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desean, y es, que el pueblo en la embriaguez de sis locuras aplauda al que quiere subir por encima de sus hombros 4 la altura del poder. Y ;qué! yno esta- mos viendo eso en todas partes, donde se derriba una - autoridad existente? ;No sabemos todos, que son fa- bulosas las cantidades que se emplean para obtener votaciones favorables 4 las candidaturas que cada oli- garquia quiere tener, 6 cada individuo busca para si? iNo es piblico y notorio el uso de la fuerza brutal para alejar de las urnas 4 los que se teme ‘que han de votar contra esos partidos? Ese derecho de consti- tuirse los pueblos como mejor les parezca, es por lo tanto la sancion legal de la vida revolucionaria, y el principio constitutive de la rebelion permanente. * No diremos que no se dé, 6 pueda darse, algun caso, en que un pueblo se cénstituya de nuevo, 6 por haber sido destruido en gran parte por un enemigo formidable, 6 por haber desaparecido en todas lineas los que por derecho legitimo eran el tronco, sobre el cual tenian vida Jas instituciones. Pero esto no es en realidad constituirse sobre nuevas bases sociales, si- no renovar lo que caducaba por un desérden momen- tineo, reparar lo deteriovado, edilicar lo arruinado, pero siempre sobre Ja misma raiz y sobre el mismo fundamento, que son les principios de eterna dura- cion, cuyo gérmen est impreso por Dios en el en- tendimiento humano. De esto, 4 ensefar que el pue- blo tiene un derecho siempre inmanente, y con una vitalidad que puede desenvolverse, siempre que ¢l lo quiera, de constituirse como Je parezea, hay una diferencia inmensa: aquello es el derecho natural y la justicia, esto es la sancion de Ja fuerza brutal; co- mo aparece bien claro por lo que esta pasando en las

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