BCCPAM000291-7-15000000000000

Mifeelaneas: claulula,y. condicion, f, O guálenus acceptentur, (mó con autoridad abloluta , ¿ independentemente de qualquiera aceptacion, O de que le admitan ,d not de lo qual es manificita feñal elque los Sumos Pon- tifices , quando aténtadamente obran alguna cola los Principes ,0- las Miniítros contra la inmunidad, y libertad Ecleñaltica , le: quexan: amargamente de ello comio esmotorio yconelaman, do reprueban, y condenan todos los años:, fulminando la Bula: de la Cena , y condenarido de ueyo en. ella quule(quier contrarios vlósy coltambres: Ergo,Xc. b 8: Y do quinto: porque afsilo; declaro exprelit; fimamente la Santidad de Vrbano-VUL en la Bula, que empieza : Romanas, (7 e. expedida en cinco de anio del año (641. 4 públicida en cátórze de Agofto,en la qual con clariísimas palabras reprobo, y condend todas las colas perjudiciales que í€ hu- vieien: hecho ¿0 le hizicfen ev adelante contra la inmunidad , y libertad Ecleliaftica ; Etiam fub pré- sexta quod Bulle , fed Conflituciones: Pontificia non fuerint publicat , vel vfurecepte y aut contrario vfu, etiam decennali ¿ 7 quamtnmliber longifsimo , vi pras tenditur abrogate. Qué colamas clara? ni como pu do dicho Sumo Pontifice expreflarlo mas ? ni como puede-deciditíe , d determinaríe mas mañnifielta- mente dicho punto? Pot lo qual,como bien dize di. cho Diana 'nam. 6. no parece (e delcubre camino por donde puedan defenderlo, ni elcularle coneldi. cho pretexto los que quebrantan en algupa coía lá inñunidad, y libertad Eclefíiftica , pues de;la po teltad del Sino Pontifice no creo avrá Catolico que'quiera ponerla en duda; y de la voluntad Pon tificii coníta yd manifeflifsimamente por la teferida Bula:Ergo,Sc. 9 * De aqui dixo Juniano Thomafño , Auditor de la Sagrada Rota , que le puede proceder contra el Juez Secalar, que viola la juriídicion de la Igle- fia ¿como contra lofpechofo en la Fé : y lo milmo fientén Belttáan de Guevara,Bucio,y todos los Audi tores de la Sagrada Rota : Pro cau/a Veneta , annó 1606. in affertione libertatis Ecclefiaflice ¿circa f- nem , cuyas palabras refiere dicho Diana, y cita di- chos Autores , vbifapr. nam.7. por medium. Veanle otras muchas colas en dicho numero. ¡o Dixearriba ent el mum. 1. provt jacet:; y en el parentelis del num. 3. E/lando a eflo precifamentespor- que aunque la Bula de la Cena obliga en Elpaña ; y de(de lus principios efta admitida en ella, no obliga empero en los articulos tocantes 2 la Regalla , pues no ay cola:mas toman, ni mas recibida delós Jucif- tas, y de muchos infignes Theologos , que el dezir, que los Reyes , y Miniftros Reales pueden; fin.con- ctravencion A la dicha Bula ¿ Conocer de las canlas Ecleñafticas por via de fuera , como el vulgo dize; y que pueden detener en las Chancillerias las Bulas : Apoltolicas, pata examinarlas,y mandarlas,quindo convenga, 3 la execucion , y quando convenga im. edirlas. Veanfe la multitud de Autores ( alsí Ju tiftas, como Theologos) que patrocinan dichio len- tir y los fundamentos fuertes en quo lo fundan , en 29 nueítro primer tomó de Confultas Varias - 5 res , ¿pog. 247. Anum. 15. ad 39. y en ellegundo torao de Confultas Várias ¿ 4 pa8.36.4n4m.105.0d 1174 E : 11. La cana porque la Bala de laCena no obli. ga en Efpaña en quanto A dichos puntos de la Re» galia: y en quáro a lo que tocar los Reynos de Sici- lia,y Cerdeña, ho es precilamente por el defeéto de cria y admilsion,como la propoliciot dize; ino porque lu Mageftad Catolica ha Inplicado della 2 lu Santidad ¿y lu Santidad anuais 4 la ral fuplicas como dizen muchos de los dichos DDfed fe é/fyque . la laplica.que. le. interpone. Con caía ¡uíta acerca de alguná Conftitucion Pontificia, (ufpende fuvalor hafta que doníte que la volawrad de fu Santidad palla ¿.abloluta , manifeltando.de ¡puevo let: lu in- tencion obligar, , como latamente le probd en nuef- tro tomo, de las Propoficiones condenadas , traH.14 conf.6. duum. 110: ad 114. 4pag. 130. de la le. gunda ,tetceta, y quarta imptelsion, con la comua de DD. que alli le citan, y con los Derechos, Cano: hico,Civil,y Regio, y commuchios exemplares,que fe pueden ver alli ; luego aviendo intervenido (upli- ca de lu Catolica Mageltad, y el antrit de lu Santi. dad , figuele legitimamente , que no obligue er quanto a los dichos puntos. a 12. Y que la dicha Bula obligue en Élpaña deíde lus principios(menos en los dichos articulos) ' lo tiene el muy erudito. Dor Pedto Goncalez de Salcedo , del Supremo Conlejo de lu Mageltad , en lu primertomo de lege Politica ,lib.1. e4p.7. $.1, b.129. pag. mibi102. donde dize lo que le Áigue. ss 13. Cum ergo hac ic 4 Dodtoribus tecepta sy Ént,dicendias erit; quod Bulla Cong a principio 5» ligavit Hilparios tanquan1 mierbra corporis Pon- s» tificis 1 8 quia omnes leges in ea ligant ante po- y» pali acceptationem , 614. (upplicario ad Poncifia ss Cer lit interpolita , vt praxis reftatur , 8% iple Sal- ,, gadus de fupplicat. ad Sanétif. port.1.cóp.2. fett.zo 3» Quod lentiens Morla da empor. tit. de iuri[didt 3. s3ueft. 1 4.num.8.. dixit y de huius Bulla expedicio. 3, nein Hilpania fupplicatum fajíle : contraricm li- ¿3 cét autumet., Cevall, de coguis. per diam Violent. ,» Ln Prologo, 00m.: 73. Secundum qua opinios y, nem verilsime dicendumr ell, hanc Bullam etiam »» Hilpaños ligate , 82 in ea compreheníos elle, cum 5, in matetia tributoram , $ cateris nea compre- 3, henfis-, praéticari non Gt dubiam , vt ex Molina 5, de ónflic. co iur. difp. 670. mum. 3. Loannes Gu=y »,tiertez de gabel. quelt. 92. ex num. 24. Soula ¡Hi y telvót. Bulle Cone ,cóoperg. D. loan. del Caltillo ¿5 tom.7< de terbijs ,cdp. 9 UM. 1H. O 44. Halta aqui dicho Salcedo en dícho numeto. 14 Y que4lo menos obligue 4 los Regulares, 3 todos los Eclelíafticos en Efpaña, y que ete te- cibida de ellos en vío (en todo lo que no toca 4106 puntos de la Regalia) coníta notoriamente : pues ninguno dé ellos le arreve 4 leer, á (abiendas , los libros que cila prohibe: «ni los Confellores le atre, ven,niatreverán á ablolver los cafos ocultos que ía Eos

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz