que d folo ella condena 10 ¿las dos que no comprebende, »s de Je patet, que no le pue- de dezir, por fer manifieíto contra el Decreto con- denativo: luego diziendo, que contiene lola vna, le teltringe , y eltrecha de lugrte , que le verifica no condena las dos;propoliciones , ó partes de la pro- polícion, 0 lentencia que condena,que no fé puede imaginar, Hafla aquí dicho Barambio eu los numeros 76:77.y784 : es? 400 Ántes de refutar la dicha relpucita, y ref ponder a dichas pruebas del deñor Barambio, fu. plico al Leétor repare (en orden aj intento de arti- ba) (1 es mal taxo , ó mal rebés aquello que dize el Señor Doétor : Que debia Corella probar la Menor para dezár al parecer fiqhiera de vifa gorda alguna cola. Y en quanto 4 ( la tal Menor necelsite de prucba,d no,veafe lo dicho arriba 2 num, 3765 401 - Aoraeñordena la re(pueíta del feñor Barambio , contra fe : Lo primero, porque quando acerca de vn Decreto ¿0 ley Pontificia prohibitiva, ay controverfia entré los DD. fi de tres colas fobre que ptiede caer, cayga fobre todas tres. d fobre vria fola k. ellas,nadic puede racionalmente dudar,que el que dixere cae fobre todas tres, le eftiende,y am- plia a quanto cabe la inteligencia del: y al contra: rio ,el que dixére que lolo cae fobrela vna de las tres sle reftringira, y ceñira dentro de losterminos que caben en la inteligencia de la tal Ley; d Decre- to prohibitivo; fed fe ef? , que ay: controverfia en- +re los Doétores fobre li el Decrero de Alexandro «Septimo condenativo de la: tercera propalició cas fobre las.tres partes que elta contiene, 9 falo fo- * P q bre la vna ; y los Doctores citados. en el yum, 250% Lom, ás 63 contra otros, dizen;¿ lolo recae (obre lá vhatola; id ef, lobre el predicado de la tal propoflicioi: hypo- tetica, O lobre el dezir,que la tal fentencia fut »3/la, J tolerada tee. luego el teñor Barambio , que dize, quela tal condenacion comprehende todas las tres partes de la tal propaficion, ampliará la dicha con. denacion a quanto cabe en ella, y 4 quanto puede eltenderle ¿y al contrario el Padre Corella, que di- 2c, lolo le condena alli el dezir., que dicha fontencia fue villa , y tolerada en el C oubflorio de la Sagrada Congregación de los Emivemiliimos Cardenales, la rela tringirá, y eftrechará a ela ola parte; y en ella los la le verificará la tal condenación, que 1o'condena otra cola mas que la dicha, (egun los dichos DD, + 402 Y quelatalinterpreracion les muy cons forme ¿las reglas de los Deyechos, le prucba alsis Porque fegun todos los Derechos, en calo de am» biguedad , d obícuridad s le la de feguir lo que es menos,0 fuponc menos condenacion,como confta bx cap. inobfcuris de rcgal. dur. iu 6. 5x leg. femper ón Alpalationibas , in fue 0 ex lez. Sewper in obfcá. Yús, ff. de regulis 1mr2s;y lo diéta el Derecho natu ral, O la lumbre dela razon natutal ¡fed ficeg , que aqui cltamos en calo de ambiguedad;y obícuridad, como te probdarriba ¿ mue. 337. 4d 341- luega le ha de leguír aquella intrepretacion ¿que lea me- rios, O (uponga menos condendcion ; Atqui,cíto es lo que haze el Padre Corella, figuiendo la joter- pretacion benigna que dán á dicha condenacios los Autores referidos fupr.muns.2 50, luego la ral inter» pretacion de Corella, G guiendo:3 dichos Doktores; y Macítros ,es muy conferme 4 las reglas de los Derechos 403 Y lo legundasporque lo ditho puede cons birmarle con millares de paridades,fea la primera el ConcilioTridentino en lgwse/. 2 3.b4p.12.de reforma determina, y prohibe, que ninguno en adeláre pue» da ordenarle de Subdiacono antes de los veinte y dos años, ni de Diacono antes de los veinte y t1Cs, ni de Presbyrero antes de los veinte y cínco; y par- que eftá ambigua, y obícura la tal prohibicion del Tridentino , ay dificultad grave entre los DD: fo. bre (i los tales años han de fer cumplidos. 5 baftara él que lean comengados ; (obre la qual dificulrad fienten Menochio de arbitr. lib. 2.Centuria 5. cafa (427 14m. 2 5. Acebedo 140.8, Recopilas: tit.20.Lib: 3 11M, 17; y otros,que €s neceflario que (zan cum. plidos: Lo vno,porque afsilo di 4 entender el milo mo Tridentino, v/íandé'de aquella propoficion até con la prohibicion precedente ; y lo otro , potqu E a(si le infiere de la ley Qui ante, Fode verbo: . obiigasS donde eltexto dize : Qui ante Kalendas fipulaturss Jeeilds ef ed qui Kalendis flipulatur. Lo contrario ema pero tienen otros muchos,y es lo que fe praética;y yno de los fundamentos en que fefúndan, es al que ¡tenemos pre mavibus 3 potque como efta prohibi- cion del Tridentino fea de intetpretación cltrechas antes le ha de reltringir, que ampliar ; y los que opinan , que deben fer completos los tales años; amplian la: dicha tos quanto en ellá cabe: A Y
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