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o eS e = Ta id .. no fit 460 Inego no parece que [ea necellarió expiicar el aéto Exterior. 217 Porque le reíponde: Que el aéto exterior no es extenfion como quiera , limo extenfion labí- tancial,que conítituye como parte el melmo peca- dojó alo menoses complemento [ubltancial de el, y por contiguiente , que necesita de declararle en la confelsion,como queda dicho, y probado. 28 Niobíta (e opuliere lo 4. Que el que le acuía de aver hurtado cantidad laticiente para pe- cádo mortal , aunque no explique la materia,(ariís face al precepto de la confeísion: luego del meímo modo el que [e acúía queha comctido pecado gra- ve contra la caltidad con vna muger loltera,latisfa- rá al precepto de la confeísió, aunque no explique toda la materia del pecado, ¿d e/lyaumque no expli. que li fué con aéto exrerno,ó con lolo interno. 29 Porque le relponde, negando la confes quencia,y la paridad: y la razon de diíparidad con- t1fte , en que el que fe acuía de aver hurtado canti- dad notable, Íuficiente para mortal, explica todo lo fubltancial , que conftituye: el pecado mortal de hurto , y lo que omite no percenece á la fubltancia delaíto , lino que es lolamente circunitancia. del tal pecados pero el que omite la explicacion del aíto externo, no explica lo (ubítancial del pecado: porque como le ha dicho, el aóto externo no es circunftancia del pecado , fino entidad , ó comple» mento fubltancial del, 30 Dira.el P.Concepcion:Que el Verdesy los Autores que elte cita,y ligueslolo dizen: que el que tuvo copula con loltera, lagisface a la confelsion, diziendo:Commifsi grave peccatam cum foluta in [pea cie notural luxuriz, lin que al peccatam le añadan el exteronm ; como le puede vér en mitomo de las Propoliciones, lobre la dicha Prop.2 5.num. 5. pag. 47 5 Luego elta legunda diferencia que aqui alsig. namos,no es de los dichos Autores, fegun yo lá rex fcxl endicho lugar. 31. Relpondo : Que es verdad que en dicho mi tomo, por incuria de losImprellores,y defcuido delos quealsilticroná la imprelsion , le omitió la palabra externo,como tambien en la melmaPropo- Íicion condenada le omitieron aquellas palabrast Non explicando copulam; y por ella caula bolvi 410. car ex profello la dicha dificultad en miSuma , y pule todas las dichas palabras omillas en dicho to- mo de las Propoliciones,como le puede ver arriba num.2.y 6 trahícripros a la lerra de dicha Suma. 32 Y queel Verde, 4 quien yo vnicamente cito (y defte á los demás) añada expreilamente 4 ha palabra pecca:sm , la palabra exteroum, coníta de lus miímas palabras eb el lugar arribacitado , que fon del tenor liguiente. ] 33 Pregunta alli: An fafficienter fe. explices fora picator, dicendo fe commifsi/Je peccoruna lerbale extéra nan naturalis luxarie cum foluta,uon explicata copula? Y relpondelo.quefe ligue. 34 4Affirmandum videsur, primo, quia ofcula, Saltus funs ciu dem fpecici cum foruicasióne , dum ad .Refpucfa Apologetica illam ordinantas fevundo ¿nta peccabim Js cla ef explicatum , circurflantiz von exj licate coulli 3 tuunt ¿dem fpecie peccatum, +A 35 Alsiel lobredicho Don Eranciíco Ver en el lugar.citado; el qual proligue alli miímo , ci. tando a favor de la dicha lentencia a Guimevio. Tusriano,Ferrantino:y añade,que conduce á dicha, lencencia la dodtrina de Tambarino, y otros; y as vitimo concluye , que Dicaflillo , y Diapa part,1 4 tros.re/ ,48. que llevas lo opueftozno jmpognan en la realidad eltá lentencia del Verde y los dichos, lino otra divería de ella, ibi:Revera aliam imp ugnane: , feritentiam, : de 36 Delo dicho,pues,reíponde al P. Co cion ¿en quanto 4 lo que dize /apmum. 9. que clta opinion del Verde,y los demás que elte citamo los lo fe diferencia de: la Propoficion condenada, en. lo que dicho Concepcion dize. fino en lo aleg artiba d num. 11.04 34. y por configuiente,niego; que yo indicare debeam ditfam Propofitionem 25) damnars precifé3quia non declarar percatum non fuif dE ft<ontra vaturam; porque lo que ya juzgo esque la; dicha Propoficion le condenó jultitsimamente, por otros muchos diverfos motivos, referidos aria * ba num.3. 49 5. y porque en eltál mado de con, fellarle,lobre no explicar el penitence.el adto,ó peor cado.externo que cometió ¿tám poco explica la ela NS pecie del; pues aquel peccatam grave cum fóluta , €s.e/pecieslino genero. 37. De donde al (ylogilmo delP.Concepcial puelto en el num. 10, niego la menor ,la qual ne prueba dicho Padre, y afsi corrylt todo la dilcurloz y el calor natural, que gaftó en la prucba de la mas yor , fué trabajo ociolo para lo que intenta Contra; mi refolucion del namer. 6. donde dixe no quedar; comprehendida en la dicha condenación de Ale xandro Vll.la lobredicha fentencia del Verde,y los demás que elte cita,y (gue. 38 Profigue contra mi dicho Concepcion'eny la primera nota , donde dizealsi ; 9 Nota tamen primo , quod iple Torrecilla loc. eitar.concl 3.n0ma. 4» alerir Propolitionem damnaram impugnaribe- nea Diana part. 11, trabt..5.refolno. 48: led Diana, ivopugnat Propofitionem Fetrantini, Sí cam leiam (adhue ante Decretum Alexandri) non reputare probabilem proficerur ; ergo ipíe Torrecilla debes bat illam damnaramiadicares WN 39 Preterea (profgme) exiplo Diana omnia; a nobis contra Torrecillam diéta conficmantors Quia fententiam Ferrantini , quan improbabilem cenlet,, precipue impugnat ex Lugo, 4 Oviedo,; quia licer declarer peécatum grave. cantra colticas; tem , non declarat.copulam.. Vudé iíta non declas, rata , quamwis declaretur peccatum non fuille cana tra naturam (quod laris declararar,non declarando fuifle contra illam) non latisht precepto confelsios nis ,nec id apud Diana erar probabile , ante de- cretam,ac proinde idiplum elt,quod nos debemus. iadicare per illad. 4 Halta aqui dicho Concep- COM, y : Ret-
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