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a e A PA IN 458 Refpuefta Apolozetica | fioh, diziendo: Cometl grave pecado extetno con foltera en elpecie natural de luxuria. - Y la razon “que dán es: lo vno,porque lós ofculos, y taétos lon de la meíma elpecie que la fornicacion,a la qual fe ordenan : y lo.otro , porque afsi , por lo menos en confulo , (e dize el individuo del pecado comes tido , le explica la elpecic del, y folo fe oculta la circunftantia agravante, y otras que le pueden vér en dicho Verde. Y la razon á nueftro inten- to, es, porque cfto es muy diverío de lo que dezia dicha Propoficion condenada,» ex fe pasct : Ergo, Ec, 7 Delo dicho fe igue:que explicada la copu- la,no es necellario explicar los altulos,ni otras co- las,que anteceden, acompañan, O le fubliguen,co- mo accellorio á la copula,porque las tales no mul - tiplican el pecado , ni en efpecie,ni en nomero, 4 Háfta aqui en dicha mi Suma. 8 “Contra efto que dexo dicho en el num, 6. conviene a laber , que la dicha opinion del Verde, y demás Autores , que efte cita, y gue , no queda comprehendida en la lobredichá condenácion , el Paúre Concepcion , en la Suma delas nueve par- tes del muy erudito Padre Fr. Leandro del Santif. himo'Sacramento,imprello en Pamplona el año de 169€. part.9. traét, 3..difp-q.num, 2157- $. NE hilominas P. To recilla , pag. 5 48. dizelo que le li ue. A 9 Sedegonon auderem dicere Propofitionem ¡/tar damnatam non efJe , quia vix '¿ damnata vllomodo differt. Dixi vix ; quía fateor aliznam diferentiada babere ; quiayia ¡Qu literaliter accepta jam declará. tur quod peccarqm commi/Jum now ft contra matiz tam. InPropofitione veró domusta non fic declaras "dur , ón ft contra nataram , an mon. UndeP. Terre ejlla dudicare deber ¡ftam cómnors precifse, guia non déclarat peccatum uon fus[]e contra naturam, Ego quidem' aliam differentiam non invenio ; € ex eo arguo fic contra Torrecillam, 10 Prima Propofitio uón damnatur , quia filer abejJe ciremmffantiam contra naturim ; fed in boc Solo difers d fecunda : ergo difert folum ia eo, propier quod mon dimnatar ; ergo *comuenit cum eaín omnibus alijs ¿ac proindé ún eo, proprer quod damnatar , € configuenter damnatar etico ipfa, Difcurfus videtur reblus , 7 maior , du ¿ua fola ejl difficultas , probatar prámo , rc. Halta aqui el dicho Padre Concepcion, que probigue probando dichamayor , afsi en dicho parrafo ,como en los dos figuientes. ! 11 Relpondo : que efta Propoficion del Ver de,y los que efte cita, difiere fubltancialifsimamen. te en dos cofas de la Propolicion condenada. La primera + porque por aquel modo de confeflarfz, que enfeña lá Propolicion condenada,no fe expli. ca la efpecie del pecado (y por confíguiente , ni el individuo de el. )Pruebaíe efto : Con foltera puede vno pecar gravemente contra la caltidad có peca- dos de diftintas elpecies : luego el que folo dize, Peccani graniter contra cajlitatem cum foluta (que cra lo que dezia la D;o polición condenidaf do ca la elpecie de pecado. Prucbáte el ántecad El que con foltera tiene aéto lodomitico, vemente contra lacaltidad con foltera, Y mo modo el que fornica con ella;y el que laciones extra vafícon lo dicha, pecan gráven contra la caftidad con foltera,como do es nifetto ¿ y con todo ello dichos pecados no londe vna mefma elpecie,Gno de dives fas: luego A palabras de qualquiera de las dichas clpecies puda den verificaríe, y por configuiente ninguna de ellas. E explican determinadamente. ALO 12 Peroalcontrarioen la fentencia del Vera de,y los deñas que elle cita,que deficnden,que > ofculos , y taétos lon de la melma elpecio El fornicacion, quando (e ordenan á ella, lane dize. commifsj grans peccatum externum cum Joluta da y; cs naturali luxwie, explica la elpecie del peca que cometió , y el individuo del á lo menos conf lamente, y folo omite la circunftancia agravante¡l y qual es vna fubltancialiísima diferencia de patos, | O 13 DizeelP. Concepcion : Que cn los pee dos contra la caftidad,mientras el penitente n ze,que huvo circanftancia contra motarim ,comuñla menté conciben losConfeflores que fir Mali d e cunftancia, y por configaiente,que fué in Jpecie má turall Inxúria: Ergo, Bic. 14 Pero le refponde (quidquid (it , de lok pu conciben comunmente los Confelfores ) que en aquel modo de confe/arle,que enfeñava la Propos ficion condenada no explica el penitente de parte fuya la elpecie del pecado que cometió: porque aquel peccatum eu cum foluta ,1O.€s elpecic, mon al pecado natural, y con genero; pues es € la naturaleza 1 y el Tridentino, 4/14 cap. 5 «diz que el penitente debe declarar los pecados,ho in genere, fed in fpecie,O figillarión: y lo mimodi de las circunftancias que madan c/pecic,en la me ma /e/s50u, Can.7 . lo qual execota roma en el modo de confellar, que enfeñan el Verde,y los qu elte cita:y no lo execura el penitente en el mod confellar , que enfeñaya la Propolicion julti(si mente condenada, 15 Dixé entre patentelis : Ouidquid ft, de que conciben comunmente los Conf: Joves; porque anno que es verdad , 4 cl que le acula de aver tenido ce pala con muper , le entiende fiempre de la cof natoral,Gno es que el penisente explique otra €6 como bien Tamburino in Merh. lib. 2. dp 7.501 num.76. Pero en el modo de confellaríc,que enfe- E ñava la Propóficion condenada;y eflando 3 él avia mucho fundamento para fofpechar prudenteméte el Confeflor,f el tal pecado grave con foltera con. tra la caftidad,avia do en elpecio natural delaxa- * ria,O contra naturam: pues tirando'el tal penitemed | difminuir quanto puede la gravedad, y malicia de fu pecado (quizás para alucinar al Confelor,d pa- ra que efte no venga en entero conocimiento de ella) explicandole con tales vozes, que no ape e +

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