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DeCapellantás: | 167 xeÑe en la tal Igleha , Con la dilacioi que podia ej conciencia; luegojfi elte en la Vifita deputrelle don juramento, que cumplió coro fue obligado, teriá verdadero , pues ha cumplido: con la ménte del Fundador ¿que es preferir lo: mas principal ¿a lo menos pribcipal ¿ no reniendo obligacion de hater ambas colas ; Ergo, dc. Con que te relponde á lá razon de dudar. -:8 Ada tercera, telpondo Que faéta dicha fu- policion feráa mas vrila las almas , y mas ajultado: Fla fundación darlas d-dezir luego todas ¿dla ma. yor parte 4 lás Iglehas en que el Capellan las debe detir (y autr en ovas Iglehas) que el irlas diziendo el poco 4 poco por iu perloña. Que lo dicho lea fas vel alas almas ¿ coníta de luyo ; y que fea mas éonforme ¿lá mente del Faudador,conita de lo di cho en el parrafo antecedences 9 Nibaltadezir : Que en tál colo el Capea lan proprio no (itviesa al Furidador mas: que de vn temporal Adminilltador ; potque te relponde, que como dicho calo [ea extra regulará lo cltaa blecido por la fundacion», lo tricjor que fe puede obrar en el ¿eslo que fuere mas vril ¿las almas del Fandador ,$ los luyos ; y que en hazer elto en di¿ ¿ho calo , le artegla mas 4 la mente del Fundadof, que en dezirlas por la perlona, con la dilaciorr que es forcofa pata ello : y mas quando no ay obligá- cion 4 dezirlas pot (1 perfona ¿como en la elpecic del calo le lupone: Sic (enviostalvo in omnibus, Kc; $0 Vie CONSULTA. VIIL 1 TY. Os leñores Maeltres ; y Comer. ge dedores de la Orden de N. funda. »> ron en el Convento de élla diverías Capellá- nias de Millas tezadas , quie todas ellas impor tavan en cada y año quatío mil quinientas Y » treze Millas, y las dotaren con buenas rentas de >> juros,y dehiellas, y mandaroriy y ordénaron,que las dichas rentas le reparticllen, y diftribayellen 22 entre todos, y folos los Sacerdotes,que las avian >> de camplir ; porque en aquel tiempo los Reli ciolos Conventuales de N. tenian proprio ef ? particalar ¿ y cada vrro era feñor de lo quead- 32 quiria , y ganava COn lu indultria perfonal, d de tra qualquiera Manera. E 2 ElSacro Concilio de Trento (ff. 3: 92 cap 1. Decreto dela ref rénacion de los Regu- y» lares) eftablece lavida de Comunidad > quitan do en el todo, todo vo de ptopriedad: Y 1 Y execucion de efte Decreto, y Yreperidasinftane 3) cias del Rey Dou Pelipe Segundo ', le teduxo elte Convento 4la forma de pobreza”, en parti. ; cular, que en el fe manda (cellando las diftribu 2 dones y que hafta entonces hazian alfivdé cada 35 32ño los Religiolos del fiptrauis de las rentas Coniventuales)¿ incorporando las rentas”, y "du: > taciones de las Capeltanias referidas, Cow la de 3) > más rentasCofiventuales;y del Mióntoh de todas > lla le luftentavan,y fulteitan, de cuida; y vel- 33 tuatios los Religious Conveñttidles 3 y G algó 5, lobBra,fe qlieda para aúatento de teñitá. Y delde - el año de mil quinientos y lelentay tinto, qué 2 (e admició dicha toforma ; le replarelerod 1 los 55 Sacerdotes las dichias Millas de Gapéllanias por» . Carga pénal, (ri darles mas emolumetttos que de > comer, y vet 187 da Y 34. *:3- Enel año de mil quinictitós y felentá y 55 liete (por eftif muy baxo el eltipéndio de di. chrás Millas) pidid' El Convento rébaxd de “ellas; 2? y lá coriliguió , y qiiedaron tedúcidos 1 dos mil 5y quinientas Ychiquenta Millas ; y para comiplira, las [e noribraváti (en Gápitulo Cuiiveñtad))cá. 9 da lemana llete Semáneros, por totirá cada le. 39 mana quarenta y úeve Millas. Y en las Gta, ¿y Pesque no avia el múnicro de Mete Sicórdótes; le nombrava al Cónvéntó por vii Semanetó , Y” 5» por dos, Y pot tres; conforme ebridmcto de los 5) quedalravati y aquellos Midas, que alii létocas van y las diva 2 dezit'co otros Convetitos , pa- 22 gando la limo(na ordinariá de li tenti Conven- ¿3 tual. Y lo milmo lé ficedia fi algañi Semtáneras. E 0 Seniianeros de los nombrados moria, Y enfer maya, O tenia dro impedimento pata no poder 33 cumplir las Miflas de fu lemaná: 5 4 Delpues eftel año dé mil y feilcientos. -. pidio: legarida rebáxa, y lá configuió, y queda- 2 ron teducidás al riumero de mil férecióntas y 35 ochenta y ochió Millas ; y Coricimad el nombrar, ¿, Pará fui camplinitento:, los mifiios fete Séma- netos , aunque vo fotaván yá a cada femáina 32 mas que crelura y quárró Millas, y profiguid ent j, el ellilo antiguo de entrar por Sémaniero QU : dono avia nuaiéto de: (iete Sacétdotes, y e6 el 2 de hazerle cargo de ¿tas Midas , que afsíle tó” y, cavan; y tambien delas qué dezavih por deévit -losSemanetos tiombrados ;por micterte , 3 cñ- 2? fermedad. No le halla tazorí 6 él Convento [8 33bizo per mó: cargar anto de Miilis a (ut Sicerz 5, dotes , Vf fue yerro,d deleuido de los Préládos - de aquel tiempo, quie debicfan eirar, y atendet 22 4 que toda la carga Coñiventual fé debia re: $5 párcir Y (us Sacerdotes miéntras huvicfie nu» mero (uficiente para ella , y no' lo hizieton alsi; añites bleñ vñas veinte Millas, que eh cada 33 vn año fobran de las cinquienta y dies Kmanas jy dea treinta y quatro Millás , las di Y dezir fuera del Convento, auque en 2l aya miicho fúmero 22 de Suectdotes: Pot manera, que 1 nipyun Saf sy cerdote (aúmque aya muy pocas) no le Tocán en Ueada vn año mas que dúcienezs y freiista y ocho Millas ; y elte eftilo fe ha obfervado” pór noven- Fita añosé e $) 5 Defde el año'de mil quinientos y efes. ¿"ta y Cinco,que le quitd el proprió en particular; D y le empezó Y hazer vida en Comu ¿Hitdl 75 año de mil [eierentos y feis no fé Kalla en” log »y libros que4 Religiofo algutio fe le dies En eL pe

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