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¿Del fobredisho Alegáto,' criatura fe alegó la rál circunitancia ; y en el Antó del leño: Obiípo (que: fe prctentd ch dicho Tribki- nal) en que mandó poner. en la Tablilla al Prehiden= te de dicho Convento, le da por morivo , entré otros ¿ el aver embiado quatro Religiotos a dichá Hermita para que traxéflen la Sagrada Imageh ; y ello. no obitante,la fentencia del dichoTribunal fit a favor de lus Capuchinos, y contra el leñor Oblf- po , pues le dió por nala dicha declararoria del ¡n= curío en las ceuluras que mando publicar dicho le ñor' Obilpo contra dicho Prebdente : luego vna de «dos ¿0 porque dicha circubltancia no. fué de Me- mento alguno para el calo, d porque no fe prebo; ni juftifico pot megio alguno, es confequencia fob- gola , € innegable en buena logica, y juriípruden- cla ¡fed ficr/t, que qualquiera de las dos colas que le diga haze a mi intento, y es contra lo que el Ma- nificito pretende , como de tuyo .esclaro 3 En- Bu Dem is 185 Alotercerarelpondo , que aunque [ea mucha calualidad , no por cdo fuc evitable en el Prelidente dig. qué fortussis 5 y alli Bacculo, Baldo, Salicero, y todos, £ «de piguor.aét. hi por ello es dig- pa de conlideracion, deg.mer Miipulantem,$ Sacram, fi de verb. obligar. Graciany difecptas. forenf. tom.5. '54P:9 37 Mun. 10. y orros muchos, por lo qual dixo bien Ovidio: Careas fuccéfsibus opto, Qr:fyuis ab cuenta fafta noranda putas. Además qUe no es tanta cafualidad como le pinta,y pretende ponderar,que andando losCapuchinos de dos en dos,como lo acoltumbi 3;y avicudo ido dos de ellos á la limoína del pan á la Alberéa, y a Alge zares,y otcos dos 4 Benexian, alsi mifmo a dicha li-. mofna; corriendo voz-cn toda la Huerta de que la- cav n:4 Nueftra Señora de la Hermita para llevarla ala Ciudad,pur la necelsidad de agua, que intlavas y tenia afl gidos 4 todos ; los primeros dos que le hallavaíi €n el milmo Raygueto de Algezares, con- curricllen inmediatamente alli; y que los otros dos, que avian ido 4Bunexiañ, le encontralen con el concurlo dela gente ¿quaudo entravan yá en la huerta , certa de la azequia gíaiide , que llaman el Malacon;y fino,qué repughancia phylica, d moral ay en elto para que no pudiclle lucedet alsirNingu- na,cierto,Gno falo imaginatisipues de hecho fuce- dió alsi, y de fabte ad potentia valet conf. quéntio,cOs mo la Logica enteña: Ergo, $e. 186 Niesde momento alguno lo qúue le poti- dera de las alforjas , 3É. porque quando fe vas á limoína fuera de la Ciudad á los Lugares covios de la coniarca ¿no le tuelen llevat lemejantes inte. mentos, porque para quatro, leis. Y ocho pañes que le pueden hazer en cada Lugarcillo, no han menef- ter dos Religiofos, que van a ello, tanto infttúmen. to 5 y quando le ayan mencelter, 0 le le dan tos her- manos,0 le tient alli para todas las lemavas¡ Ga re- nei que llevarle, y tracrle iempie,que dela Ciudad van a dichos Lugates ; y quando le huvicllen llevas do , le dexarian para lalic.a larval funcion, pues no e 1027 era bien llevarleá ella noA de lar del en di. £ho concurío , puesjo áviah de pedir álli limoina de pan ; ni en dicho concutlo avtia quich fuelle a11á cobella prevention pata darlela; Adeínás, que da: «do, y no concedido todo lo quede pretende en eña «tercera inftancia,; lekia de vingún momento pará lá «principal controverha.. Y L ¡10,pregunto; por qué ho alegaroii eto enla NuntiárorarY 6 lo alegaron, ¿de que les aprovechó: Erpo, Bcc. ' 1:87 Alo guarto ,telpoñdo lo piimero,prés ¡ guntando:de qué le coníta al Autor del Manificitos que el Padre Vicarió fué alá Cathedral a pregunta£ lo que haria, y ño áfuplicai al Cabildo los efculala le? Y dado giie no huvielle ido a elcilaría > quid ¡ús de? Veale lo úicho atriba, hvm,¿2. y 33, y los uñ. meros 25,326.) 4 num. 5. : 188 -Relpondo lo legundo,que es fallo fe tó. tificalle aisto algino eh conmibacion de cenfuras; y otras penas arbitrarias al dicho Padre Vicatio 5y en lu nombre a toda la Comunidad. : 189. Cohfta elto : Lo primero del vico Ánto (expedido en 1 6.de Enero) del leñcrOb:ípo,¿ poi parte de lu Holtriísima (e prelentó enlá Nanciara. ta (fuera del que contenía la declaracion de) incur « lo en las €cnla: as) en el qual lolo le cohticiie: 6 Que (e notifigie a. Do Ginés Goínez de la Calle, Arcediano,K€, que junte Cabildo, y.le haga laber como lu Huftriísima manda por obediticia ,) 19 pena de excorimnion, «c.no tray gab otta Imagen; ni lalgan procelsionalti ente de dichia Cathicdial hn licericia defi Llultrilsima;y que lo milo le notifi- que á losCapellanes de numero,y demásClerigos yy perlonas Ecleliafticas,que alsiftieren,8re. y que los dichos Norarios pallen a novificar a los Hermanos po las Cofradias de cada vna de elíás, 8cc: no alqUileb,ni prelten la cera de dichas Cofradias¿ ni alsiftan á la procelsion,$ic. y que dichos Nota. rios den recando 4 los Padtes Prelados de los Con. ventos de dicha Citidad,que acoftumbran falir á las Procelsioñes generales;y publicas, le irvá no alsil- tir, bi que alsiftaii (us Comunidades Sc. (in avilo dé lu Señotia Vuktrilsióma;y por elté Auto afsi lo man. do, y firmó lu Señoria llaftriísima, de que doy fee; Antonio, Obilpo,8c. Ante mi Gines Martinez. El qual le notificóá todos los contenidos ed dicho Áuro,, y en elpecial al Prebidente del Convehid de Capuchinos de dícha Ciúdad, que dixo, no iria ex la proceisión el,ni (a Comunidad. 4 Halta aquí el ¡dicho Auto,coíbo fepuede vér ex el,que fe pondra 4 la letráímenos el nombre de la Ciudad, y Obilpá- do) en el fin delta Apología ;/éd fic «ft, que en été Auto no ay tal conminucion de cenfiiras ; y. ottaé penasal tal Prefidente, y eo lu nombié ¿ toda lá Comuúnidad ; comó es manificito de lúu infpección; Ergo, ke: $ Or 190: Niballara, 6 le quiliete dezit ; que hiñve ótros diltintos Aros : lo Ynó,potqúe hingon Auto huvo en que le mandalle (al eóla al Prefidenie de los Captchinos,hi conh ¿ontinación de cebliicas mi lar aicha contbiñácion;y ú nósporque n6 te préles- 0

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