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Satisfacefe ¿los fundamentos de Bavambio; enion alguría entre ellas:Si dixere que si, era vn di cho digno de celebraríe en todo el literario Orbe; por ler de va tan gran Doctor, y por la extravagan- cia que en Á tendria2Y li dixere que no,comio me lo períuadg,y como debe deziclo,apliquele la relpuel. tad las 45 .Propoliciones del tal Decreto. 317 Preguntolo 4.al leñor Barambio:Porqué excluye la vlrima Propoficion del dichoDecreto,de Casegorica?Si es por eltar en el vlrimo lugar,y hazer vezes de predicado én la tal hypotetica, que cópo- ne con todas las precedentes, en la ficcion que lu merced le quiere idear? Ello no la haze hypoterica, li ella en fi nolo es : porqué bicn puede eltár en el yitimo lugar de la hypotctica, y hazer veses de pre- dicado en ella, y [er Catezorica, como le vé en celtas hyporeticas: $4 Sol lacer dies e(2:54 Petrus deisffet,mé diligifJes Sies perque eb úl es hyporetica? Otras mu- chas ay entre las quarenta y quarro precedétes,que (cu bypoterigas en li:y (Les, porque la vltima cfts in connexa de (uyo con la primera? Todas las quaréra y eros precédentes eltan de fayo incorinexas con la primera: Porque, pues,excluye (ola la vleima de Ca. Begorica y y no otra algiina de las quatenta y quatro precedcotes la ral? l 3:89 Pregunto lo 3.al leñor Barambio:Donde digo yo,0 alguno de los Maeltros Citados acriba m. 2 50.4 quienes (1go,que fuSáridad ho condena las Cd Begoricose Muy lenor mio, lo que fo digo (figuiédo á los lubredichos Maeltros) hab ¿do de la terceraPro. policion ¿ondenada,es,que la Sántidad alii no con» dená laCategorica,que haze vezes de lugeto en la dis ehaPropoficion hypoterica,lind que lolo cóJena la Propohció Categorica, que haze vezes de predicado en la molma.Vea,pues,aora el (eñor Barambio,hi es lo meímo elto, que dezir ¿blolatarnente, qa: mo csn- dema las Categoricas? Y li lu mercedno lu vicre, juz.- guelo qualquicra inteligéro ydelapabiciiadoLeétor 319 Enelnum .61.de dicha pagina, proligve lus inftancias el leñor Barambio aísi.Mas. El Sumo Pontifice condena iudirestamente la Categorica de nueltra Propoficioh tercera en fentir delte Autor, como coníta del num, 26,Sed fc ef?,que lu Santidad dircétamente no la condena ii qu.cre condenar per s*:luego fimul la condena,y mola cor.denia: luego /6- mal la qulete,y no condenar: lnego fimul efta,y no condenada Gn voluntad del Sumo Ponrifice ; luego no la quifo condenar quando la condena;y cien mil contrariedades, impolsibles, y ablurdos, que le vie. sien á los ojos, indignos de imaginarle¿que le omai- ten,originados de tan fingular mado de opinar. ¿20 Muy leñor mio,que el Sumo Pontifice 6 condene direftamente la Categorica; que haze vezes de fugeto en la ral hyporética;y quela códene ¡sdi- heífamento,en quanto compteheide a losRegafares, que es lo que yo digo,figuiendo al dodtisimoPz4ré 0y1,D0 sé que tenga, ni pueda cótener contrario. dad alguna en buena Logicaslolo enla del feñorBa. tambio podrá fer que ello feá contradiétorio: peró mo en la Logica víual, que cotre en las Vniveriida "* des de todo el Orbe literario ¡ porqué eñcfta, para que dos Propolicianes E opongan le requiere qe Lom. 34 ss ; , $ le de entre ellas, /firmatir, Cr megalio Dufas de eodem; Sab cade omnino formalitate loco, eo tempore. Digas nos, pues, 2054 el leñor Barambio: G condenar vna cola indiretlamente (relpetto de los Regulares) y nd códenarla directamente (maxitne telpetto delos Sen ñores Obilpos;(i elto podrá dezirie que es, affrma- tio, negatio eiafiem, de eodero Jul ehicos:omusho for. malitate? Me petluado ho fe atrevera ¿ déezirlo, poé ho incurrir en la nota que de al (e le Giguiria; luego en lo que yo digo, ni ay contrariedad alguna,niim- polsible , ni abíurdo alguno , ino mrré ióyaginado por el leñor Dodtor. 321 Yaísien foria.diltimgo el primer confes quente luego 4malla condena iudireddamente,y no lá condena direótámen:e concedosluego fimrul la códe- na y no la condena disectamente,o femis la códena, y no la condena indiredtamente, biego la cófequencias y ls milmo proporcionadamente á los demas cone lequentes¿y confequencias; Acerca de lo qual lc yea lo dicho arriba,mami,t35. y 136. y deldeclñ.196; halta el 202. y los num». 2 $ 3.254. 322 Eneclwm 6 2.de la meíma pagina, profi- guiendo lus inltancias el feñor Barámbio, hablada de mi prueba, dize alsi: Que de ningaba manera (e debe admitir én mi corto juizio entreCarolicos,por dos razones. La 1.porqne en el Decreto de nucítra SanúisimoPadreAlegandro VI Inoceficio Xi y de- más Pontifices , no (e pudiera feñalar Propobicion condenada eb lasPropoficiones que condes:an Cues del thodo iucímo le pudicra dezir conTorrecilla v. gen efta que es la 6. El Confeflor, qué en la comf: fsi06 Sarrameñital da al penitente pepel; cantó, 0 villete, para que defpties lo lca,en el qual folicita d aitus berjercós mo fé Jah ga que folbeito en la confefidor y ¿or ejla cúfifaro by dé fir delatado. Condenáda. Que fu Santidad lolo condena diredtamente, por efta cauía no ba defir des latado,que es ls bytoterica de dicha Propoliciot;y lo probara, porque f quijiera condenar la Cotecirica, la pufiera fola fín la adjúuntd,y defta fuere exprefjara Ju vd» lúntad: mb la exprefsot lego porque no fue efja Ju inten» ción Jegan reo lss de Derecho. 323 Yencinm.63.ptofigue cl melmo Bas fambio aísi:Orco dirá del melmo modo, ycon la fas cilidad delte Autor ; que no condeña , fm dez el CO feffor que en lá conf foto, (rc. probádoto tofno lo ántecedente, y defta forma delvanecer, hazer poco calo,y menos cftimacion de losDecretós de los Su- mos Poñrifices, ni aver cola cictta en materia de doétrina en la Chfifliandad, pues en todas Propoli- ciones condebadas puede teñer lugar elle Gngulaf modo de opinar. Haflá aqui el dicho fñor Lar ambis én dichos noméros. | 324 Relpondo,qle es falíísimo el queío figa dé mi afgúmento aya Propobicion algúna en elDe- reto de nuetro Santilsime PadreAlvandro VHS en el de Inocenció Xl:ú en el de los demás Pontifi. tes,que ño eflé condenada, y en aquel fentido, qué dichos Samós Pontificésla condenar: pc rque yo na pongo la fúerca de cs la jund! precifarmente de las dos colas,coo:o fal enciende el Doctor Barambio, fino en lo que djs arriba mm 2.97 donde lé puede j ed Ez ves

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