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a y e — UI ZIIA O 2 cin Delas cofas pártic ilares dee Too; de la Szttfñpcion de ee o de ha jútil- dicion de los feñores Obilpos ; pagin. 134s num.23 5. Si los privilegios éoncedidosA las Igleñas le el tiendan tambien 4 los Hofpitales, y a los Orato< rios privados delas calas, pag.391.0.7. Vide alia,verb. Regulares,Reliziones, y Sabrogación: Probanca. No es menos legitima la probanga , que fe hazé por telligos , que la que (e haze por inftramen- tos,pag»128.0um.1 93: La probanga, de necelsidad debe (et concluyente; ,210..4%. y P4g.393.0:5. Loqe le dize,G de le EA como Í ho le di. xclle,pag.17.M.100. y pag.503.40.4+ Y de lo que no [e prueba, no hazen caío los Derea chos, pag.105.num:20. Qual fea prueba 4 priori , y quald pofieriorá , pags 116.0UM,101.Y 102. Procefsioness Si el Obifpo pueda prohibir 3 los Regulares , qué no vayan dá las Procefsiones , que le hazen pof canía grave,y necefsidad vrgente , fiendo Com- bidados á ellas por el Cabiido,defeandolo,y pi. diendolo el Pueblo,A pag:94.4 nom, ¿2.ad 25: 28.124.nUm.164. A A Pradelilomas eftén obligados 4 ir los Regú= lares, combidados 4 10) pagigs.numa26. y d ag.1i5. ¿num.9s.ad 98. Aoi los Obifpos pad compeler los Regú- lares 4 que vayan á las Proceísiones , (i lo rehtta larem;no empero pueden compelerles 3 ello corf cenluras, á pag.95.4 num.27. ad 32, y ¿pags 116.4nam.99.ad 156. ) Siempre que el Tridentino quiere que el Obifpo les compela por ceníuras a dichos Opos lo declara exprellamente, pag. 96.num.28.y pag. 117.Um.109, : eme Concuerdaníe las declaraciones “da Cardenales, que patecen diverlas,aterca defte punto, á pago 118.4num.116. ad 1 AÑ A quien toque la indiccion,direccion, govierno, y deltinacion de las procelsiones ,Apag-122. 4 num.157.2d 166: pag.131. 4 num. 2 15. y bag.136.4n0M.2 55. * EL ) Si 6 Copia ¿dilata el hecho del Cabila do N.acerca de la procefsion, Blc. 4 pag.1 30: ¿num.206.ad 214. y 4p381 3. 2n0m.221; ad 239.7 pag.130.4n.153- d Si los Regulares puedan hazer algunas procefsio. nes Gn licencia de los Obilpos ; y quales,a page 134.4 num.240,4d 249.y pag-146.0um. 3174 8. Bt Mia se LAFEN á fe prohibe vna cofa, fe prohiben por to ula todas aquéllas , por las quales fe viene 3 ella;y como fe entienda efto,pag.107.1.33, Lo que no elta prohibido,fc tiene por permitido, pag: 97- NUM. 39» Y P9g: 122; NUM, 153. y 154" Tom. 3. 131 Ay táinbicú btia contraria Regla ¿ñ Úétecho nessa pt, que fe debe tenet pot prohibidá todo ágquéa llo ¿ que d dáre hon ef? permiguma 5 bel EoncbfJatoy , Pag.112.M0.155$.y 156. Ninguno debe , 3 púede prohibir lo qué ho es diz ñolo 151; ye3 vtil; y provecholo a utros; pag! 206.num. 20; Vide alia, verb. E aprifbidia : Promeffá. : La promella ho obliga quabdo la parté pido édi noter facilmente;que tio le prometia de veras: $ la promella, que folo obliga de parte del promiz tente, aunque (ea verdadera , y aceptadá, ho es paéto que obliga de julticia , ino de fidelidad; - Pag.32 1.n10m:8, Si el que fiéticiamente ptometid alguái: fhatrimo- nio , y con ella efperanga defloró vna doncellas eftatá obligado á coritraher; á pag.333.4 núme 2,ad 20; La promella no obliga antes de clar áteptada; P32-414m0m:3. Drofefsión; Vide , Religiones. E Propoficion, y Propoficiones cóndenádass Que fea Propoficion,pag.48.n.303. Y de qué deba conítar, y en quancas fnaneras fea, ¿pag.41.41.261.ad 265. Qual (ca copala principal, y qual menos principal (9 de implicacion) en las propoficiones hypo- tericas,pag¿60.4 num,381. Qué prohiba la Santidad de Aléxarideo VII: en la tercera Propoficion que condena ¿4 pag.7, 2 hum.21.ad $1. y d pag.39: á mum: 247: ad 250. e Si [ea predicado de la dicha Propoficion ; que fud : Difta, y tolerada,O'c. A pag.q0.dn :2ad 291. Veale tambien alli , qué fea Propoficion hypoteria . £a,y en quantas manérás, 3 Dicha condenación es de intetpretacion eltrecha; y alsi le ha de reltringic , pagin-43. núm ai, pen Si en vna Ptopoficion rio fe coridena la copula (y copula principal) no (e podra dezir,que fe con» dena dicha Propafición? Pero al contrario,pard que fe diga que vrra Propolicion fe condena,no es neceflario que le condene toda ella, fino que baíta (e condene lo que le aficmia por la copulz (de ella,a pag. 48.4 n.302.3d 306. ; Weaníe tambien los figuiéntes: + Siempre que ay condenacion, d precepto de la Iglefía,que condena,3 manda vna cofa,ay rama bien otra con condenacion, ii otto con precep3 ro indireéto, por el qual le manda indiretimens 1 ¿E te todo lo neceflario para que no fe ilud) , pags $o.num.3 10. j de Dé que confte la Prapolición hypoterica ¿ Y Á 103 das las Propoliciones tondenadas por Alexar- Aro VIL. menos la vltima, lean caregoricas, que compotrgan vna hypotetica , a pag. 50, 4 mum. 312.4d 321: Áaa z st e
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