BCCPAM000291-7-15000000000000
A E A O CAS 6 | abíolver de: los cátos de la Bula de la Cena et ud de la Bula de la Cruzada; y lo fundan tambien en las claufulas que eltán al fin de la milma Bula de la Cena ¿enlas quales revosantur omnta, O" quecum- gue indulja gratie 0, fu quavis forma, O e gum quibu/cumque claufulis y etism derogatorsam te regatorijs a Sede Apofiolsea concejja quebujcumgne pue Jenis , eriam fe Regal prafulgeant diguit ste ; ex quedis csnja etiam per viam contraltus ¿aut remuner ashomis, 6> cum clanfula quorum tenores , Pe. WVeale Diana part. 4 tr.4 ref.18.6, 1. Lo contrario empero es la praxi de todos los Reynos «de Elpana , y lo que yo fiento debe tenerle , fue lo referido lolo le ha di- cho para que vea el leñor Barambio y que le puede interpretar , y de hecho le interpreta por Doctores Elpañoles' lu contrario, y le abítenga de lemejantes ablolutas, (in poderfe inserpretar,Crc. Pero acerca de lo dicho en efta quarta inftancia , veale lo dicho arriba ¿num. 130. 4d 137. y con elto pallemos á liquidar la relpueíta que dá Barambio á la tercera relpuefta mia. 225 Profiguiendo yo las refpuéltas al primer argumento , de que me hize cargo enla /?ccion 2. nam.+. en el num. 5. digo aísi : Reípondo lo terce- ro, que quando la Bula de la Cena dize, que ningu» mo,aunque fea Obilpo,pueda abíolver de los dichos calos,aunque fea con pretexto de qualquier privilea io , 9 facultad concedida por qualquier Concilio, por dichas palabras no pretende reyocar,ni revoca los privilegios , fino el ablolver , eerums pretexta ; y ¿por configuiente no excluyado.que fe haze con les itima facultad , porque la palabra pretextas ,,co- mo dize Souía : Xibil aliud ef, quam Velamen , que mroueri fe quis ad aliquid agenduin fennlar ; 0 como dize Goncalez in regul. 8. Chancellario , glof. 57, vam, 2. Diétio, fub pretextn ¿dem fignificat, quod Jubvelamiue , vel colore alicuius red qua Hon ef vel jam definit efe ,fen falfaafhn Lo qual leprucba, y coníta tambien dela ley Sub presextu 1.C. de tran Jottionib, cap. inter Monajterium,cap. fuborta,de re im, dicata, cap,2. de probationib, y de orros muchos : de manera, que la palabra pretextos lolo es color para hazer vro le que quiese 3, y alsi no comprehende la verdadera, concelsion que tienen los Obilpos por derecho , por lo dicho ; y. porque el privilegio del Principe máxime eltando inferro en el derecho, debe [er firme , y conftanre, y no fe ha de entender ¿teyocado en calo de durda:Ergo, Sc. 216. Aelta relpuelta,que refieretruncadas mente dicho Barambio ew.cln4m,46.pog. 358% relponde aísi : Niego la mayor, y todo lo que con. ¿tiene elargumento por rodo lo dicho, y. eficaz- £ente , porque efta condenado por nueítros Sa- ¿Mísimos Padres Alexandro VH. y Vibano VIL de. ¿EE, que la Bula de la Cena no deroga la facultad, 9 privilegio concedido en el Tridentino 4 los Obif. Pos paja ablolver de la heregia, Ste, que es lo que dezian algunos Autores y los privilegios de los Regulares, que afirmavan otros. Y la palabra pré- f:xtm no lolo lignifica velamen ¿y eulor fugido, que Apología E. delos Privilegios delos ObifpossS TIL. ti 8 muchas vezes ignifica verdadera canía,leg.fub prea textú, Cade eraufalt. y aquí le toma por privilegio facultad: validamente concedidas, *Halta aquéB ha rambio, , ¿e 227. Sed contra ef: Lo 1. porque en dichdax relpuefta no procedo yo por forma de [ylogilimk fino por enthymema : y alsi no ay alli mayor ,1 menor , ino.antecedente, y conclulion. Pues q mayor esla queniega Barambio,que no ay alliz 228. Contralo legundo: porque fi lo que ni6 ga es el antecedente; elto es, que por las dichas p; labras no pretende revocar el Concilio , ni revoóW los privilegios,(no el abíolver, «orúm pretextm; el (además de conítar de la miíma Bula de. la Cena, ibi: Pretextu qharumbás facultatum, Cc.) le pr cba en dicha nueltra refpucita de ambos Derechos ¿$ autoridad de DD, de lo qual no (e da por entendi do dicho Barambio ; y por ello quizás trunco la di cha re(puefta, lo qual corroboto yo como [e figu 229 Porque además de losAurores citados ef ella, tienen lo mimo el feñor Salgado ; con Villalé bos Enriquez , y otros, de fupplicat: ad SanciifiW mum , parb.1.1ap.25 00m; Gs. ¿de fine ¿Han 77. em. 1 11. los quales dizen ¿ que la palabra prete tus dize locolor , y que incluye dolo; y en compra bacion de lo dicho alega muchas coles dicho (eñog Salgado in traét. de Regia pr oteítiona , part. 1, cap.2 sum. 16. 17.y 18. ponderando al propofito la (ig nificacion de la tal palabra ; y aísi le remite á dich lugar, vb3 fupranum.7. 9. a 230 Lo miímo tieñe elDoétor Profpero Fagá mano lobre el fegundo libro de las Decrerales , de eap.cum venifjent, de indicijs, muor. 2.8. pag. mibi 2 3% donde dize, que la palabra pretexsus es vncolor limulacion ,quefta ad faciendum 5d ¿quod alia DIA probibermr; y lo pracba,ex cap. aucritic,de cl in e ex cap, eos quis de tempor, ordinat; € exlez, Jfub prá bexta, C. de tranfabt. y añade , le nora alsi cn la ley licita , ff. de Offic<Prefid. Y cíto milmo túéne! muy erudito Padre Fr Diego Xim cua, de la. da Orden de Predicadores ,.errluLexicos] tico, verb. Pretexo , 6” preteztus ; con Th o yy Nepociano , y cita el capa Jobs 234 Yielto miímotiene el M.R.P-Et: toval de San Jofeph , de la Sagrada Orden de Í Trinirarfos Deteaigos ,€n lu primeé tomo Reciph ram opiniotum ,fobre el Canon 1 4, dela BR dela Cena, nurs.2..p42. mibi 119. donde dize lo quel8 ligue : Dice engo primo ñomine prarexs énte. ) y | fitivnemn , fea Jpeciem ¿qua quis duci fe fingit ad ál bh qnid agendum , cum tamen alía canfa ducatur ; 6 6% deatur. Sie Sucton. in vita C efaris, Tri Pi % gilius 4. Emeid. C onsup tum Pocal, hoc: pretexit 10» mine culpam. Halta aqui;dichos muy. Revereuda Padre, y comunmente todos los Expoltores de d cho Canon, ed EE :38 232 Y el muy erudito Padre Fray Martin pi i ' Ó San Jofeph , bien conocido por (us doériísi gritos , y. bien verfado en ambos Derecho:
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz