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E: a upon A 2.38 declarariva no fe opone 1 laley, fino que la declara, no le requiere,ni es necellario para fu valor, y fuerga el que fea prelcripta, (mo que baíta el que dicha cat- inmbre , d declaracion., le aya oblervado por algun tiempo; como lo tienen (todo lo dicho) Panormit, Socino,Alrerio,Aymon,Barboía,ManuelRodriguez, Buena -Gracia, citados en nneítro primer tomo de Conlaltas Varias Regulares pag.372.1m4.46,don- de le pueden ver: Sed fic efl,que la coltambre de que aqui hablamos,no es contra elDecrero del Papa San Alexandro , referido en dicha nona Leccion del dia tres de Mayo: fino declarativa del ral Decreto ,pues le enriende, y declara de fuerte, que fiempre, y per- eruamente aya en la Iglefia Agua Bendita: y que en Los demás dias del año,no lola le guarde,fino que fe exponga en las Pilas publicas para el vo de los que entran,y Íalen de la ele: y enlos dos dias de Jue- ves,y ViernesSanto,le guarde vna buena porcion de Ja dicha Agua en lugar fecreto de la, meíma Igleha, para víar de ella enlas necelsidades , que pueden ocurrir para adminiftrar á los enfermos, dir fepulea- ra á los difuntos,y [emejantes: luego efta coftumbre de que vamos hablando , no lolo obligará en razon de coltumbre , Íino en virtud del dicho Decreto del Papa San Alexandro,intesprerado aísi por la tal cof. tumbre. 36 Y quela coftumbre fea el mejor interprete delas leyes, y DecrerosPonrificios,no lo negarán los contrarios:pues es vulgar en ambos Derechos,y co- mun duétrina de los Doctores cap. Cam dileótas , de confuetud.leg minime,C leg .fi de interpretatione, ff. de legáb.y de otras. Cenedo,con muchos praé?. ¿ueA.3, mum. 1 1.Maícardo deprobat. concluf 141 5.1num.10. la Sacra Rora Romana, apud Farinacium decif. 642. mum. 1 5.3u fae,Cardolo verb.Confuetudo,num. 3 Tica- quelo de nobilitat.cap.10. am. 9. y Otros innumera- bles:Ergo, Sc. | 37 Dizenlo 3.que no ay Regla,ni Ceremonial Romanosque diga no fe víe de ella en etos dias:lue- goes abulo el quitarla. 38 Refpondo lo 1. que tampoco ay Regla, ni Ceremonial Romano,que diga no (e quite de lasPi.- las publicas de la IgleGa aquellos dos dias deJuevos, y Viernes Santo:lnego no puede fer abulo el quitar. la. Efta confequencia es legitima , y faliísima la de los contrarios: porque donde no ay Regla, ni Cere- monial Romano, Canon, d ley Pontificia, que diga que no le quite en dichos dos dias , el quitarla en ellos , no puede fer abulo , ni corruptela , como (e dixo arriba,en los numeros 2 6.y 27.y asi en forma admitido el antecedente , niego lá confequencia , la qual de ninguna manera le Íigue en buzna Logica, 39 Y quenó aya Regla,ni Ceremonial Roma- no,que diga que no fe quite de las Pilas de lalgleha en aquellos dos dias,es manifiefto: y li la huviera, ya la profivieran los contrarios ¿lo qual no hazen, que es feñal que no la ay. La Rubrica del Ritual Roma- no,que alega el Doét.Enioanes,del Jueves Santo,no es del intento, ni prueba cola contra nueftra.conclu- 15,y coftumbre, como de ella meíma es manificho; Confultá diez y rete cion:Ergo,óc. y por ello cuerdilsimafénte el muy ertáito Liers ¿Ciado D, Frutos, la omire,n hazer de ella menci alguna, A 40 Relpondo lo 2.que ya que. noaya Regla,n CercmonialRomano que diga, que fe quite aquellos E dos dias de las Pilas de la Igleña; ay empero muchas i colas en las leyes , y reglas de las Rubricas, y enla coftumbre vniverlal de la Igleha , de que pudo to. marfe, y tener racionabilifsimo principio la coftuma “3 1 bre de que vamos hablando , de quitarla en dichos! E dos dias de dichas Pilas;lo qual pruebo aísi. 8 41 Lovno: porque por el preleripto,y Reglas E de las Rubricas , y por la coflumbre vniverlal de la 0% IgleGia,en aquellos tres dias fe delnudan los Altatesy E le apagan las lamparas, (e evacua el Sagrario (releer vando en lugar mas remoto algunas formas para los HE enfermos , liacalo fe huviere de di á wlsunos Viatico)le abltienen los Sacerdotes del Sacrificio de la Mila, no le adminiítran los Secramentos fino A | los moribundos, 9 que eftán conftituidos en necels dad,y otras muchas coías, alias delacoflumbradas,fa* exercen en aquel tiempo ; qué mucho , pues, que en , dichos dos dias le excrza elta de que vamos hablane E do, de quitar el Agua Bendita de las Pilas de la Igles fia, por el mifmo fin, y motivo, porque la vnivertal!* h Iglefia, y ReBlas Rubricas hazen dichas demortira. 1 ciones?Ergo, ke, Y 42: Lo otro: porque la Igleñia en aquellos dias, $ por demoftracion del fentimiento jufto de la mer. $ te de nueltroRedemptor,y por otros jultos motivos A que infinuarémos delpues, reverencia en dichos tres Y dias las tinicblas , y acaba en tinieblas los Mayrines: $ no toca campanas, lino que haze feñal con vna tabla para que concibamos terror,Quita de las HorasCas nonicas el principio,y el fin; y no quicre que le diga E en ellas, Deus in Adintorium,O c. ni per Dominum,rc. E ni Benedicamus Domino, (e. Quita alsimifmo el que le diga Gloria Patri, € c. y que le diga el Elynfo de + Laudes, Quicre, y eftila afsimilmo la Santa vniverlal + Igleho, fe diga el Oficio con voz bixa , tiiíle, y me- lancolica. Vía por Lecciones las de los Trénos,con aquellas lamentables inferciones, Besb. He, Betb.Das * lerb. Ce. que le llaman lomentaciones , yla primera 7 Leccion de que vía esla lamentacion delProfera Je: Ml remias,y otras colas lemejantes,que haze en dichos dias la vniverlal Iglefiá , para exprellar religiofifsi. mamente la dolor. , y para infondir en los Fieles vna religiola trifteza,y vn debido luto en el coracon,du. * rante las exequias de aquellos dias, por la Muerte,y Sepultura de nueltro Redemsptor Jeíu Chrilto ; qué mucho , pues , que por dicho fin, y motivo le quite aquellos dos dias el Agua Bendita de las Pilas de la Igle(ia? Pues para inducir dicha religiola trifteza Y lato , puede condacir no poco la dicha demonítras N 43 . Y lo otro: porque hi las Sacramentales pres paran,y difponen para los Sacramentos, y les fon en alguna manera lemejantes, y de las cofas lemeéjantes le debe hazer vn memo juizio, ex leg. 3. $. Proinda, Y $ Queries, ff.de du rem verfic.y del texto in princip, Loftit.

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