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a vi Sarisfacefe alos faridámentos de Baramblios;o. 59 que todos eltos hombres doítos ,que tacito nomins cita, patrocinan exprellamente nueltro lentir,y cel. pueíta, bh ex fe pates.: Y. Elto digo en dicho, nu mero, Vea, pues, el leñor Barambio Á puede eltar mas claro: mi mas exprello el fin para que yo:cito A Lumbier > Y Ífbaun todavia.nó lo entiende lu mer- ced, qué puedo yo hazerle a ello? 371 Proligue el leñor Barambio,y en el mum. 71.pag362:dize aísi:No empero tiene razó Lum- bier enloque pondera la obícuridad de la propolí= cion tercera condenada, uwm;,7 10. diziendo,quefe quitará con folo. dezir condenada en las. dos pa: tes an tecedentes; porque es querer poner obícuridad en el Sol de medio dia claro. La:razones tan clara, pos- que li dize la Santidad : La Sentencia que dize; quede Bula de la Cena tan fola nense probdbe. la abfolucion. de la beregia yy demas criocánes quando fon publicos y y.c9n efto no deroga la: facultad. del Concilio Tridentino. en el qual fe trata de los delitosoculeos ,G'e. condenada. Qué mas claro puede dezir condenadaen las desi, y tres partes antecedentes? Yo no lo hallo ni.es facil de ' (eñalar ¿ y fi: efto le quiere abícurecers qué milagro lerá andemos en tinieblas toda la vida, fin encórrar con la luz, ni la verdad que deleamos > Y arguyo aísi:La propolicion tercera cóndenada pot Alexan dro Septimo, tiene bres partes, primesa, leganda,, y tercera,como conficíla cíte Autor. Su Santidad di- we,aviendola vito dignatoda de condenacion,can denada tóda; luego dize Con claridad condenada. en Las dos partes. Lo bueno es;que no diziendo lu Sah, tidad, enféntirdeltos Autores; condenada en la vlsz ma parte, como nolo dize ¿ quierenque lo diga en gusto d ella y y mo quieren que lo diga en las demas, fiendo todas tres partes de la propoficion que dize , con dinada, Íivtener mas fundamento por vna, que por otra parte. Conficflo ingenuamente , que €s lolo querer dudar, yopinar con fingularidad. Ha/la aqui «dicho Barambio. ? 371 > Muy feñor mio, V.m. no debe de diltin- guir entre la propolicion cóndenada, y la.condena- cion de ellascierto es,que la propolicion cofidena- da cftá tan clara, que podrá conftruirla qualquier mediano Gramarico , y: aun delctrearla qualquiera niño de la eícuela ; pero la condenacion de ella, 0 el fentido en que fercondená la tal¿no ella tan claro como el Sol de medio día ¿ni aun como el Luzero del Alva , ni aurivcomo las Eltrellas a: media noche, fino obícuro., y' obícurifsimó ¿¿oma bien “dicho muy erudito Maeftro' Lumbier, y los hombres doé- tos que el refícre tacita nomine; y lo, miímo con los Maeftros, y Cathedraricos de Primo de la Vniverh- dad de Salamanca, el Curío Moatal de los Carmeli- tas, cuyas palabras pueden vercarcibá, num. 49. 'y lo miímo el Licenciado DonMartins Brezmez.de Prado, cuyas palabras (e reficrenen elmam+50. Ho- zes lobre la dicha propolicion,mám: 1,y.1 0, 373 Dize el leñor Barámbio¿que dize fu Sari. fidad condeñála roda + amicitrenos fmmerded donde dize eo (wSaritidad Acercadé lo: qualy de lo de- más que Íupone, O dize el leñor Birámbioyveale-lo dicho artibanm, 2 840.4 nur, 299.4d 306, 4uumi 335.44 341. y en oros della Apología. «+ Delpues.de aver concluido el leñor Dottor Ba tambio cólo que toca al muy. erudito Padie,Mael Mo, Lumbier,, la toma muy ex profefía contra el ¡Muy Reverendo, y dota Padre Corella ¿y porto- marlo tan de propofito contra dicho Elcurór, me ha parecido 'tambicnel tomar de propolito la lacil- Aacion 4. todo lo que contra el tal alega; lo qual ¡ES COMO le MM coi T Satisfacefe dla,que: el Soñar. Doblar Barambio. alega +31 Soutra el Reverendo Padre Corlias.. o: 1137% 3: N el num. 72.pag,3.63. dize alsi el ey bloñor Barambio, En el num. 3%. 134:35-36Y 23 7.rehiere Torrecilla al R,P.M. ¿Corella,que:en fu Práética de Confellores, fobre la propolicion tercera de, Alexandro Vil. num.22.di . sA ? Digo lo prixuero., guetengo por muy. probable con orrecilla x queeneha propojscion-na fe condena la har- be Primera , qué dize, fer: Meiso s. los feñores Obifpos abia Joluer de los cajos de la Bula de la. Cenasquendo fon ócul 05. Jfino que falo f? condena dezir , que efla opinion fué bijba ,) tOlerada en el Conbiitorio, de la S agrada (ongre- gácton de los Eminentifiimos Cardenales, Pruebafe (atiende amice Leétor) porque. ¿ta condenación es de interpetacion tArecha y. fa ha de aefrinadr no am pliar ¿led Gc elt,, que [fe dizs que comprébinde la condenación las dos partes de la propofsción ,ferá ¿mu pliarla;.y diziendo'que contiene fola dia, .es cemiría, y refbringórla: luego foba, de dezir ,G4:n0 compreb-nde la condenación 4, las dos. partes de, la, propoficics , fina Júla vna 3 1d ef? s aquella que dize ¿vifa, Co tolera tech, kl dora ' wl 375: :Prolgue Bara mbio en el Hum.73. como le figue. Sin probar la menor, que cra muy necella- tlo,como conocerá el,mas ignorante (que no puedé hazer por ler diltinta,!y divería de lo que propone probar) proligue Corella : Lo.osro , porgué el foniida «de la proj 0/ición: fa faíua ¿ diziendo ¿que falo fo efticia. Me 4 lo que afirma la. copula principal defta. propo/ición; led lic. ell ¿que la copula principal es, loque dize: (Quien.oyo tal en-el mundo!) que fae villa, y toléra- .daila opinion : luego diziendo , que Jolo fe condena que ¡fubvila ¿y tolerada la. opinion , fe fala el futido de la copula principal : Lo otro , porque nó debemos penfar que la facultad que concede vn Concilio General , tán gro, venerable , y aplaudido en la lgleja ; qual es el Tridentino, Lo quiere derogar el Poncjfice Alexandro Séps timo.en ete Decreto, nó baziendo mención expreffa de la Hal facultad; como.lo.noto Pedro de Ledefma ; luego adea mós de dezir , que no fe condena eféa opinion que concede álos fiñores Obifpos facultad para abjoluer, de los cd= 'fosocultos de. la Cena., fivo-que falo Je. candena el afira mor , que ela opinion fue vijta, y tolerada én lá (ón gregacion de los Eminentófiimos Cárdenales.Hafta aqui Corella sque iento averlo. vito por loque le efti., mo,viédo (u taro,y inaudito. modo de afguir,y pio. bar lrtentoncia: Byba aqub el dicho Doétor Baramblo, 376 Sed ltd Picado mz -— e o — A O ; ca 0 e E in

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