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560 colas , orá en las perforias;y ha de rener todas, y las mifmas qualidades que tenia aquello en cuyo logar fe fobrogas pag-3 3-Mum,21 1. y pag:224. $ Pruebafe eo. La poteflad del lobrogado no puede ler mayor que la de aquel en cuyo lagar fe fubroga » pagin.3 3 4 num.2134 Safragios. Por nombre de fafragio (e enriende tambien la li- molna,pag.231.n0m. 3» ' Sufpenfion. La fofpenfion puede imponerle por modo de pes na vendicativa y por pecado totalmente pal- fado , in algun.orden alo futuro , en lo qual Se diferencia de la delcomunion , puede fer dis- junctiva ; y que es lo que contenga el sap. cra: pula , y otras colas ,4 pagin. 150. 4 num, 339: ad352. WVeaníe tambien los antecedentes, ¿-pagin. 149.4 num.34+ad 38, Si el Superior fufpendiefle al Clerigo del Benefi- cio, la tal fufpenfion fío ferá propriamente cen fura , fino pura pena , ni lera fufpenbion del ofi- cio, ni impedirá (us adtos 5 y a(si calo que cele. bre , no quedar2 irregular , pagin. 151.4 num. 544 Vide alia,verb.Defromanion. T Tefiador , Teflamentarios , y Tefamendos. El reltador (e ha de prefumir aquello D cede en mayor viilidad fuya, ciao del fundador de vna Capellania , pagins 366. num.7+. Noe juzga que el teftador quifo aquello que no exprelsó,pag-3 69.0UM.22» 'Si el padre pueda dir licencia al hijo para que cefte de la legitima debida al padre ; y Á para ello fe requiera juramento , y qué parael fuera interno ; y qué eftando al Derecho natural,y fuero de la conciencia, paga3 97.4 hum. 1.ad 5. y pa8.398.num.1. Y fi la muger cafada pueda conceder licencia de teltar al hijo de la legitima que la pertenece 4 ella, fin licencia de fu marido, pag-398. 4 num« 2.ad s. Silos Teftamentarios, por el trabajo, y ocapacion en la execucion de los teftamentos , puedan lle, _ algun interés,y quanto,A pag.414.4 num. 5. ad 14» PP, dexó quinientos doblones para los herederos de T. preguntale, fi C. fegunda muger de 7, ha defler tenida por heredera de T, para per» cibir la mitad de dicho legado ,á pag: 391.ad 396. Si el Religiofo profello podrá declarar fu teltás mento,qué fuerga tendrá cfta declaracionen el fuero externo ; y quando tendrá logar dicha des Indicé coplolilsimo Y alli, ( las limofnas que ha clapacion , 2 pagia.a ño. dota Eder De qué bienes puedan teftar losObifposkRegulares; 3 ¿pag.2 55.4 num,1.2d7. O, hecho en lu Obilpada” al de los bienes parrimoniales, S qual, podrá ular A de compeñlacion de los bienes del Beneficios? num.7. El teltamentarigren cuyo arbitrio dexd ubica de ; poder diftribuir algun legado entre pobres, fiem« dolo el, podrá aplicarle a si parte del eal legados pag-279-0UMm.4. tos: PA 1 (tar podrán hazer vr $i ciertos podararios para te legado de mil ducados , por evitar wn pleyto da: mayores cántidades , que con grave fundameng' to le ha de mover , fino le hazen , pagin.280.y, 281. ; Aquello fe debe juzgar difpuefto por el teftador” que difpuliera el tal,pag.281.pum.2. Si el Ordinario podrá conmutar el legado dexada en teltamento, en cola igual,O mejor, pag-3 544 num. 3» de Quando no fe puede executar la voluntad del tef: 4d tador en elpecic , le debe atender a lo que fuere mas vtil,pag.3 5 f«NUMeT: Y Si podrávno fundar vna Capellania de los bienes del reftador, poc los fundamentos que alli fe alez $ gan,a pag3 55-conl.5. : Ninguno (e prelume que haze legado al enemigo, que ello fuera lo milmo que perderle, pag.395= num! $ . , - Vn teftamento , d claníula obícura, fe explica por. otra elcritura clara,p3g.3 95.0uMm.20+ % Vide alia,verb. Argumentos FidcicomifJo, Herederos,y des. A Tifligos. 0030 El telligo que dize teftimonio fallo, no prueba: 1moyti en vna cola depone fallamente. , todo el teftimonio corruis ; y efto tiene lugar , ora los" capitulos , lobre las quales depulo fallamente, (can feparados,ora connexos, porque cn ambos | calos es vu ynico teltimonio., y no vale. cola al. guna,pag.104.Nnúm.1 + Imó, tiene lugar lo dicho , aunque aya dicho vet- ¿ dadenla caula principal , y folo aya depuelto fallamente en las colas apendices, 9:en los cirs cunftanciás. De donde es, que. al teftigo qué dixo la verdad en la canía principal , pero dixo falíimente en las apendices , aunque no 0 fé le caltiga con la pena ordinaria,fe le cafti- 18 ga empero con pena arbitraria , pagin. 104.104 mer. 12. LO Vide alia,verb.Informaciones de limpieza, Matrimos 0 vio Nobleza, y Probans a. 10 Tormento. : q Antes del tormento le ha de dár copia al reo de lo que huviere contra cl, le le ha de (eñalar tiempo para relponder ; y Gapelare de lafentencia del - tormento, fe le ha de admitir la apelacion,, y (= no ferá mula la confeísion , pag-191. num,666. y pag-192mum.67 30 y si A 2 ingre 2 e RA

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