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D: Regulares, ca fegundo tomo de la Sua, tr:1:d/p. 3. 9U4 Bt. 3 .y 2. pag.1095 y y 10 Y que el tal Abad no piieda, vita vez cotice- didá dicha tenencia ¿ revotarfela ad libitom , y mas no citando integra la cola, inb tem cepra, hechos los galtos , y contrahidas las deuigas , es común de los Doétores, que di fimili cita yy (¡gue Carpio de éxé- gusor, tehamJib.1.capas um. 1 5. y Dicaítillo de du/?. lib.2.tr.19. difp.3.dub.1 6. núm. 1 28. 110 lolo dize, que pecará el Superioí en tal calo ; lino que (era in- valida dicha revocacion. Y cfto pilmo han dete- ner la Glolla, el Cardenal Imola, Sylveftre, Molina, Lelio Zequio, Rodriguez, y Sanchc2,que los cita , y Sigue diét. lib Gr 2ap.1 1.nam.1 2. Y la razon es,pot- ¿que en tal calo hará Alicia injullicia a los acree- dores del tal Religiolo , que ha contrabido las tales ¿deudas con la facultad que le dieron lus Ptelados ¿pata el dicho litigio,que ha fido en Beneficio del ral Convento ¿con los quales contrako es virtud de la dicha facultad, y 4 quienes no podrá dár latisfaciori Ñi le revocan dicha renencia, que eftá adminiltrando pos virtud del tal contrato:Ergo,Sé. 14. Y lo otro; porque sdbae (1 defpues de latil- fechas las tales deudas,y relarcidos todos los dichos altos le lobrareñ algunos reditos anúales, eti lá ad. miniltracion, y vío deltos,no ayrá cola alguna cótra el vowo de la fobreza ¿porque adbuc eñ tal calo , mi avrá de ninio, ni propriedad(queelle dominio hem- pre elta , y le queda en el Monalterio). fino folo el fimple vío de hecho , y meta adminiftrácios ¡fed fé éfh, que el uío de hecho, y Meráadminiltracion, no es contra el voto de la pobreza ¿como lo tiene la éomun de Doctores , que cicé .en miprimer Tomó de Confulrás varias ,0 Regulares ,pa4g: 180. num. 4. y adonde alli metefiero: Ergos8cc. 12 A que fe añade, que dichos reditos anualés 10 vienen á fer mas que vn peculio, que permite di- cho Contento á dicho Religiola sy en igradeci.- micuto de lo 4 hia trabajado en beneficio deltalMo- nalterio, ya para tefarcit los dilpendios de lu pecalio antecedére, y ya para el focofto de (us nécelsidades; fed fic e/t,que el tener peculio có licencia de lus Pre- lados, les es lícito 4 los Religiolos ¿ ri que por ello contravengan, nial Tridentino ; ni al voto de la po. breza,como lo tiene la coman deDodtores,y le ptos bo abuudantémente €n mi Suma, to m. 4.£r.7. com/.8. ¿num.1. ad 6. pag.480. y tom.1.tr:3: difp. 1. cap.4. fe8.3. quafit 9+pag:64 5. Ergo, 8tc. Elto es lo que fiento en breve lobre la dicha dificultad ;/4luo di omnibus PE, ] PA CONSVLTA $ Que contiene dos prefimtas. Regunta primera: Como podrá vn Frayle Me: nor imprimir (us obras en viilidad e (4 Relis gion,y Gn faltar a la Regla? PreguntategundarSi podrá va Prayle iñenor, que tuvo intencion quando profeísó dé guatdar la Ré. glá, legun las déclafaciones de Nicolo IL. y Clé. mente V. priéticar la probabilidad de las Matcis Niánas? - 1 Ala primera duda digo lo primero , qué el Frayle Menor podia dar lus obrás a vii Libcero , 54 otra qualquierá perlona fecular, pata que clte lasith- prima a(u colta ¿con cóndicion; que elte de alguna luma de libugs al Sindico del Convento,d de la Prua ¿vincia pata el locorro de la3 necelsidades de lo$ + '¡Canventos', y Religiofos ; y Á el cal feglar en lúgat de los tales libros quificte,y ofieciere dat al Sindica alguna cantidad de dinero para que fe aplique las tales necesidades, no irá eri ello el Frayle Menoé contra ldRegla,cor tál,que ni el ni otro en (u noria brespidá la cal cantidad en juizio. Aísi lo tienen Maa fuel Rodtiguez ¿uef?. regúl. tom.2.qm4/2:104 árto3. $. Secunda tonclufio ¿pag mibi 515. Geronimo Ko- driguez en lu Compendio , ré/ol. 79. num,5. y eñi parte nueítro Mutcia (aunque con mas eltrechez) ¿api vabc, lobre el quinto de la Regla ¿ú9m:14. pag. 256. 2 Digolo fegundo, que el Frayle Menoí puede lícitaméxe imprimir dichas fús obras eníu nombre; puelcindiendo en quanto efi si es , de toda negocia- cion lucrativa, y Áh pretendet elta,Grio lolo el lultre de la Religion, y fisyo,y el bien publico , que ha dé relultar de la divnlgacion del tal libro ; y que los tás leslibros vna vez impteflos En nombre del Religió- lo Autor de ellos , ¿p/o ¡ure palían al inítante al dós ininio de la Silla Apoltolica, y pot configuiente pos drá , y debera el Sindico eñagénarlos ; y converút el precio de ellos eiwvrilidad de los Frayles., y Coti- ¿ventos de la Ptovinciá ¿ feguri la inincacion del Pax dre Provincial desellá, Elta conclalion és conrra los fobrédichos Añitofes ¿ pero pata mi és probabilitsi- ina, tdm pralióce, quam fpeculablué: 3. Tambien puede el Frayle Menor ofrecer li- -betalmente , fegun lu eltado ; dichas. fus obras má- iolcriptas á lu Provincia , las quales pallárán es ip/o tanuícriptas al dofinio del Papa,y podta por cofi- figuiente el Sindico de lu Santidad vender dichos fnanalcriptos á los Libreros, y aplicar el precio de éllos al (ocotró de las necelsidades de la tal Provin éia ; y eto [eguni dichio Manticl Rodriguez , $. Mé óbfbat, qúod : y en milentir los podtá imprimir €l tal Sindico en nombre de lu Santidad , y vendetlos pas ta el locotró de las tiecelsidades de lá Provincia;e6- fo latamiente pruebo , y defiendo en vía Contulíá que (e hallará en eliprimier Torio de mis Conlulta$ Regulafes ¡ll pag. 465: ad 475, donde lé puede vers 4 *Enquañto á la legunda , digo, que podra el tál Frayle Menor. praéticar la probabilidad de la$ Martinianas. Ácerca dé lo qual le véa en dicho Tos mola Confulia trezé, á pag. 483 doide tafiza bien le prueba cfto difuta- ínefite.
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