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Acerta dela Prot ofición 45% 493 5 la hiwiera quando los tonferentos , d athos »» diellen elto para exoneraríe de la obligacion, »» que llaman ansidoral , dex gratitudine , Pues ef- »» tonces el fervicio remporal venía a fer el prin as Cipal motivo de y lo cqirmto como pof js» precio aga vno de otro y y alsi le cometeria hd a pd a Ita Expofitores in preferiria Veale »» aqui d Torrecilla , ¿ui doét? , Or lase agds de bae », materia trat. q.confult ys 90 Todo lo fobredichq es ¿la letra del muy erudito Padre Fr. Juan de la Aflumpcion , y de ello (como tambien de lo que dize el aísimilmo muy etadito Padre Maeltro Lóámbier,y queda tranícrip- to arriba) me perlunado podrá entender el Padre Concepcion ,como cn elta materia pueda cntena derle diferencia entre el motivo émtrinfeco,y extrin- fees, que puede tener , aísi el que dá la dadiva tem. oral al Colator del Beneficio , como el recipiente de la tal dadiva, y Colaror del tal Beneficio en con- ferirles, fín que nos hallemos precitados para expli. car dicha diferencia d dezie lo que dicho Padre Concepcion quiere , 0 le ida que podeémos dezir; y aísi lo que el ral le idéa no es lo que nolotros dezimos, (ino lo que queda dicho, y explicado. OBJECIONES, De quefe haze cargo diebo Padre Concepedon. $1 E tres objeciones le háze cargo el Padre Concepcion ; pero cierto que: las dos primeras que le objera en los numeros 2925.y 2916. las pudiera aver omitido ; pues ni el Padre Corella , ni yo fundamos nueftta refola. cion en ellasyni para probar nueftra conclalion nos valdriamos de las tales paridades, pues no fon 4 propolito ,ni de fuerga alguna para elle intefito, por lo que yo digo de la legunda en el mum. 112. y los dos iguientesy de la primera en los mum. 2 9. y 30. y en otros. Mejor fuera hazerle catgo de las razones , y paridades que fe alegan para el intento en otros diferentes numeros, y quedan referidas arriba ¿num.C.ad 9. y num. 17. pero de ellas no fe haze cargo , liendo razones, y paridades mas aprerantes para el intento, y le ubjeta lo que nin: guna fuerca tiene pata inferir confequencia de ellas 4 nucítra relolucion, 92 Solola tercera objecion de que fe haze cargo , es fondamento que alego yo, y queda refe. sida arriba en los num. 10.y 11. y lo milmo e! Pa. dre Corella en el usm. 177. Vesmos, pues, lo que relponde 4 ella el Padre Concepcion. 93 Eneclnum:2929. dize a(si dicho Cónce cion : Opondra$-lo terecro , aunque es verdad que £ cl Obilpo confiriefle el Beneficio 1 vn criado fi yo en pago de los oblequios , d fervicios , feria Ga monia,como lo tienen,ó (uponen comunmentelos DD. y del mimo medo feria fimonia file'confi. riclle como gratuita compenfacion del lervicioy pretendiendo exonerarle de la obligacion antido, ral que por fas obfequios avia contraido % por, T0m.34 que lo contrario eta condenado enla fegunda pata te de la Propoficion 45.ibi : Vél etiam guinda tem: porale 2 falum gracuisa compeajátió pro Jpirbtnali, añ e contras Pero li el Beneficio fe dice pot los meritos del (ageto, y los (ervicios fuellen lolo mo- tivo impelente, y extrinleco; no feria fimónia : ali como no feria fimonia dar el Beneficio por la ton- languinidad, benevolencia”, d la intercelslori de alo guno (/ fuejje folo motino impelente el ¿fetto 5 pa- rentefco. que tiene el Patrón del Beseficio con el Jugeta en quien lo provee, fiendo allds los meritos del fuzetó la canfa inbrinfera, d marino formal ) lucgo dar el Bencficio por alguna cala temporal,como por mo. tivo extrinféco; 10 és fimonia, ni dondeñads comá tal en la Propolicion 45. Aísi dicho Concepcion, menos lo que eltá entre parentelis , y de lerca bal. tardilla ¿que es del Padre Corella y de quien tomo el argamento dicho Concepcion , al qual relponde como le ligue en el mm. ¿ 930. 94 — Relpondo (dize) que atinque el Padre Cotella tiene efta doctrina en la fegurida tonclus fion citada, run». 1 77. confequentemente a la dec- ttina que lleva en la primera conclalion, hum, 1 4 Pero Nos , que avemos impugnado aquella prime ra concialbion d pum, 2921. conbguientemente no admitimos efta doctrina, 95 :Sed contra : potque dunque dicho Con. Cepcion ho admira la tal doétrina , admitenla en. pero Comunmente los Expolitores del dicho Dea creto (con la £omun de DD.) con que fi elta doc- trina de ha coriclufion fegunda de Corella es con. lequencia de la doétrina de la primera conclañon del miltro Corella (coto bien dicho Concepcion) Gguefe que nueltra fentencia ( la qual dize , jue el motivo extrinfecorxcitativo 0 impulfiño , no fe conde. na en la primera parte de la Propoficion $» tondéna. da) contraria ommninó 2 la del Padre Coltébiñon, €s comuniísima de los Expofitotes del 11 Dectetoy y la de Concepcion Gngular contra todos,y Gn fun.” damento que lo valga,cotno hemos viito. 96 Y quelos Expoúicores del tal Decreto ad. mitan comunmente elta doétrina , ho le puede demonítrar mejor que refiriendo (as palabras , lo qual ya hago. 97 Pues lo primero adite elta doétritia el fapientilsimo Doétor Don Juan de Les tjcbas fo. bre la dicha Propolicion 45. pag. 175. donde dizá lo que fe figue + Potefh Epifcopus proptet merita fui famuli Beneficiam conferre , licés motivum fuent dm- pellens eúus famúlstas ; at fimoniacas efjez fi falten daret in retributionem fui famularas, ts nqudm proprer formale motivum , quia eN temporale. Qué tofa mas clara? ni mas del intento? ni con Mayos energia? 98- Lo mifmo tiene el fapientifimo Padre Maeftro Juan de Cardenas fobre la mitra Propos ficion 45. defde el nuera 108. atinque al que trolo. tros llamamos mctivo extrinfeco excitativo +9 ini- pulíivo , le llama dicho Reverendisina Padie fin Secundario. Prueba dicho Cardenas en el núm. 108, gue no es fino fimonia dar alguna cola tempotal E) por

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