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) edi cue támbiea fue nula dicha 4 Lo (egiíndo! parque pe algan Juez Ecle- Melcomunion,ex c+ e delógendnion' fin jal 'faltico pronuncia da «bates algo ¿pórque dl tra caula;conviene , ¡bra bricos 9 lémbiands 'ro algana limolna,alguna Obra buena, O lemejante, gor, ión mel vdlet ex caufa, porque cótic- la tal delcomun abilicuss6. Poll fimeh. e intolerable érror,cap.Venerabihs us). eee tiámo, de ¡eotest. excomiimimicationis, in 6. ¿daa Glott, Derb, Inia, in cp Sacro approbante,de feistéht .exeom- irrnieationis. Cardolo'en fu Praxi de Juezes,y Abo- ados,»erb Excómiminicatio,únm. 8 y comúniente los DD Sed fic eff,que dicha defcotuunion fe fulmi- 'nó contra dicho Prefidente;, por aver hecho vná obra de piedad, veneración, y Religion, como fué recibir con veneración en nueítra Igleía de Ca. puchinos4 la Santifsiima Virgen y Madce, y Señora nueftra: y movido para ello, ño lólo de la devaciod tan debida 4 Nueftra Señora,quele obligava a ello; lino tambien el evicar el elcádalo,que le originaria en clPueblo,negandofe 4 veneracion tan de julticia; como dicho Prelidente le dixo al dicko feñorObi(. po,como lc refiere en la elpecie del calo; tada. 2. 00 fue: Ergo, dec, UAT 5 Lortercero : Porque lá delcómúnion mayor (que es de la que ayui le habla)no le púede impóner validamente ; fino por pecado de defobediencia , y manificíta contúmacia,ex cap.Sácro dppróbante, dóde los DD.de febteñt. excómimunie; «áp.1.de offc. Vicar, lib. 6.cap. vide fenteit, excómibiinicas. tod lib.6. cap, Nemo Epifcoporum, 11. 4x4f8. 3. y de ótcos muchos textos. Y la tazon és j porque dicha ceníuta lá há inftiruido la IoleGa,có la autoridad que pará ello lá dióChtillo nueltroSeñor, Mattli, 1 ¿.cohiera los qué la fueren contumaces, é inobedientes; por aquell,¿ Palabras: Q.ubd fi Ecelefiam non eudicrit ¡dep fi Eccli- fiz tion obedierit) (ie sibi ficus E tónicas,O Pablicánás; Ame dico Vobis : Quecimgue ligáúerktós Júper birram erunt ligata, O in Cé!0,Y es Cotdnifiitno de losPB; Jed fic e/t, que en nueítro calo no huvo clobedien cia,ni cótumiacia,pues para cíta fe prerequiete, que Preceda precepto del Superior , y que con obltina- cion [€ le niegue la obediencia; es leg. cóntumatia, $ Contumáces, ff. de re judic. GlolL. in cAp Eonorabis; 74 difl.Verb Tot dy Jferiptis. Lumbier en la Suma de Atana,en el indice de vocablos, verb.Cótumatis. Ale. xandro, Elcoto, cor muchos, en el Vocabulario de ambos Detechos, pérb; Contamatió; Macliado , com. Vazquez,Cayerario,Filiucio, Nayarro, y otrosyldb, í; Part, 3. tratt.z. decumí. t í: mam. 1.) 3. y dize ler co. mún doétrina de los DD. éorio 4 la vetdad lo es; y €n nueftro cafo ro precedid' precepto del feñof Obifpo,fino fola vna politica uplica,como le refic. te en ka elpecie del Calo uumi, z. Ergo,éec. - Vrgetur ambplivs : Para el valor de la delco: oa la mayor de las penas , y la vlcima bd e ema caltiga,fcgua San Agultin, lib; dé Po +4 00 baíta qualquiera defobedien= »y COntamacia, ino Que le prere uicre, Inobedi Me combat refoción E q zi , ha da peon Esclefre Aminporjs Lib ex» Apolo git, Y A) e, ato 'communicationis Fend;como lo tiene con Soto ti, quez,Hofticole,Angelo,SilvcRre,Navarro,LuisLoj ¡pez, Mantel Rodriguez, Phitiaico, Ovando, Vega, Cañedo, Búttolome de Ledefara, Grafis, y Suarez, Sanchez de Matrimi, lib. y. difp. 32 ¿aum. 13. y coli Medina,Sayro,Hugolino,Avila, Epidio,Diana,y los “dichos,nueltroCalpente, dom. 2 1/04. 