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AULA TA E a 360 : Epifcop.alleg.2.4.10m0.36. Marchino de Sarram. Ora din.traft.3.part.2.cap.24.0.7 Diana part.2 brall. Lo ref.19. Leandro de Sacram. tom. 2 ,tr4fb. 8. difp.4. guelt.35. Francilco Lugo lib. 5. de Jactam. CAPA Ba queft.3.uam.3 5.y Otros,que citan los dichos. 20 Añadolo:2. Que aunque convienén cos munmentelos Dottores , en que el Capellan obli. gado a celebrar cada dia, por si milmo; peca mor- talmente , li no celebrare por srmiímo ; pudiendo conmodamente ; como [e puede vér-en Fagundez citado mum, $2. y en Bonacina Ybi fupra, y en el eniímo punét, 7. propofit. 32numo6. Y la razon es: porque en 1al calo. en coly grave no fatisface ¿la propria obligacion:, qual es la refidencia , d fervia cio perlona!. Debe empero entenderíe: lo dicho; quando dexalle muchas vezes decelcbrar porsk miímo, porque en elto debe admitirle parvidad de materia, como en las demás obligaciones, precep- tos,y leyes. 23 Y life preguntare:Quantas vezes podra cl tal Capellan celebrar por otro en elaño; 0 quan totiempo podrámo relidir > Reípondo, que efto debe regularle.; fegan lo que eftá eftablecido acera ca de la relidencia ; porque elrál Capellan no efta mas obligado 4 rebidir , y A fervic per fonalmente dicha Capellania:; queeltan obligados los demás, que ticuen obligacion: perfonala la rebdenciay 1mó ¿como el.cargo del tal Capellan [ea lolamen te el de celcbrar-, y la reidencia del mo nazca: de Derecho Natural Divino,fino folo por difpoficion del Fundader:, no te le debe obligar mas de lo que eltán obligados los demás, á quienes ob:iga la ref dencia. Dedondees, que 6 ¿los Canonigos ', y Obiípos: fe les concede tres meles de autencia to. dos los años , no parece fe le debe negar el milmo tiempo de aufencia al tal Capellan , y mas pudien. do elle , como puede , lervir igualmente bien por otro. Y alsi efte fe avrá de tener por modico tiem- po paraque el Capellan dexe de relidir, d celobrar por si, aunque aliás pueda hazerlo conmodamens te. Alsi lo tiene en terminos el erudito Zacharias, Paíqualigo de Sacrific. Mie, tom.2.9:1127.m. 2, pag. mibs 3 57» y lo debe tener Thomás Hurtado tom.1.trat.z. cop.q.1ef.7.num.86. pues dize,que quando el Fundador ordena, que el Capellan cele- bre todos los dias, por st,y no por otro,no pretera de otra coía mas que dicha reidencia,y fervicio de dicha Capellania ibi ::Nrque exim volmutas te/latoris amplius videtar Lis verbis vellequam refidere,O fervi. re fueCapellanie ; At qui Priétifsima refidentio quam exigit, Trident. lefl.z 3. cap... Modicum tempus ab efJ? patitur, Halta aqui el lobredicho Hurtado. Sed do que el Tridentino en dicho lugar permice al Obifpo faltar cada año: por elpacio: detres meles de la refidencia de fu Obifpado. Acerca de lo qual fe vea nueltro tomo deObilpos triaquef. 3.feét.1. dif.9 paz. 3 5 9.Ergo,8c. , 22 Ala 5.duda ,refponda lo y. Quepor fer cotidiana la obligacion ,podrá elsdicho P. Fr, N. dexar de celebrar yn dia cada femana : comó: lo - Confulta: fexta tiene la cofiun delos Deforés, qué citany fgnen Machado tom:2.:dib.4.port.1.brabb vz. deco Bonacina en dicha Propof. 3. mum. 6. Palso parta tral?.22. difp. vuic. punét. 1 3. mum.r! Leabdro del Sacramento tom. 2. traót.8. difp. sugar Y la razon es: lo vno, porque afsi confta del Derechoón cap. Quotádie , de confecratodifh.z. 7 inuep: Signilin. catum , de prabendis : y lo otro , porque eficonita del vío,y coltumbre , la.qual ha introducidown dia de vacantia cada Ícemana; y-alsi le podrá tomar «de. Ni bac- Lin cana alguva:, fino folo reereationisst ¿AN como con muchos lo tiene dicho Lgandro quefha 17» y dicho Paíqualigo ref. 1118. uun.6.que prawcba bieú, el que lo dicha columbic ha caciodE guido la obligacion de celebrar porn diacocas | dalemana, fin conúideracion decanía alguna. Vide 3] ¿luna d k pet » 2.3: Relporido lo 2. Que el obligado. a coles brar cada dia, y por copiiguiente dicho P:Er.Nuno 4 loopodráyacar vn dixcada femana, como de ha. dicho , fino tambica algunas vezes dos,con probas bividad:praética , y.lcguridad de conciencia, ú hus viere alguna razonable cana , qual ferial defedto de devocion ; porque en dicho texto sde cop. ¿Signifi catum,de prabendissle dize,falna deuotionedebito; DÁ huviere. vna notable diftraccion,la. qualczularia + algun negocio dificil, ó algun infortanio; come la tienen los Doétores, que le cirarán abaxo.: Y la rap pon es : porque la ral diftraccion impediciala de. * vocion debida. ./mo, li la tal dikraccionduralle muchos dias , y no pudice el ral Capellamvencera - * lay podria cellar de eclebrar por todos. eos diasg porque eltaria en el eafo, en que por dicho tex fe:permire abítener de la celebracion ¿al sal Capes 4 llan. Tienen cfa fentencia, Navarra Naldo «y, 1 otros muchos, legun Machadovbi faprd sy Leano dro citado ,que/?. 15. y ella tiene por probable A (aunque tiene por mas probable la contraria) y lo. $ miímo parece tener el dicho Machado, ltem,lo ie» * nen Marchino de Sacrament. Ordinós, bra. 3 partida, y cap.23.4mum.1. y Palqualigo que/1 11 6.m4m,10., y la deben tener para ¡e comiguientes, todos los: * Doétores citados arriba mue. 13. y le puede pipa bar con los .meímos fundamentos (/alvo el primea' so) con que Íe probo la reloluciona la quarra di. $ da ; y alsi veale lo que dexamos «dicho e num, 144 de ed 16. que todo haze para el iprentoprefente, .:, 24 Ala 6, duda, relponde.: Quee! Capellan, que eftá obligado 4 celebrar cada dia por. si, y no por otro (como lo cftá el P. Fr. N. feguv lo dicha artiba mum. 5.y 6.) quando jultamense puede dexar de celebrar , mo efta obligado 4 fuplic las rales Millas por otro ; y alsi dicho P.N. no riene oblia gacion de hazer fe digan las dichas Millas deb mum.22. y 23. que vacare. Alsi lo tienen ¿con 1 Abad, Angelo, Sylveftre, Imola, Azor , y lacomona. de Doctores. ,Fagandez , fobre el primer precepto de la Iglelia , lib.3. 049.1 5. mamo 1.1. y conPerez, Marchino , y otros y Machado tom.2. lip.4. part, Y. bralt, 12, dos..14..4. Thomás Hurtado cn digha ne f.7.

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