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O ver. q Glol, in4p. Quarenmd , de ofjic. delegat. y orros. Y debemos arrimarnos al que diftingue, le gun la Gioll. én leg. Apud autiquos, C. de furtis, e da leg. Filie ,C, fomil. bercófg. como 4. mas proximo á la verdad , fegun Surdo decif 58. mum,s. Gr conf. 346. y otros muchos : luego qua!lquiera cuerdo ha- rá mas aprecio para la preleute controverha del Padre Corella , del Macítto Hozes , del Doétor D. Juan de las Hebas , y del Padre Fr, Juan de la Al- fumpcion , que diltinguen el morivo .intrinleco , d cavía final, del motivo extrinfeco excitativo 0 4m- pulíivo , y llevan exprefifsimamente mi lentencia: que de los que no diltinguen dichos faotivos,ni los dilputan, ni dizen cola que lo equivalga, los quales quiere el Padre Concepción ( porque quiere, Gn mas fundamento que reprobar la Propalicion con.. denada) que lleven la fentencia de dicho Padre en quanto al motivo extrinfeco,y caula lolo impulíiva, que ui tocan , ni quizás les ocurrió quando refura- van la dicha Propolicion 45. jultilsimamente cons denada; Ergo, Sc. Fundamento tercero del Padr8 Concepcion. 69 _¿Rofiguiendo el Padre Concepcion , en $ el num, 291 3. dize,que con razon pon= deran algunos , que Ú fuelle verdadera la Propol- cion condenada , le abriria yn ampliísimo cami- no para las Grmonias , d por mejor dezir , para palít r, d elcular las fimonias; porque podria vno dar cien elcudos al Colator del Beneficio, dizicn. do,que no los dava como precio, fina coma mati- vo. Y aísino quedaria menos ancho ekcamino , lolamente le condenalle el motivo intriníeca , y. no el extriníeco ; pues de la miíma manera podria de- zirle ,que no le davan aquellos elcudos de oro co- mo ptecio , ni cómo motivo intriníeco , fino folo como motivo extrinleco. Por lo qual concluye di cho Concepcion alsi; Quare prefatam fententiam damuatam e/Je verias emninó ¡udico , €” quod omuinó fit falfa, non folum verias,fed certum, 70. Relpondo , que aqui no le difputa de “lo que puede dezir acerca de lu intencion, alsi el que dá la cola, cumo el que confiere el Beneficio , ó la cola elpiritual, ino de la intencion que los rales ticnen en realidad de verdad , porque efta culpa en la realidad depende de la intencion , aísi del que oftece la dadiva , como del que conficre la cofa elpiritual, 0 beneficio , como coníta ex ¿ap.Fua no:, de fimonia, gas De donde es. , que fi el que dá el dón tem. poral lo dá reniendo en la realidad por fin moti var al conferente del Beneficio , d cola efpiritual a que lo confiera atento á la dicha dadiva yel dicho dón tendrá razon de precio , y del habla la prohibi. cion de lu Santidad , por mas que el que dá lo tal temporal diga que no lo dá por precio , limo gra- ciolamente , or via de limofna , ó por otro qual- quiera honelto fin; y lo milmo proporcionadamen- re del que confiere el Beneficio, d la cola efpiricuala 72 Peroal contrario: li el que dá dichos do» Refpuefa Apolocetica nes temporales no los da enfa realidad para ol gar por ellos al conferenteá la colacion De ficio,fino por fin konelto de grangear fu amillad y benevolencia, para que ponga los ojos en la di dad,y meritos del fugero; y que confiderados y y teconociendo los meritos que le alsiften, confies por eftos el Beneficio, en tal cafo no avrá en la reas lidad fimonia , y menos eltará elto comprehend en la dicha condenacion , como bien el Macro Hozes en el num. 21. Don Juan de las Bebas, Co. rella, y el Padre Fr, Juan de la Allumpcion. Por lg qual iento omnino, que el motivo extrinfeco, excitan De bino, O ámpelente , que es el que propriamente fe llas 15 ma cauía impulliva, no eltá condenado enla Pro. q policion 45. y que la fentencia , que dize no feria monia lo dicha , es la verdadera en el fuero de e conciencia ; li bien es verdad,que es Mo praética,como fe dixo arriba MUA A Y Ago q Fundamento qaarto del Padre Concepcion. 73 pretaricota el Padre Concepcion $ | el num. 1924» dize , que na puede render como en eta mareria pueda entenderle di. ferencia entre el motivo intrinfeco , y el extrinleco Porque íi el fin, por el qual debe darle el Beneficid, lon los meritos, 9 laidoncidad del recipienre , ferá motivo intriníeco , y la cofa temporal ler empre morivo: extrinfeco, De donde le leguira, que no (e condene cola en la primera parte de dia Cha Propoáicion. ; 74. Supongo antes de reíponder , queel fin he. es en dos maneras ;vno intrinfeco A la cola ¿ otro extriníeco : el ¿ntriofeco a la cola , €s aquel que la miíma cola fe ordena de lu naturaleza y ex: trinfeco , es aquel 4 que la períona racional ordena alguna cola, aunque la tal no clté ordenada per fe al tal fin. Pero en elte lentido.uo procede nueltra gucition, porque en efte fentido todo fin que le h aísi de parte del que da la cofa temporal , como de part: del Colator del Beneficio, (e dize , y debe zir exteinfeco, * 75 Y aísi en otro muy díverlo fentido tom mos al prelente el fin ¿utrinfeco, y extrinfeco:a bos, alside parte del que da el dón , como de par del Colator del Beneficio ; porque coma 4 la veé dad la culpa enelta materia penda de la intencion A del que ofrece la dadiva (y lo miímo praporticne. q% Jernata del Colator del Bencficio) y elte.. puede def. ; dichos dones temporales , d teniendo por fin motk» var al conferente del Beneficioa que le de por ellos : d teniendo por fin en la tal dadiva:, no laco- lacion del Beneficio por ella, ino folo. el grangeat la amiltad , y benevolencia del conferente , para que adquirida elta ,conlidere ú ay meritos en el lugeto , y reconociendo lu dignidad, y meritos, le de por cítos el Beneficio. De al es , que al primeto deltos fines llamamos fin, y motivo inerinfeco , d caula motíne , y final : y al legundo llamamos mo- tivo extrinfeco , excirativo , d impelente, que es lo que propriamente le llama cag/a impul/ína, y toma- mes

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