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De Matrimonio? 4 Dedonde Le: ligue; que G el copitalido.Pe- dro quando le casó con dicha Maria fue talado, 9 apreciado en diez mil ducados; para que por. ella via conilalle (encalo que el. matrimonio te diflol. wiefle) guejloio le, arian de tener por gananciales lo que quedalls;, lacado dicho, capiral , que podrá compeularle enrtoda la dicha cantidad en el fuero de la conciencia ¿aunque la hazienda ete dererio. hada, como (ea fin.culpa fluya : y lo miímo digo de la imasrendade la mugcr te apreció en dichos dos ¿mil ducados , que ante todas colas le, han.de facár del cumulo, aungue eltc cmpeorada, lu hazienda; y fino pudiere de otro modo recobrarlo,todo, podrá víar de pculta compentacion ; por que eo ¡p/a) que ay tallacion de bisnes , ay. vn mutuo tacito pacto, de que han de quedar lalvas dichas cantidades Y que lolo lo que reftare , delpues de facadas ellas. fe ha de tener por bienes gananciales, s Dixe 34 fue ta//ado,ó apres tado,porque $ dj- chos bienes (aísi de Pedro , como de Maria),no fe apreciaron , ni rallaron , en talcalo corren los da- ños , 0 mejoras de. ellos , por cuenta:de cuyas Lon matusalmente , 1d e/£ , por cuenta de Pedro los lun yos ,Yy por cuenta de la muger lu dote ,como.es CO» mun doétrina de los Duétores, he 6 ..Ay empero efta diferencia en los bienes , $ dote de Maria ¿ que aunque .no queden, bienes ga nanciales algunos , y aunque le coníuma el capital del marido , (empre ha de quedar lalvo el capital, % dote de. ella , porque el marido, tiene obligacion A (ultentarla ; y quando el marido recibe la dote en bieues apreciados (y lo miímo digo quando fe da en colas que coníiften,en numero ¿¡pelo,ó medida) con el tal aprecio celebra el marido vna tacita compra. de dichos bienes,.comque queda obligado a la cantidad en que le tallaron, y verdadero teñor de la tal dote ,0.de dichos bienes; y.por conliguica= te,(i.cítos le mejorallen, 0, cmpeorallen , corre por cuenta del marido,y. no de la: muger; pero quando la dote: le recibió bn apreciar ¿no palla el dominio de ellá al marido, ino que (e,queda. radicalmente en la.muget; y alsi en tal calo.corren por cuenta de clla los daños , 0 mejoras de dichos bignes dotales, como tado es comu. y 5 7, . Qué bienes empero, lean. los que le comu- nican eotre marido , y muger , y quales queden li- bres de comunicacion ? d por orros.rerminos, qué bienes fe llamen, y ayan de tener por gananciales, y quales uo 2(1-acalo fe ofreciere, dificultad (que no le explica en la propuelta clpecie del calu). fe usde ver en Villalobos, y otros gue el cirastom2. srabt.27 dif.x 5. por toda ella, Elto es.lo que +! en breve liento lobre las dichas dificul. tades, Salvo in ommi..:. ¡8 bus, Sc, hu je DINO, q Fom, 3; plas tooo ns snrorles 10) CONS PETA SO qu ci Uplico,a V«P. (e Grva ¡favorecer con (4 parecer quáto fuere.polsible a dos ca. Jados, que ambos viven gultofos;y yn.Eclehaltico, movido con alguna paísion, los ha ingiistado con dezitles eftán. amancebados; porque al marido le faltan los telticulos,igndo verdad. A cdo relpondi con otros; quefi fucantes de,contrahek áatrimo,, nio la falta,que es nulo dicho matrimonio, Alsi] declaró Sixto Ya añojde 1587. ¡al Nyncio Apol. rolico de Efpaña y con:eftas palabras ; Condugia. A quofesmgue qunuchos , (7 fpadoves , vtroque tefte can 10603,c. Nalla, G árrita, O invalida ef]e decernasi ddque ctiam ,/s femina, confcia illims defectas velie, eedere dure fu0.. Trae dicha declaracion Filiucio 2 fojas 345.tom.x.tratt.10. de Matrim. part.2. vum 76. é contra el Doétar Medina úmlib.de Celibato, y Eray lidefonlo de Vera; Cruz in Speculo coniugios ram , citado por, el Doétor Marriño Azpilqueras; Duétor Navarro ii Summa confbiliorum, lib.4. de frás Eidis,O maleficiatis confil. 2 .rienemlos dichos Doc totes, Tales bomines , li. et careont tejticulis po/je coma trabere. metrimonium, ;Relponde dicho pacientes que defpues de calado, faliendo a vn viage, lalicror al camino vnos hombres, los quales lo entraron en yn pinar,y que lo,ajaniararon,y le-los quiraron,qua le tavieron treinta y tantos dias curando vn Cira jano ; y que Gn quitarle dinero ni dericofa algunas lo dexaron ir libre. De efto no puede probar Cola alguna ,poraverlo fucedido en parte dilatada delta tierra, lo vno ; y lo otro, por aver lucedido en fitia tanoculto , y ín conocimiento de fúgero algunas Mucho cftimáran en elta Ciudad el parecer de Va Rma.y yo todo quanto fuere polsible la feguridady en el dicho carente tefficulós. j 2 AloqueV.P. me preguntasrelpondo: Que aviendole. fobrevenido la dicha. impotencia delx pues del marrimohio contrahido (como lo reltifia ca dicho Íugero , y ¿guya depolicion debe eltar(e) el tal matrimonio fue verdadero, y valido'; lo qual ¡es ageno de toda duda ; y alsi eltán verdaderamen. te calados , y pueden licitaménte hazer vida mari dable ; y qualquierá de ellos podrá pedir , y pagar” el debito al orrozcomo lo tiene,con Toledo,y Gae+ ta,Sanchez de Matrim .lib.7.di/p.1 012. u4m.7. Y la rucba eficazmente , como Íe puede ver enel. Sia do lali ke : ' VOCERO ee CONSVLTA XI "JE lerta perlona Religioía conoció tor: pemente á vna muger viuda , lin que Elta padecielle violencia alguna ,de que ha queda- flo preñada. Delca laber dicha perlora,que obliga- Es cin

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