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$50 Qual pele maz , la anticipacion , d retardacionde lasMi/las,) el dezirlas donde reza la fundacion» pag.366.num.6,y.7-Y P38-374:M3 2. (Qua! (ea parva inateria en el numero de las Millas, _que vio puede recibir lobre las fefenta, pag. 380.4 num.7. ] Si podrán los Regulares nombrat 4 lu Prelado eri * el Canon dela Milla ,cn lugar del Diocelano, pa8-374- 4 num, 36.ad 40» Si el que por impedimento de la vifta no puede de: zir otras Millas ,que de Requiem, 0 Votiva , y necelsira del eftipendio, podrá dezic Milla Voti- va todo el año , aunque ¡ea cn Dominicas , Dos Lles,82c, a paga3 8 1aconÍ. 15. por toda ella. Y fi el dvzir Milla Votiva, O de Requiem, en Do. minica, % Dobles, [ca pecado venial , pag.392s nom 8. Si ocuiriendo en Sabado Santo alguna Ficíta , que obligue de precepto,le podra,0 deberá transfe. tic en quanto al precepto de oir Milla, y ceflas cion de las obras [erviles , para delpues de la Dominica in Albis,4 pag. 382.4n.1.ad21. La Saera Congregacion ha prohibido dezir Mif-. las de Requiem en los Dobles , menos las Can- tadas para cumplir la voluntad de los,Teltado- res,pag. 38 5.queÍir, 2.0. 1. Con la Mifla del dia en Dobles ,en Altar privile. giado, le gana la melma Indulgencia , que Á fe dixele Milla de Requiem,ibidem. Acerca de. la obligacion de celebrar los Capella nes las Mi/los, que reza la fundacion de lus Cas pellanias. Vide; verb, Capellanáas. ' Vide alia,verb. Injcles,Obifpos,y Oratorios. Modico. Las colas modicas no dañan , ni en la hmoniía, ni en otras materias,pag.347.M.16. Weanle tambienlos antecedentes, in.1 2. Qual fe tendrá por modico tiempo para que el Capellan dexe de teádir , d celebrar por: si, aunque alíás pueda hazerlo commodamente, pag.360.num.21» Y qual para que no impida la reeleceion de vn Provincial, 4 pag.503. 4 num. +4. ad 16, y Pag-505,4N,22. E Monaflerios, Vide , Bienes: , Monstorio, Si quedara vno ligado con cierto Monitorio, pag. 403.coní.8,num. 5. Monjas. | Si todos los Conventos de Monjas fean capaces de obtener bienes , y rentas en comun ;lo qual le dificulta por las Clasiías , y Capuchinas , pag- 222.num.B. Como fe aya de entender cierta renuncia de vna Religiofa Clariía > Si podrá efta declarar. (u in- tencion? Y fi efta declaracion tendrá algun efeéto en el fuero externo, y otras colas, 4 paga 222.4 n.2.0d 15. 4 Si vna Novicia,que ha cltado endemoniada, podra Indice copioliísimó. E - fac adsvida la prof, hallando yA h de dicho trabajo, pag-343.M2, A Y (1 podra fer Prelada,ibidem, de Si las Monjas puedan tener pecalio,y qué feaeftes. p38:37 1.4 n.1.ad 6. a e Vide alia,verb.Abadefas,Claufura, Infieles ¿Religiome y Teftamentos,. '¿Seficira ee Mauger cafadas. 0 Si vna muger calada, que tuvo adulterinamente -ptimer hijo,que lleva cl mayorazgo de lu marl=" do en pe: juizio del hijo legirimo,eltará obligar da á declararlo ála hora de la MUEJTE , paga y 322.coní.6. a Pedro casó con Maria 3 el llevó diez mil dacados, Y y ella dos mil. Preguntale , (i los bienes ganan. ciales le hanide partir 4 proporcion delahg4 zienda ? Y ú en cafo que no alcance la hazienda á los diez mil, podra el compeníarle ocultan mente,á pag.324.41m.2.ad 74 y Enttc marido , y muger ay contrato de compañias y difuelto el matrimonio , quedan libres loser , pitales,ibi,n.1.y 3:pa8-392443+ y Vide alia verb. Tefiadores, y Teflamentos. Mute ion. N / AN 4 Vide , Sabios. Narratina. (YA est la narrativa le alegan copularivá muchas caníás, que no fon neceflarias de derecho , en tal cafo la copulativa fe rea Íuelve en disiuniiva,pag. 314,24 n 6. A Si las caulas contenidas en la narrariva fea necellas ¿ tio que las averigue juridicamente el Comilla= rio ?0 li baftara que (E informe exuajudiciale mentc,á pag.317.4D+34» ' En qué tiempo deban fer verdaderas las cauías de la narrativa para la validacion de las Lerras de” la difpenfacion,A pag. 318. 4 num, 59. ad | 46. Dora Si enla marrativa para obtener algun nuevo Bene- 3 ficio , deba hazeríe mencion del: que ¡(e tiene, quando es modico , pag» 346.4 m4m.12. 2d * Si fe elcufara de (nbrepcion el que no hizo la na. ¡$0 . yrrativa por si, ino que eftando el ignorante, el 14 % Curial narrd fallo , 9 calló lo que debia dezirs ¿HE Pag-347.num.19. | AN Todas las caufas, que le alegan en la narrariva paa 10 ra Las Bulas de gracia, deben ler verdaderas pad fa que dichas Bulas no [can lubrepticias > pag» 34 5.n0m.$. a A qn] La cauía fallamente exprellada enla.narrativa la ' preíume final, ibi,n.6. det El callar las qualidades intrinfecas, haze (ubreprl- cia la gracia, ibi,num.7. y pag.347.0:2:1+ En la narrativa fe debe hazer mencion de la intrm+ fon en el Beneficio; y fi no,fera irrita la gracia, dla colacion,pag-347«410M-22» o colacion,pag-347 g Co.
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