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Apolog:4 5.de los Privilerios de las Obifpos¿ 8:11. 3 dero- e tal luerte , que Ú no la ó ienen comunmente los galle, feria inutil : Fm deConíultasVa- Antores CEAAROS razón 655 porque fi las leyes le rias, »6s fopts- PS (e ha de admitir correccion, uneden a hc efi,que la dicha condena pe ito Santiísimo Padre Alexandro VII: le puede condes de modo, que ni (ca inercial E rogue la facultad del Tridentino acond pe lo Obilpos: lucgo lemejante inreligencia,y Expo E ferá la que le debe abrazar en nueltro cala, maxi ' eltando tan dudo(la,y obíéura la dicha condenació; como dizen cltarlo, y bien, Lumbier,vb4/upra,uam, 269.y los DD citadas arriba,uum, 2 50. La menor, En que pudiera eftar la dificultad, te prueba: PorquA el lentido de la diclta condenacion fe lalva, dizicn. do,folo le cltiende á lo que afirma la copula princi: pal de la tal Propoficion; [ed hc e/h, que la copla principal de la dichaPropoficion,es la que dize que fac vilta, y tolerada la lentencia a/ferens¿Ge, Luego dizicndo;que lolo le condena el dezir, que la dichá fentencia fue villa, y tolerada por el Conúiftorio de la Sagrada Congregacion de los Eminentiísimos Cardenales, le lalva el lenrido de la dicha condena. £ion,que es códenar lo que afirma la copula princi- pal de la ral Propolicion tetceta, y por conliguiente no es inutil. 275 Lo 5.1 paritáté ratiónis ; porque li el Su- tuo Pontifice cenlurára, y condenára elta Propoú- Cioh,Scientia media ¿D.Thoma,vifa,O fecnta eA,vo por ello diria alguno, que efltaya condenada, y pro. hibida la Sciencia media,fino aquel predicado difa, € fecuta efhh como bien el Curío Moral de los Car- imelitas, con los Macítros, y Catedraticos de Prima de laVniverfidad deSalamanca,con quienes lo cor- Íultó, y con lo qual le conforman el MacftroHozes, el Licenciado Don Martin Brezmez de Prado, y el doéto Fr*Juan del Efpicito Santo,citados dnam 40, ad 50. luego pariformiter deberá dezirle lo memo en nueltro caloyelto es que en dicha tenlura, y Corr. denacion de la Santidad de Alexandro VIL. no le Condena , fi prehibe la fentencia favorable a los Obifpos, (mo el dezir, que fue villa, y tolerada por ka Sagrada Congregacion, 276. Expllcale cfto,alsignando el motivo de la tal condenación: porqúe como huvielle gran litigio entre losÁutores de vna, y otra fentencia,lobre íi la Bula de la Cena revocava , Ono la facultad del Tri. détino á losObilposyy como algunos de los que lle. Vavan,que no eltava revocada, dixcllen (aurique fal. lamente)que fu lentencia estava ya aprobada por el Contiltotio de la Sagrada Congregación de lós Eminenti(simosCardenales,con lo qual la davan vr apoyo de grandiísimo pcío': pues fi la tal fentencia tuviera de lu parte la revifsion,y el juizio de rolejú- Cia de la Sa : ; > grada Cogregacion, tenia quanto podia Geicar. Pero como el ta oa ai apoyo no le huvielle en la téalidad, nueltro Santiísimo Padre Alexándto VIL que no quiere que vna epinion de tahto pelo , y de Mmatciia tan arave, le Ñ : oshazi grave, l funde en apoyo fall hazien. saere 2 la primera, d do Áutor al Conbitorio de la Sagrada Congtegas cion,de lo que elteno avia hecho:por «Mo,pues,des Claró fu Santidad, queno era verdadera la ral apra- bacion,y condeno el dezir,que la tal lentencia avia lido vita, y tolerada en el Confift rio de lá Sagrada Congregacion, dexando.en lo demás las lentencias (favorable , y contraria á los Obiípos) en el eftado que ellas (e tenian,antes independenter del tal apoyo; que (e quilieron fingir alguños , pareciendoles, que con.cllo enervavan la fentencia eontracia, y adjudi- cavan d la (uya el trianfo del vencimiento ;'la qual condenacion fue fantilsima, yjultiísima: pues noes bien, que opiniones en materias tan graves, lé des fiendan con (upoliciones fallas , fingiendo aproba ciones de la Sagrada Congregacion, queno ay: $ fas quando la ral opinion, favorable a los Obilposy tiene fundamentos fuertes , reales , y verdaderos en que furidarle ¿ lin necelsitar del ral fallo adiras mento, . ' ¡277 Y lo 6.pot otros fundanientos en que yo funde la dicha expolicion ; y relpucita mia, que le pueden verenlosnumeros 23.24. y 25. y que le ventilarán exprofello en el $. 5 .refacando,ó relpon» diendo á las inftancias del feñor Du%or Barambia contra ellos, ¿ 278 Vea,pues, aora el feñor Barambio, quen fin fundamento dize,y contra toda razon,que la tad expoíicion y y relpuelta no es otra cola , que queres pintar volantariarente : pues lo que fe funda com tán faertes,y graves fundamentos.no puede dezicld que es »oluntarid diétum : y yea tambien la injuria grave, que haze á tantos Varones deétos,timorarosy yKeligiolos,como llevan,) parcocinan dicha expo; icion,y refpuelta,en dezir de todos ellos (aúque en la cabega mia) no folo que cllo es querer pintar vo: huntaria Mente, fino que es querer pinsar Doluntarjas mente contra el Dacreto de nueflro Santifsimo Podra Alexandro V 1, injuria á la verdad de marea mayorg pues no le debe,ni le puede prelumir detalos,y tan tos, doctos, graves, y timoratos ÍUgctos, el que voy untariamente quieran ir , 0 contravenir al dicha PontificioDecrerosni oponer 4 él en manera algus na : y dezir lo:contrario con ranta alleycracion, nat parece le puede hazer ún graviísimo arrojo, ni m4 graviísimo elerupulo de conciencia: y áno coníides reló qualquier doéto, y timorato, ) 279 Y masquando el (cñor Borambio , Para tefarar la dicho inteligencia, y expokiclon,no traen alega mas fundamento, que refericá lalerra dicha tercera Propoficion códenada, fin profundizar cola, alguna lobre el fentido de la condenacion de la dis ena , lino dezir (u merced, que le condena toda dig tectamente,yno folo aquel predicado »i/a,G tolera $a.c/?:y elto lin mas prueba que frdicho, y lin replia ca,ó inflancia alguna contra la dicha expoñcion de tantos Macítros referidos arriba na. 2 50.como Á el dicho de fu merced facie decilión Pontificia,Cas ñonica,ó Conciliar:d cómo í1 Íclo fu dicho(/m mag prucba,que dezirlo el féñor Barambio) pelara mas; que el de tantos, y tan calificados Mack 06,y que na la

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