32 Se77 Ha 87.Y fe colige claramente de las palabras prealegas idas de Chriíto hueltro Bien por S. Mateo: Si Ecelgz Jam non audierit (id elt, GEcdleGe non obedieric) fe tib5, ficur Evtniéns 2 Pablicamas, q . 7... Y la razon de lo dicho es? porque como lg decoiunion fepare al hombre delos Sufra gios; Y Oraciones de la Igleña,, y de la Comunion con los Fieles, pide de lu naturaleza el que no fe im pongas fino folo'contra aquel, que pos lu inobediencia ej miímo le apartó de la FoleÑa ; Sed fic e/F; que la íu4 obediencia, por la qual vno peca contra algun pres cepto;que tiene anexa delcomunion latazo fer nda, es la que lola haze, 3 contituye contuivaci pro¿ lamente tal;porque entonces él tal verdaderámend te meñolprecia las llaves de la Iglelía,pues no teme la más grave peña de todás las ton que puede caltid ga la Igleha: Lúego para el válor de la defeomud ion no baltá la defobediencia geñeral'con que el hombre trafpala algún precepto de la Igleñá, ng que además de cilo fe prerequiere delobediencia, y contumáció:Re/pebta Eccleñe comminaitis Jfuh excoma bminócationis pena; dl Ae ga 8 Suúblumo,l infiera: Sed fzc e/,que en nueltra! ealo ho pretedió precepto fo pena de excomunión; imb5 ná precedió precepto alguno >» aádbue lin dicha cominació Lino lalo va ruego politica,comó le res hiere eít lá elpecie del calo, 4. 2. ¡bi DJs etimare, ErrLuego lá t4l delcomunion fundada lobre dicha fuego (asin calo Hegádo que le hiuvicile fáltádo á el) ñiS piido tenet valor! Ergo,Ne. . : , 9 Loquarto; porque la delcomunión prerey quiere pr valor pécado, y contumacia mortal, ' como lo tiene la toman fentencia de losDD.¿onftá del Derecho Canotiico, cd, Nemó, 41.11,9u44/M.3. O 14q4e/1.3. eáp.1. donde lo horan los DD de ¡ná YC. cap. Sacro de XcomMmunici cap. Romasa cod: mó, $0 ¿vtant,donde la Glofí, derb.Mora, y dé otros may chos, lo iiddjea baltantemiente el Sagrado Cóncilia de Trento, S+.// 25.04p.3: de Fimáb. y lo peifuada la razon natural.Lo vno,porque aljás efta pena,que se la ajo de la Igleía, como lo tiene $; Agultiny: Dhi fúpra, y Contta de fis efcétos; ho le conmenturad. tia con la culpa, lo qual es contra toda tazón:pues la ésclaplicar medicina tigurola d enfermedad liges 12, y poner grave pena por ligera culpa, contra el Xridentino,»24 fuprá,que dize, no debe hazerle, E? lenibas rebrs,y contra todo detécho,que enfeña,que as penas le harde proporcionar 4 las culpis,coma veremos en la cócluñoi: legúnda. Y lo otro, porqué no es conveniére,ni eonlono 4 la razon él privar de: los labfidios del Reyno de los Ciélos al que por ef: pecado no (e ha privado del,como lo A delas Blcaclas Sang Tous in Addjcionis, y. parta quefts J '

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