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De Regulares, > los inconvenietites inteñitados en la abolicioude los Padres Diícretos , queleapuntan al princip do de diz cha Bula. Aísi lo fentitmos, Jálmo melimá,tre. y lo fir mamos eb elte Convento de Nueltra Señora de la Merced,Redempcion de Caútivos de la Viila,y Gor+ te de Madrid,á 17.de Abril de 1695. años, Er. Fofeph Montes de Porres, Provincial. : El Muefiro Er. Fofeph Lopez, Palomar ; Secretario Próx vincial, El Mae/tro Er Ditgo Thomas de Cárdenas, El Macfiro Er. Francifeo de Ledefma, Difinidor General. El Mar/lro Fr. Rodrigó de Caftro y Mena , Predicidor de fu Mazeftad , y Vicario General de la Provincia ; y del Perño | En vifta de los pareceres, motivos, y autoridades referidas,nos conformamos en todo,y por todo con el lentir de los Reverendiísimos Padres ¿ de quiénes eltá autorizado. Madrid,y Abril 19.de 1695. Lic. Don Fofeph de Gurupeguss Lie. Don Pedro Gomez, de la Cabás Lic, Don Juan Diz Quixano . Lic, Don Balrafar de Azebedo.. Lic. Don Phelipe Garcia de Zayas: Lic. Don Gabriel de Campos. Lic.Dou Francifco de Melgar: MUMLIVIICWILIROIKIÍYReí ee CONSVSTA VI Que contiene tres preguntas en orden d dicha Bula. Regnnrale lo primeto ¿Si los Cuftodios tuvie- ron voz. en eta Provincia en la Difinicion? La razon de dudar (e funda enaquella clauíula algo ambigua de la miíma Bula de Inocencio XI. que dize : Diffmitores , atque Cujlodes ; > immediatas ex Provincialis....sm spforumrefpectine Diffinitorijs ¿ O" Capitulis vota babeane ; y la miíma duda ay del inme- diato Ex+Proviocial , y parece que no, pues la parti- cula refpectiné parece limirariva,y que losDifinidores tengan la vozen el Difinicorio , y Ex-Provincial, y Cultodios efi el Capitulo. Lo legundo : Si en adelante los Cuftodios han de fer clegidos por todo el Capitalo, d por fola la Dif. nicion , quando no fe eligen para el €apitulo Gene: ral? Y lotercero : Si el Provincial (en el Capitulo in. termedio) fuere elegido del cuerpo de la Difinicioni (por: renunciar fu oficio el Provincial , y no querer proleguir) dirám en tal calo en la eleccion del quina to Difinidor aya de tener voz aétiva el Ex Provia cial , que por inmediato vino ai Capiralo ¿ d el Pro. vincial actual ¿ que «caba en dicho Capitulo ? La ras zon de'dudar,es, porque cleéto el nuevo Piovincial, E 227 yá dexa de fer intediato el Ex-Provincial , que lo craaíés de la eleccion del huevo Provincial, y encra 4 ler inmediato el que en dicho Capitulo acaba, y dexa el (erlos LA AA Efte vltimo articulo conlulto ¿ V. P.M¿R. pora que atinque yo no acabo , légun El eltilo.el erieno en elte Capirulo ¿tengo animo de renunciar en el la voz paísiva (y lo miímo hatia fi pudiera de la aQi. va) por bolverme á mis Milsiones,$cc: RESOLUCION. A 'La primeta relpondo, que los Cultodios no tuvieron en clta Provincia ; ni tienen ¿hide- ben tener voz eñ la Difinicion, (ino folo eri el Capiú tulo; pór lo que V.P. MR. dize,y porque fon fub- rogados en lugar de los Diferetos quitados,y aísi [dis lo han de concurrir d lo que aquellos aviah de cotis currir, ' Ala feganda digo ; que atinque ferá bien que los Cuftodios fe elijan por todo e! Capitulo(y alsi le ha pedido en Roma con otrascolas que fe elperatl prefto) pero mientras allá ho le determing , lola le deben elegir por la Difinicion, como ántes le hazia; porque menos lo alterado exprellamente por la Ba. la,en lo demás le ha de eltár á la difpolicion antigua de la Religion,coíño es viilgar en ambos Deréchos, y confta de vna decifion Rotal-, alegados eh mipri- met Tomo de Coníultas varias Regulares , trat. ¿órf.8.num,i. pag. 403. y en Otras partes de mis obras. A la terceta digo , qiie fi el Provincial nuevo fue té elegido del cuerpo de la Difinicion,ehi la eleccion del quinto Difinidor deben tener voz altiva, afsi el Provincial que inmediatamente acaba ¿cotño elit. mediato antecedente : efte, porque es fubrogado eñ lugar de los Dilcretos pata todas las clecciotes Ca- a del tal primer Capitulo : y afsi como los ifcretos avidn de tener voz uétiva en la eleceioti ar Difinidor; alsi tambien el tal ExaProvin= cial. El Provincial, que lo éra en tiemipo del Capitalo, debe tener voz aétiva, no como lubrogado en logaé de los Dilctetos (que efta lubrogacion ño tiene laz gar pata elte ptelente Capitulo, fino para el venidez t0) Gino por tittlo de Provincial aÉtual, que tid aca: ba de fuyo,y alsi le compete voz 4 todas las eleccios nés Capitulares del : y atinque renuncie la palsiga para el Provincialato ; le queda la activa pata todaé las elecciones Capitulares del;como la tuticta, y tea nia eb tiempo que avia Dilctetos , y en concurren! tia con eltos. Todas las dichas dificultades tengo ventiladas muy ex profeflo para efta Provincia”, otras,que me han comúnicado [obre ello: confta” todo de la Confulra antecedente, y de la que le ligue: AE ' , CON.
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