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$ atisfazefe alos ¡fundaméntos de Barambió;. 23 que fuera d convertir Lafícios, pues declara , Non ob/lansibas Coofbitationibus Apoftolicis, rc. y que no le entendiera revocado en la publicacion de la Bula de la Cenas PR e 141 Pero (profigne Barambio en el ham, 34.) el concedido 4 1os Obiípos en el Tridentino, ni efá concedido por modo de contrata onerofo, mi tiene lá di cha claufula, antes la contraria , como confta de ló dicho,y conftará en adelante, Gi duda, porque tieñe muchos , y graves inconvenientes 3 pues con tanto zclo lo revocó, y revoca la Búlá de la Cena, y lo de- clara nueítro Santilsimo Padre Alexandto VIL. de Sup. imponiendo pena de excomunioúi relervada á quien enfeñare por palabra, d elcrito lo Contiarios Y (iendo efto innegable , no sé donde hallá Torre cilla las conveniencias en praéticarlo, que no han hallado haíta oy losSúñios Ponrifices lin condenar lo. Hujta éjaó Baárambio, 1 142 Sedcontraef?: Lo 1. porque en la clauíula Non obfhantibus,que es lá veinite y quatro de la Bala de la Cena;Íe revocan todos los Privilegios,alsi ge- nerales,como elpeciales, auñqúe leán concedidosá los Obilpós, Reyes; d Empetadores, 0 á otra qual. quiera perfona; y elto por qualquietá cabía que ayá fido concedidos, aunque lea por via de contrato, y remunetacion,ibi: Ex quákis cdufa y ¿cian per diam contrats;aut Peminerdtionós ¡y debaxo de otra qual. quiera forma, y tenor, y con qualefquierá claululas concedidos, ebiam derogatoriarám derogatorijs los re- voca totalmente: Penitas tollimas, omtino rembcdá. mus ¿cetevifqué contrarijs quibi/curque: Luego no elta tan clara la difparidad como la pinta el feñor Barambio; antes bien al contratio la paridad eftá clara ; pues del meímo modo que dize revoca quá- Jeíquiera Privilegios concedidos 4 qualquieta pei. Lona ébiam Pontsficali, le dize tambien ¿tiám Regal; dignibabe prefulgear > y eñi qulalquierá formá , Y pot qualquiera canía fe les aya cócedido: Ex quanis ca - Jasetiám per viam contraltas aut remuterationis, re. 143 Y ello hd obftarite,queda en pié el Privi- legio de la Cruzada ; luego del miclmo madó debe dezitíe,querid obítante la dicha claulula, queda eii pie el Privilegio: delos Obifpos ; la facultad que eltos tiené coricedidá inmediaramente por Chriítg N.B. y que quedo expedita por la remiocion que hizo el Tridentino del impedimento de la tefervá. cion Pontificia,que antes aviá: Ergo suit folusios . 144 Lo2.porquees fálío lo que dize Baram- bio;que la Bula de la Cruzáda fe concede todos los años que le publica la Bolá de lá Cera: porque lá Bula de lá Cena le publica todos los años, y la Bula de laGruzadá no fejconcede todos los años, liho cas da quinquenio ¿ 9 Cada fexlenio ¿Como le dixo eii nueltro tomo de las Propoliciones condenadas, 1. ¡2.conf.6.nám.86.pág. 116. Señot miozla Bulá de lá Cruzada,aaniqié le publica todos los años en Elpa- ña (y en las Indias éáda dos años Jud cmpeto le có. <ede tados los años ; lirio lolo de lei eó fois años: Acerca de lo qual le vea Merida de Babla Crricharó, dilpodecdpiq. 04m 22; page t 4» y Úno yea V.m. qué Pontifice concedió la Bula dela Cruzada, que le ha publicado clte ¿ño de 1693.y hallará enel princi. pio de ella meli ; qué la concedió la Santidad de Inocencio X1. die murió el año de 1689. Y que ni Alexandro VII: 11 Inocencio Xi, 'Suceflores del dicho , han concedido todavia Búla de lá Cruzada, aunque todos ellos han publicado Búla de la Cena cada año , todos los Jueves Sahtos * luego aunque Alexandro VÍIL.Ó laocencio XUL hubiellén deroga- do laBala dé láCruzada(en quanto á los tálos ocula tos de la Bala de la Cena) que concedid Liocencio Xl,no por ello podria dezirlesque el Sámo Pontifi, £e, que hizo la tál cóncetsion , pretendia engañar 4 los Ficles que la tómaran, como de luyo es patentes Ergo,8tc: A A e, . 145 Lo 3.porque aunque el milo Pontifice; que concedió la Bu'a de la Cruzada, ú dtto 'excépa tualle en la Bulá de la Cená dos años,0 tres,delpuea de la dicha concelsió,lós calos otultos de lá tál Bu. la de la Cena, por inconvenientes que hallude de nuevo, en que lubiiticile lá dichá claúfála ¿no por ello le podría detir ¿que Enpañava a los Fieles que latoniarin:alsi doo han declarado losSamñosPon. tifices, 4 elándulto de los ladticintos no ¿provethá a los Regulares,que añites gotavan del tal indulto:y alsicomo lian detlatádo, que Á ninguno aprovechá la Bula de la Cruzada, €h quanto á laablclution de la heregiá; ue antes de dicha declaración era opi. hió comun, que les aptovechava para ello 4 los que latomavan + ln que pot elto te diga ; que el Suma Pontifice engaña á los Fieles, 6i que pot ello falra al contrató ¿ potque alñique la Bula «de la Crudada la conceda á (lu Mageftad Catolica por via de contrás to , con todó- ello nó le exprella, nte dize en el tal contrato,que Ho le pueda vatiat vila, otra elaululá de la dichaBulasprincipálmente li en alguna de ellas hallalle (ú Santidad fer cohveniente la variacion;co. ino le vé ei las clalilulás de los li icinivs , y de lá heregiaipues atinque le varialle la tal cláblila de log calos ocultos de lá Cena [como las mentioná. das) todaviá qiiedaria en ser dicha Bula , Y coñá grandilsimos privilegios; para las Indulgencias,coa mutación de votos;y juramentod;ablolucion de log demás calos telervádos á la Silla Apoftolica , 8cc4 Ergo, Sc, j d ; ¿ dh jo Zas 146 Lo e porque aunque la Santidad de Siza to V. 1 Bulla consra male prombto$, deroga expiellas mente el Privilegio de la Bula de la Cruzada , eti quanto Ala facultad de ablolvét á log CONTraVENtO» res á dicha Bula,á¿cérta de lo qual le vea, fupr. tiró 76.) 77.coí todo ello nadié por ello dize, hi lo póx drá dezif ¿ que dichio Sumo Pontifice engaño ¿ls Fieles j que tomallón la Bula de Li Cruzada ; 9 que falto exi ello al tontiato hectio cof fu Catolica Más geltad: Ablit rále quid die ere vel tredere,¿ Sumo Pona nfice Chrifti D.Vicarió: eTgO páriformiteh du vOÑro cás Ju: Ergojóic. A REE 147 Y lO $; porque aunque Barambio diZk; que la cal facúltad de los Obilpos tiene , lin dida. muchos, y graves inconvenientes, no nos dize bhia” l6s

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