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LAS CONSTITUCIONES DE ALBACINA 261 ni carne, ni huevos, ni queso; sin embargo, si cuando se pide limosna, alguna persona inspirada por el Señor, lo ofrece, se le puede tomar, procu– rando siempre que en todo se observe y resplandezca el estado de la santa pobreza. Y si fueran enviadas dichas cosas a los lugares donde habi– tamos, cuiden los superiores y los demás hermanos de no dejarse vencer por la poca fe, por la avaricia o por la codicia, que si ya hay cosas de estas en el lugar en que habitan, conténtense y no tomen más, cosiderando nuestro estado y la altísima pobreza que hemos prometido: pobreza «que a nosotros, mis queridísimos hermanos, nos ha constituido en herede– ros y reyes del reino de los cielos, nos ha hecho pobres en cosas Y' nos ha sublimado en virtudes. Sea esta vuestra porción, la cual conduce a la tierra de los vivientes ». 9 Y cuando se reciban tales cosas de acuerdo con lo dicho, atiéndase a la cualidad y cantidad, que sea según nuestra Regla. 18. Igualmente, ordenamos que los superiores sean muy precavidos en el buscar limosnas, de suerte que no se lleguen a hacer grandes provisio– nes, sino para cada día, para dos o tres días, o a lo sumo para una semana, según la necesidad de los lugares y su distancia (aislamiento), teniendo siempre en el corazón y en la práctica de las obras, en cuanto es posible, nuestro estado pobre. 19. Igualmente, ordenamos que ningún prelado ni otro de los herma– nos se atreva a poner en los lugares cubas de vino, ni tinajas, ni barriles ; sino que tengan algunas garrafas o vasijas, según requiera la necesidad pobre de los hermanos. 20. Igualmente, ordenamos que si alguno de los hermanos no quisiera llevar más que un hábito, se le conceda, porque se lo concede la Regla; 10 y a quien no le baste con el hábito, tenga una túnica pobre y corta que pase la rodilla cuatro dedos; y si hubiese alguno de complexión muy sen– sible al frío, que hubiese hecho la experiencia de no poder resistir con un hábito y una túnica, como es el caso de los hermanos ancianos, de los débiles de condición, concédaseles un manto tan amplio que extendiendo los brazos cubra la extremidad de las manos , y que no la exceda, sino que sea igual a dicha extremidad, o bien muy poco más, de suerte que la cubra y no más. Y las cuerdas sean burdas, despreciadas y con nudo simple, no trabajadas adrede. 21. Igualmente, ordenamos que se provean los paños según la necesi– dad presente, teniendo siempre esperanza y fe en el Señor. 22. Igualmente, cuiden los superiores y los hermanos de que la longi– tud de los hábitos no exceda de once palmos comunes, o doce para los corpulentos, y la túnica, de siete palmos. Y cuiden que las mangas sean ' Cf. 2 R 6, 4-5 . 10 2 R 2, 14.

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