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Añadidas voluntad impediriva de qbalquiera otto inferior ( falsimrebus he fantibus:): Laego por fuerca le ha de entender, que eftando ella voluntad eficaz apro bante, ha de eftar tambien. cow la voluntad eficad Jalsim virtual repugnante de qúalquiera otra Infe- rior voluntad , lopnefto que fegun buena Philofas fia, y Theologia:: Volantaseficax finis , e/l faltim vos tas eficax virtaalós mediornm , y voluntas eficax de »no obietto yefh faltim vértualis nólitio de oppofito , Cr in- «omparabili, Calpent. de prede/lin, d Jp: 2. fet vá vum.78. Luego como la voluntad exprellada del leñor Nuncio quando di íu licencia, y aprobacion Íva volantad eficaz , es vilto querer, y aprobar. los medios para lu fin ; y como vno«delos medios pas ra .elto fin es el que no le de voluntad inferior que le repugne ( folcima rebus fe ffantibs) le infieré pof contequencia legicima , que la volontad del ños Obilpo no: puede tener eficacia pata tevocar tal aprobacion, porque (eria.contra el Derecho; qué dize: Mujor ratio elidie minorem> leg.Sidebiori id fre , f.d: fideinfjora legs Cub paíto y/f. de forvis expert y le comprueba del cap. Cuna. mferior ¿de máloritati > obedient. Lnego,Sc. Vealo N-P. Totrecillavid Jipr. mum,4- 5. 6.y 7. que lo prueba con divetlos textos de Derecio, bien al calo, 1.1 16 La menor coníta tambien de las pruebas ingeridas en la mayor, y le prueba de otra maneras porque la voluntad aprobante del feñor Nuntia Apoltolico ,es voluntad de favor, y privilegio ;y por ello las palabras le deben intetpretar de mane: ra qué obten algo en favor del privilegiado; por- que fiempte fe debe entender , que ¡el que concede el privilegio tiene intenciot de darle algan favor al privilegiado , que no tenia, y de que no quede frultrada ¿y Gn efeéto la gracia que le concede; ni ni privado del el privilegiado ¿como lo detetmina el Derecho, ep, Abate, de verbor.fignificat. y la cos mun de los DD. y alli ¡y en el:cap¿Si Papa, y alli Arcediano,Dominito , Juan Andreas, y los demas, de priuilegijsin:6s y lo tienerSoro de dm/hitia Lib, que/t.7. art. 3. Sylveltro tivulo difpenfatio , queh. gos mam. 14 ¿Cayetano ta 5. ques 97. art. 4. Medina dbid. Valencia 12. difp:7iq. $ «pimét.9s Azor art.t. lib.5 espa 5 quef.7. Salas vi difp:20. frét 30m, 200 Sanchez de Matrimon, lib 34ifh. y Ináin. y. y lib. 5. difp 40.num,1 Suarez de légib: WD.Etapot 4 mum.8s Bonacima de legib-difrotó. quer. part >. num. Y. 2 quienes cita, y higue nuéftro Sigilmando de Bó- lonia dub. 54.aum:6 : fundados todos en que las pas Libras fiempre hahide obeirsen: favor del priviles giado; porque alids leria fupérfluo, y ociofo tal pri vilegios lo qual”, ni te debe 43 puede creer de la ir. tencion del privilegiante ; y etto aunque fea con al. gun daño de tetcero , quaido dé otro modo no fe puede gozar de la tal gracia; : | “y 17 Atquicita volantad del (eñor Nuncio dé elatada por (u privilegio en favér: del aprobado, no podia fer elicaz en orden 4: ts gracia concedida, ficon la voluntad eficaz privilegiábte no tuviera eficaz voluntad de reptgnar qualquieta otra $b. $513 ltitad inferlorlmpeditiga de ifavot, Pptivilovios Luego torso netellatia ella volúlitad lé ha do ha: Mat:en la exprefla voluntad de lw'privilegio de cy fmifsion. ¿A p 18 Lootto, porqué qualquiérá fupierior en lá? comilsion ,y liééncia ; que da por Hiérgadeliú ad. tortidad, debe incluir la voluntad ae que hiogua 112 ferior pueda hazer frulteátes , Ciovil lu difpub- cioti, alsi ¿omo qualquiera legistador liperioFeH las leyes, quehaze debe tener volimtad de qué mi gun inferior pueda abrogarsy ffttar lus Hiésitol mo es conftanteen Detécho ex cap. C lim meri de majoritat. € obedient. Clement. Roman. de elegi. lo ys Formám 2. Cod.cde off. prefett. Pret: Y de ouos Dereclios, Glofl. in cap.fin. verb Fizará,de Berti, 87 hum 6. y comb 558. nom. 3. Gongalez ad regut;S, Cáticell. elo FF IMA. 9. Sardo cónfl.s 6. 16% y concluf. 5 y B-múin. Mangil: de dmputariónbb: quejes $e num 7. y otros 54 quienes cita”, y figue NP. Tortecilla bom? :confal. tr. 6 alló >: colieluf. 1 mo, Y alsicamo no puedeel inferior hater algába cof €ontra la-leg del fuperiot., vi limirat €l eltatato de juriídicion del (apitidt tomo bien Sido WN y. fum.27.tampoco puede declarar cola alguna con tra lo que'hizo., y difpjaly el laperlor , ceitiv con! muchos lo tiene Giurva va Comfuetudiñ. Señatus M4o Janienf espit.glofa Mito rt. Y Surdo c0n/25 y S¿ dnam.3. Baldo ini cap. Es que num U: de Ve indice Luego en la aprobación que da el feñor Nuacia Apoltolico al que aprueba ¿debe ineluit vna vólan- tad eficaz, que'repugne 4 qualquiera otra volúnitad inferior , de que /altim'rébus fe Pantibas no pueda impedir ral licenela y , 19 Refpondea ello dicho Gños Obilpo ; que yá labe no tener attotidad ablóluta (úbre lo qué - diípone el leñor Nuncio ,» como Legadá Apottoli cos mas que tambien (abe, que no obtanre La licend cia que da dicho feñor Nanció pará confellar en los Reynos, y Diocefis de fu diftxito , y jurifdición; ho ata las manos ¿los leñores Obilpos paradmipe- dit tales licericias , fapuelto que las cóncede ¿ COM aquella claulula tar favorable á los leñorésObifposi (Non renitemiibus locorum Ordinarijs ¡(5 fic datiund Parochialium ptéiudicio) y que afsi por fueró: de elta claulula pueden derogar dichis licénelas *, in €ontravenira la volantad: de dicho feñor Nuncio; fapuefto que les da autoridad'en'dicha chiufulá pa: ra (ulpender tus diclías licencias. lo Elte escl fundamento; que los luftritsis fñitos feñores Obi(pos “tiehet pára prerénder deroá par las licencias que dan los leñorfes Nunicios 1 65 que aprueban para otr confelsiónes; yc. Mas nio obltante, vendá óhtenta ab WMaryiimis Dominés; le relponde , que aquella claulila Non reoiteneibáj lócoraor Ordinsrájs ¿le lia: de enteñdes dúmmoró 14 fenitencia fea razoriable, domo not Aito feñor Caramutl; apud Verde quel. iripartso, $o. pues no obltante ) que era interelfado en ¿dá Elaulula , dize : QUE Invaridtis cocanfantis ¡hrrevpl cabilem efe lico= sde > WA acceda io cio ios Vida 4
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