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Fr 9 % d»n sE s y aviendo. ido , y entrado con el Oficial pa- ra efcrinirle, dixo el dicho Paludano:, que Jalicjfe fúera el Oficial , queno ania de conftar mada por eferito 5 y quedaron con él folos el: Eferiuano ¿5 fu Confe/Jor ¿3 dixo , llamajffen 4 Doña Teopifte fa muger , y 4 todos: tres les dixo : dicffen a los herederos de Ticio quinien= 10s doblones , fin dezár por que razon fe los mandgue ddr ,mi fiera por deftargar fusfouciencia , 0 por" otra razon alguna, 7 Que hizo ejta declaración , 0 legado. vocal , lo declarará el Efcriviano ante quien otorgs el teftamento;, y fe erce lo declararán tambien fu muger del dicho Paludano , y fu ConfejJor ; porque fe fabe extrajudicial, que todos tres lo tienen , 4 pedimento de Don C elidonio, declarado afti judicialmente ; pero mo fe ha podido def- rubrir ante qué Juez, mi Eferiuaño fe hizieron dichas declaraciones. 8 Preguntafe por parte de la dicha. Doña Cafil- da: Sieftos quinientos doblones fe deben dar por mitad a la parte , y herederos de la dicha Doña Berta , que fon los hijos que quedaron por fu muerte de los dichos dos matrimonios que tuvo, y 4 la dicha Doña Cafilda ,vis- da del dicho Ticio ,como Leredera en la mitad de los genanciales , 0 falo á los hijos herederos de Doña Berta, mictos del dicho Ticio, : 9 Porque Ji fuera manda que huviejJe querido hazer d los nietos del dicho Ticio parece no efenfara ponerla con claridad enel teftamento , 0'codicilio donde, enel no toma en laboca 4 la dicha Doña Berta y mi fus hijos. Y entes bienen el modo de dezár , fe diefJen los dichos quinientos doblones a los herederos del dicho Ti. rio ¿parece fué dejcargar Ju conciencia de algun cargo que tenia al dicho Ticio ; yá fuelje en la adminifira- sion de fu hazienda 0 por otra razon , pues no quifo, que conflaf]e por eferito: y en efle cafo parece debe en. trar ¿la mitad la dicha Doña Cafilda y como en la dea más hazicuda del dicho Ticio. 10 Tffueramanda que quifo hazer a los nietos del dicho Ticio , lo huviera dicho en el teflamento , 0 quando hizo efta declaracion vocal , buviera, dicho: Mando fedén a los mietos del dicho Ticio quinientos doblones ; y no comodixo : Mando fe dená los bherede- ros del dicho Ticio quinientos doblones , /ímdar razon, ¿ motino porque caufa los mandaua dar: conque fe co. noce claro fué. reflitucion , y no manda alos mictos del "dicho Ticio. 11. Quoadiava el derecho de: la dicha Doña Caz filda , auer hecho efla declaracion en prefencia del dicho Ju Confefjor , com quien auria comunicado Js tenia c/te cargo , quien Jo prefume le aconfejaria le hizicj)e 5 pues fi fuera manda prátuita , no era necejJario la a/si/ten- cia del Confefor , mi Eferinano , má tenia por que auerla efenfado en el teflamento. : 12 Además , que lacamidad de quinientos do- biones en perfona de mager y muchos hijos y y en vn hombre nada de/perdiciado , fe haze dudofo fuefJe" le ado, AU E 13 Afrimifmo queadinva el derecho: de la dicha Doña Cafilda , que Don Celidonio ,fegundo marido de la dicha Doña Berta , mal fetisfecho de la admimiftración Confúlta primera A que tuvo el dicho Paludawo, Le Ebo prender pará die/Je la quenta de ella ; y repetidas vezés fe juexo dela publicando auia enriquecido com. la admini/bración á la hazienda, y negocios del dicho Ticio, Con que a dole hecho efia moleflía , parece no ania de tener ol tad de dexar quinientos deblones 4 Los'vieños del'A Ticio , para que los hijos del: dicho Don €, elidonio pa cipafjen la mitad de ellos. 07 PSI 14 A lo dicho fe añade, que: profefando er amiftad los dichos Don Celidonio, y Doña Teopifte q la dicha DoñaCafilda y munca la dieron parte de das elaracion referida ¿que hizo el disho Paludano ,4 la ban ocultado como el auer dado farisfacion por e de los quinientos deblones al dicho Don Celidomio y; auerlo fabido la dicha Doña Cafilda , ba fido por cafuan lidad , de que fe infiere han obrado con cautela, juz gana: do que de faberlo la: dicha Doñ1 Cafelda auia de preter 0! dez fe le dic/Je la mitad de Los dichos quinientos dobl pe »es,como parece debe fer. ¿ N 15 Laprincipal razow que de Don Celidonio pas ra dezár tocan: folo 4 los nietos de Ticio los quinientos doblones, quedeclari Paludaño , es dezir , que en la des elaracion vocal que hizo ¿dixo fe dicffen a los heredez ros de Ticio : y que: en.ejta palabra de herederos mo [el comp.ebende lavinda del dicho Eicio , fi atender 2 las] razones que afíifien a la dicha viuda , para que le ayas de tocar. la mitad de los quinientos doblones ; porque atmque es verdad queno es heredera , en qualquier mod do que kiziejJe ela manda, le ha de tocar la mitadg porque Ji fue por via de reflitucion , le toca precifás mente 3 y [1 fué por cargo que tuvie/]e al dicho Ticio y tambien le toca por la mitad de bieñes genancialesg) por fer hazienda que quedo por muerte del dicho Ti €0. ; ¿18 16 Yen el teflamento que hizo Paludano pone da clanfula , en que nombra 4 la dicha Doña Cafilda por heredera , e intere/fJada en los bienes del. dicho Tia cio, hablando de que fue admiinifirador- de la has! ¡enda, 08 1. Soy defentir , que la dicha Doña Cafilda tiene derecho ,: y fe la deben dir ducientos y cin” quenta doblones de los dichos quinientos , lo qual pruebo con el Íylogiíaio figuiente. >: 2 Pr. Dichos quinientos doblones pertent cen, y deben fer juzgados,y tenidos por de la clap y hazienda de Ticio , y fe deben reputar por haz 4 zienda de elle; Sed fic eft, que eo 4pfo , que le repue ten,y tengan por hazienáa del dicho Ticio,fe ftgr por configuiente , que la miitad de ellos ie la deban á la dicha Doña Cafilda, Ergo,$cc» % 3 Laconfequenciaes legitima, y la menorno puede negatfe y porque por derecho «del Reyno le. contrae trato: de compañia en:re marido. y mu=. ger : por lo qual todos los bienes gananciales. que de vna”, y otra parte le: huvieren adquirido , deben partirle entre ivarido ,y muger, lacando primero libres los capitales , como.coníta delas leyes 1.2.Y. 3.tó0.3.lib>3.Fori, dela ley1. portodo el tits 4. li5. 5. Ordin. y lo faponelaley 50. de Toro, y es muy conforme al Derecho Civil ;/ad fe el ,que en las sd

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