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Y ! cn - - rt. AS A E Ak ¡a 5: delos PrinilegiosdelosObifpos.5.V. r l Pro- ; a parce alguna de la ta se sm Do ne ercstndí inferir el leñor Ba. policion, rambio. s:porque liempre que ay pa ¿ro Ylarazon* E laIgleña, que condena , Ó . to A m, O precep 3 “2 a > lt tambien otra con A, anda Ei ¿danindi- ; e o CÓprecepto indirefto,por el qual le mádan indi reétamente rodas aquellas colas,que e See para que no le eluda la OIR » e y ved obferve el precepto direéto : pues e : ae. fiempre obedecer el precepto,y eltár 2 enad la Igleha: alids,A fuera liciro,mudan o de opt- Po 1 ado de diverlas, Teolo. niones,o valiédole de agregado | fe izar,come el feñor Barambio dilcurre, le pu y eludir muchos preceptos de nueftra SantaMad: ela Iglcña,como confta de lo que diximos en el primer tomo de nueltra Suma,tr. 1..dif/p. 4. c8p. 6. quefsto 6. por todo el,paz.83. y 84. y adonde alli mereficto. Neale tambien alli el ¿ue/fto 4- pag. Sa. 3r1 Añado: que aunque le concedieflemos al feñor Barambio,que lu Santidad condenava allito das las tres partes, que contiene la cal Propolicion hypoteticazno por cilo fe figuiria quedalle códena- da alli la fentencia favorable á los Obifpos,ni revo- cada la facultad de eftos,que les concedidelTriden- tino, como lo tienen algunos Varones doétos, que refiere el Macltro Lumbier, explicando el fegundo lentido, que cabe, y puede tener la dicha condena cion, y en el qual parece que inclina el milmo.Ve% de lus palabras referidas á la letra, [apra mam; 31. 312 Enelm.sg9.déla melmapagina, proligue el feñor Barambio (us inftancias aísi: Más. La Pro polcion bypetetica códenada,incluye, y le compone eflencialmente de dos Categorácas en fentencia co mun de Sumuliftas: luego li el Sumo Pontifice Ale xandro VII. no quiere condenar ni cóndena las Cá- Begoricas de la Propulicion tercera, ella es fimul, y nó es hypotetica condenada;es bypotetica,porque lo dizes; no lo €s,porque no condena, ni quiere condenar (a ellencia, que lon las Categoricas: luego es,y no es 4 mul condenada por lo memo. 313 May [eñor mio, verdad es, que fegun to. dos losSumaliltas,quelquieraPropolicion hypoteri. ca,en quiro tal, (e compone de muchasPropoficio- nessa diltincion de laCategorica,la qual roalefcit ex Jim; licibus,vel compofitis termings; y por cóf guiente €s verdad, que laPropoficion tercera condenada; de que vamos habládo,que es hypotetica,Í¿ cómpone de dosCategoricas:vna,que haze vezes de lúgeto;y Otra,que haze vezes de predicado:y lo que dezimos €s; que la tal hyporetica lé condena en quanto á la aregorica, d hize vezes de predicado; elto es, en quanto aquel vi/2J0> tolerara ef. pero no le condena en quanto a la Categorica, que haze vezes de luge- toen la dicha hypotetica: ide/i,no le condena alli la Sfententia alferens se mo ej dezir,que fue vilta,y to- pa la .a (encencia. SiV. q lo ha entendido aísi, arepas qua omole peda eg de mul (03,3 1 lea by ca topohicion condenada; ff. mi Pote condenada Y comó puede . Y verificar el que noforros digamos(como nos lo atril, buye el leñorBarambio)no quiere condenar,ni con. dena fu Santidad las Categoricas de la Propoficion rercera,quando folo dezimos,no códena laCategó.. rica,que haze vezes de lugeto, fino folo el predica. do, 0 la Categorira, que haze vezes de predicado en la tal Propolicion hypotetica? Y fi lu merced nó lo ha entendido afsi,quien teadrá la culpa de eo? 314 Encinum.6o, de la meíma pagina, profis gue lus inftancias el leñor Bára mbio aísi: Mas. To das las Propoficiones condenadas por mueltro'Sani tiísimo Padre Alexandro VIL menos la vicina, fon en eltefentir Careporicas, que componen vna hypa tetica,como Íi fe expreffaran por la conjancion 6», «refpeéto de lu Decrero condenativo; pues lor ma- teria,córca quam derfatirs fud fio e/h,que fu Sáutidad va condena , ni quiere condenar las Categoricas, puesuo la exprefJa,ui las pone fam adjunto:luego todas las Propo- (iciones, menos la vlrima que condena, (04, no fo firral condenadas: fon,porque le Íupone,y no le puede negar,mo lo /om por Categoricas: luego el Deéreto de fa Santidad, es, yno es fimul condeuatino, Lo eS, por= que condena la £yporerica: no lo es,porque ue tondex na las Categoricas. 77: 315 -Muyfeñor mio,las Propoliciónes del dis cho Decreto, de Íayo tienen el fer, d Catezoricas, $ byporcticas,que clto no les viene ¿dastales ab extrána Jero,0 por la condenacion del Samo Pontifice: pues elte no muda laseffencias , que tenian en (i las tales Propoliciones; eto es; no las muda de Carcgoricás en hyporeticas, ni de hypoteticas en Categoricas: porá ía Sáridad no haze las talesPropoficiones, lino que las fupone hechas por los Autores de ellas; y lo que lu Santidad haze en dichoDecreto,es el conde. narlas prout ipfe decente: elto es tan patente de layo, que nadie racionalmente podrá negarlo, fimo es que quiera hazerle Autor de las tales Propoficiones al meímo Sumo Pontifice que las condena. 316 - Aoraypues,pregunto al leñor Barambio: lo 1.como pueden cóftituir vna Propolcionhypo. terica las quarenta y eincoPropoliciones infetras en el Decreto códenativo de elias, quando las tales fon de diverfos Autores, proferidas en divetíos tiépos: vnas antiquadas, y renovadas aora; y Otras inventa: das de nuevo , como lo teftifica ía Santidad en el principio del talDecretoExpliquenos,pues,f mer- ced, como de vna Propolicion, que profiere Pedro aora,y de otra que profirid Juan ayer, fiendo diver. fas en todo, y no aviendo conexion alguna entre la vna,y la otra,ni en quanto al fentido,ni aan én quá- t0 4 lo material, reíulte yna hypotetica de las: dos? V.g.dixo Juan ayer (y aúque fuelle oy,y 4 la miíma hora que la de Pedro)eftaPropolicion: Homo +A anio mal rationale; y Pedro profiere oy la (iguiente: Lapis ef fubiiantia. Expliquenos, buelvo ¿dezirel (eñór Doctor, como deltas Propoficiones Caregoricas le podra dezir, que refulta vna hypotetica? Y di gatos mas:Si porque vno dixefle,que ambas erá verdade: ras,y las aproballe por tales , (1 por ella aprobacion ferian hyporeticas las queen í fonCaregoricis: 04 por ello relultariayna hypotetica de las dosguán ynion
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