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De lai colas párticularés dee Tomaj gat alguñó y los pueda interdicir, luípender , 9 delcomulgar, y les liga la jurifdicion en quanto a eltas colas, a pag-116.A num. 104.2d 109; y a pag-11940.125.4d 150. Y quées loque acerca dello dize en mi tomo dé Obilpos ; y por qué he mudado diétamen,pags 175:4num.541.0d $50. Silos Regulares (e ¿omprebendat en el nombre, y gencrál dilpoficion delos Clerigos,á pag.13 9: dnum.268.ad271. . Arodos los Regulares de vu Convento mal , no puede el Obiípo quitarles las licencias de con- fellas ¿fin confalca de la Silla Apo ltolica , pag: - 162, n0m.429: y 2pag.1 84.ad 291. á num: 607.ad 660. Y gue á clte, d aquel Regular, pag.139.4n.644: ad 649. Ni las licencias de predicar , 2 pig. 176. Anúdx. 555- ad605.y 2 pag. 191.¿4n.661.ad705: A los Regulares, que recorren a Tribunales Secus lares contra (us Prelados , yuando cltos proce- den feguo lu Regla, d Conftitaciones, no (e les ha de admanir; y qué pecado feria lo contratlos pag.207.4 num:32.ad 25. Ningun Religiolo puede renpntiar el derecha ea- mun en perjuizio de lu Religion ¿aunque efta le dañe lolo legundariamente , pagin. 230: nam.43. Si el Religiofo puede ler Ádminiftrador , fini pef. juizio del voto de la pobgega, pag.246. 2 nunti 51d 9. Y h cierra adminiltracion coticedida por el Dif: torio acierto Religiofo , podrán delpues revoa caríéla ad libitum,p2g.246.0um.4 y pag. 247: ánum.9.ad 12. Somo podrá vn Frayle»Menor imprimic (usSora ¿? en vrilidad de la Religion , fin faltar á la Kegla? Y íi cierto Religiolo Menor podrá praóB ar la probabilidad de las Mattiniañas , pag/147. A nuod. 1 .ad 4; cy Vide alia plura, verb, Ab/olucion,Citación , Entredi. cho, Mi/Ja, Perulio, Comendadores, Obifpos, Prelá- dos PriuilegiosProcefsiones,Monjas,Re fitucion, y Tefflamentos. OR vi Religion Virtádo'. > 20) Si (era heregia dezir,que la Religion e tiene acto alguno exterior ? En quantas maneras fean (us aétos? Y qué te éntienda por.nombre de adorar- cion,á pag.442.4 n.1.2d 9. Algunos errores de los hereges acerca del culto de Dios, de fus Santos, y.€p materia de diezmos, y voto,á pag.443.4 n.1.a d 7. Religiohes. Los Capitulos Generales de las Réligiones as hazer leyes ,aísi enlo efpirieual, como eh ieoporal,para el buen govierno de la Religion, A pg 203.4 0.1:9d 4. ' Y alli quienes puedan hazer leyes genéralínerite:: Qué circunflancia para fu validacion ; pag»Zo 5: S LID. 11.y 12 : ' Lom.z. m z 5S El Genttal XX holUlo puede 5 fino que Ad brar Vícarios Gencraleó ; coh plebiliud de juz tiídicion para la Niteva-Elpaña , y co no (é opone Ala Regalia sa pagin. 205.4 nuda 13: 1d 63. Lo que le haze por tudo tn Capirtilo General ¿ (3 dile averlo hecho los Vocales de lis Provini cias, que concurrieron a el, a pag.212.4n0m. $1.ad 54. : Acerca de la poteltad del Difinicotio Genetal dé lá Rel ¿ion q en orde d los Prelatos Locales¿ lon cinco Mi coltades,A pagi143.3d 245. Los Capitulos Generales pueden interprerdr los Sagrados Canones;y Privilégios¿pag.3 90.conf; — 19.NUM.3: No le puedeñ hazer Ellatbtosen daño de li Co» manidad,psg.411.conl.t3.0:2: Vide alia, verb. Pifitadorás. Entre las Ordenes Mendicantes ¿y ño Merdican: tes ¿le da mutua comunicacion de privilegios; Pag-115.000.93.) 94. - 0 El que por inftinto del Efpitic Santo, y fervor de la datidad és movido al. eftado de perfecciod (como elde la Religion lo es) no cftá obliga: doá otras leyes comunes , dpag4 2174 mum. 44 15. 0%] La caula de Religion €s favotabilifsima , pag: 220. NUM¿2 2. y m Si fea nula la profesion de cierto lagetospor aver fe delcobicrto , no fer de fano juizio, y a quicói tocará cl dar la lentencia declaratoria de la tal nolidad,pag=223:y 229: >: Vtrum , [ca valida¿ Ino, electa profefsion, 2 pag: 234.coní.14sem la razon de dudar,y pag.2 361 ¿0un.4. ; Silos Religiofús de cierra Comtenidad podrán adá micic 4 la pirofelsioni vn Novicio corto de vila tad pag.145: Y alli,qué obligacion teñidrána lo di¿ho? Las Religiones Mendicantes comunicatrrodos los Privilegios de los demas ¿done los concedidos eon cíta limitacida,que otras Religiones no lod comuniquen,pag.2 ¿9:coní;9: Pero aunque comuniquen vnas los privilegios de » las otras,con todo ello no cotninican €n las pe- ñas , y prohibiciones delas otras ,4pag. 4524 ánun 20.ad 2 f. Y Si la embriaguez fea baftante caúla pará. expeler E vno de la Religion. Vide,verbi Borrachos. Vide alia,verb.C/ú/ura,Crimino/os,Prelados y Rer os Reliquias; ' Vide, Rezo: Es, AY ¿ Remuncia, La renuncia de la herencia de la perfuna que vives fin confentimiento de clla,es mula: y auqhe (ea 3 favor de alguna cauía pix , y la que házen los padres acerca de la leréncia' de, lus hijos que viven,pag.212 :4n.2.ad 5. Como le entienda lo dicho pag 243.Ma 1. 7 En la renuncia general no vienen apueltas cp(as; Aza 3 quis
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