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De Matrimóntos chez, y otros, dicho Vérde %4 m.46 2, n fine, donde añade con Sanchez de Matrim,lib, 1.d5/p.63 .bum,2. que lo miímo debe deziríe quándo las circunítan- cias notabiliter mutantes exiltian al tiempo de lá promella, pero le ignoravan ; lo qual pala en nuel: tro calo; Ergo,óc. á bs 8. Lo orro , porque Berta jamás concibid fe- guro juizio dé lu calamiento , por parecerla del= igual ; y aísi ella pudo tener; y tuvo por fiéticia di» cha promella ; y alsi no le debe dezir decepta , lino que finxit fe decipi : como bien Sánto Thomás bbi Juprá , y Silveltre verbo Matrimonigm, 4. quel. S, mam. 3. y alsi €llá es la que le engaño á si mil. ma, como bien Sánchez de Matrimon, lib,1 + difpues 10. núm. 92 Sed fic eft , que vingano elta obligado ácumplir lo prometido ; quándo facilmente pudo conocer la párte que no le prometia de verás ¿co= mo lo tienen dichos Doétores con lácomúun ; y eligudé la promella , que lolo obligá de parte del promitente,átinque lea verdadera; y cíte aceptada; no es paíto que obliga de júlticiozhno lolo de fidé- lidad (y por configuiente mo obliga a cumplirla debaxo de pecado morral, l1mo:lalo:de venial) ca» mo lo tictien múchios ¿ que citécn mi fomo de las Propoliciones; traét. 5. cónfali.13.um :1.J 14-p4g 298.y 299. dela legundá , y tercera imprelsion; Ergo,óc. | t: 9 Y lówiro, porqtéla dicha Berta, como. fe Supone ex la efpecic del cala, ha dicho huchas ves zes 4 Ticio ¿que aviendo reliftencia de parte de los fuyós, no le quetia cafat con engláquál rehltenciá ay en la resligad, y grande, coño tambien le (upo=* ne : luego lWdicha Berta parece avet remitido el derecho 4 [tá calariento en dicho Calo (calo que Tició tuviello tal obligacion) como feinfiece de lo que ella melma, repetidas, vezes le, kia dicho 5 fed fe tft ;que cob la cal remilsion, quedaria Ticio delobligado 4 calar con ella (aim quando aliás el tavic/le obligado 4:ello) como con Válcro, Tane= ro, y Galpar Húrtado ,lo.tieñie Diana ; aun entera minos mas apterados, paré. a. trabt16refol, $0 M la razon», es., porqué la ral puede cedet lu derechg en orden al niatsimonio,, principalmente pudiendo ella libremiente (como púede) abítenerít de calaís fe: Ergo, Ses >> ( s obssimpenos ¿10 ol ro. Refpondalo tercero: qué. Gra ral moget huviere concebido de los tales: congtellos (de que fe laponic aver mas que vehementes indicios) els tara el tal Ticio obligado de: julticia 4 alimentar elfero y pagar 4 la dichia Berta todas las expenías ¿ue hizicre ; y daños que huviere padecido ¿0 pa deciere, por razon dela concepelan,$ parto 5 por- e A lo menos la tal promefla aceptada ;y entrega del cuerpo de Berta , debaxo de ella ,A Los nueros €ougreldos;, induce ella obligacion; la:qual nunca ha cédido la dicha Berta 5 y ado menos de eflo pax fece concibió fiempre fegurojuizio: ni 4 eflo obÉ- ía la verdad certiísimamente dudofa de la calís dad, y del no fúmor del pundonof:de la ral Berta con otro alganó y como de fuyo-patete elato Et. dk E AO REL go,8c. Elto es lo qué en brevs fent lobre la dis cha dificultad, falvo in omnibus, Xc, corria rvavcare CONSULTA Y. 1 y N. tratáron contraher el: Santá + Marrimonio;y por ler parientes de conlanguinidad dentro del quarto grádo ; embia= ron por dilpeníad Roma ; y aviendo venido Y aceptada la comision por el Ordinario ,y hechá la narracioñ delá narrativa ; declardla por tal, y dilpensdlá el impediarento , y dió licencia ál Cira para poderlos.calar, y en efecto los cazo; aviendó precedido las tres moniciones, y no aver párecido ¡otro impedimento. Eltando el calo en ete eltado; el Cura , que hálta agora ha eltádo en igiotancia; ha venido á entender extra confebiónem , que los dichos coritrayentes antes que lOrdinarió dilpena lalle ¿ aunque delpues que en Roñía le delpachd la comilsion , le conocieron carnalmente ; y que dé ello avia publicidad al tiempo que contraxerón el inátrimbnio , y aún antes que el Ordinario difpen- Íafle : y por fer el Lugar corto , juzga e] Cura, que quando no todos , la mayor parte del Lugar lo las e. Los contrayentes '; aunque laben anduvieron mal , eltin en inteligencia de eltár bieri talados ; y los del Púeblo los tienen por táles ¿aun los mimos que eltán eh conocimiento de la cópula,y tán lola. mente. pienifan que el Ordinarib:los podia cafti. gar, y obligarles d que traxellendegunda difpenía: El Cura , que ha venido á tener efta hoticia ¡ deféd laber lo que debe hazer eúelte caló y ¡pura que en hlgun dia no le hagan cargo de ella;: y tambien para que a los £ontrayentes no (elés impáre nuli. dad de matrimonio: y adviertales porúl imiportare el calo ; que ha múy pocos melesque fucedió efte, y que en la difpenía ¿0 comiísión que vino de Ro. ma, no le haze iencion:de lá clauíula ordinaria, ¿opula non intercéfferió: Súplicale a V.Rma: lu lana telolucion para la quietud delas alma$ 7 que en £llo:hata fervicio 4 Nueítro Señor. ¿121 > Soy. de feñtit ; que los lobredichos eftán va: lidamente calados ; porque la tal copla 116 es in- pedimento pirá cónrraher , ni neceísita de dilperi. facion , ni aunque haviera (uccdido antes de lá có . milsion del Papa , la taciturnidad de ella no vicia.. fa la diípenfacion, coma latamente defendipon mí iómo de Obiépos , 4 part 23.dif.3. portodi ella: luego múétió renos la viciatá la tacirutiidad de lá copula venida delpues de la comitsion del Papas Fántes de la expedición de la difpentación hiechá pot el Ordíniario,que es nuelteo Cáfo. > 3 A que le añade ; que el Ordinario obrd cúerdamente en no preguntar á los tales (i aviat tenido copúla, d no: lo vno,potque en ello (e atté- ld alrenor de la comifsion ¿en la qual ño venía la claulula ¿que fuele venit en ottas ;/6_cópdia mom ¡iterceferás «Lo otio ¿pot do fer riecellario el qué los

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