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difpentay. chos Q,, lo Milmg “ON, de lo; » Eclefie jue Queda. acion i€Dj- POrque jog AZON, y def. Orden; th uarez, Co. “y Donacina, AMeNtong 1 Quien no clerlo: Sef Ente loco; dego fe Jur: -famento ts : L.vego j anes de in. note puede Bernal 44, ta, en quits recibir vali. fexo vinl, OF lef Ure. ifpenfacion. CN quanto a ver on Dis 93 Lenuy ila nam? 8, de el mimo Vv Tor uci andro qitét z, File, 9, Filibino, » def. nied t ambien & KEmatrodit prewalecia tt ors, legit validamemt mde lo wil la de rect ie irlos vill on, y cus duanamen nueve 4 los comoo™ ‘, namin, idio gue Lf. 6. yw {ros Lit T ma, 1 Los int . sos Ose” , dn} 7 *) Conferencia III. Miniftro, 9 fageto,deefté Sacramento, ciencia,€5*c. 419 » diftindl. 77.clan en practica: antes comunmente fe praética lo.contrario , O fe juzgan derogadas dichas difpofiaents : !o otro, porque como dize Soro en Goneilio Vienenfe, fub;Clemente. V. fe difpufo, queJa primera Tonfura, y los quatro me- norcs Ordenes, fe pudieffen recibir defpues de el feptenio, como lo noto la Glofla en dicho Conci- Q. 108., Conclufion to. El fugeto, que ha de re- cibir icitamente el Subsiaconado, ha de! tener veinte y dos afiosde edad; el que ha de recibir el Diaconado, viente y tres; el que ha de recibir el Sacerdocio, wentée-y cinco: masno es neceflario que dichos afios fean completos,, fino que: balta; gue. fean-inceptos, 6 incohados. La 1. parte confta ° de el Conciho Tridentino Sef: 23. cap. 12. Nullus in pofterum.adSubdiaconatus Ordinem ante vige/ste mum fecundum, ad Diaconattus ante vige/iimum ter- i1am, ad Prashyteratus ante vige[simum quintum ata- 115 fue annum promoveatur La2. parte es comunif- fima de «los Doétores, como: fe puede vér en Bernal ub: fuprayn. 13. Bafleon. 7¢ Dicaftillanum. 301. Leandro guaf.3.¥ enTorrecilla cap 4.quaj/it. ivn.2. Y contta uno ex leg. Qua arate, ff. de tefta- ment. ¥ lo otto, de la praxiuniverfal de la Igle- fia; de modo, que para recibir hicitamente el Subdiaconado, baftan veinte y un aiios, y un dias para el Diaconado, veinte y dos afios, y un dia: pa- ra el Sacerdocioy veinte y quatro afos,y un dia; y baftara, que el ultimo dia deel afio requifito, elte inchoado, aunque no aya paflado todo; v. g.Pedro cumple viente y dos anos a diez y fiete, de. Dizie embre porlatarde, podra dicho Pedro Ordenar- fe de Diacono dicho dia por la mafianay, /ra Caf- pent trad, 26. dip. 1. fet 6.num.40.Leandro 9.8. con Pedro de Ledefma, Diana, Thomas Sanchez, y Mandofio, Panormitano, y Naldo. Y lo mifmo tiene por mas probable N.Dodtiffimo Torrecilla, ubs (upran 23. Y fe prueba: porque, Dies inceprus haberur in favorabslibus pro completo. Leg. 1. ff. de manumifsten. leg. Qua erate §.jf. de teftament. ¥ la tarde de OG dia le trae a la mafiana deel mifmo dia, porque componen un mifmo dia; Sed fic eft, que fi Pedro cumplieffe losafos en dicha tarde, podia hcitamente Ordenarfe de Diaconos antes que paflafle el dia: Luego tambien podra ordenar- fe de Diacono ala mafiana de el milmo dia. 109 Conclufion 11. El fugeto,que ha de reai- bir hicitamente la C6fagracion Epifcopal,6. que fe ha de ordenar de Obifpo, neceffita de treinta afios eumplidos: contta deel Concilhho Tridentino Sef. 24. cap. 1. cxecap. Cum in cuntlis de elettione.¥ de el Concilio Agathenfe cap. 17. Para el Cardenala- to fe requiere:la mifma edad, que para elObifpado: mas por el dilpenfacion,6 céceflion de Pio V.pue- de uno ler promovido a Diacono..Cardenal a log vente ydosanos de edad: para el Canonicato Cathedralle requiere veinte y dos aos comen- gados: para cl Gananicato Colegial battan ¢storze anus : . para el Beneficio Curado fe requieren veinte, y cinco aitos! y para los Beneficios fimple catoi Ze aflos comengados:E {ta difpueito en el Tea dentino ef: 24. eea-pe comun delos Doctores, como fe puede ver en Licandr. gueft ga T orrecillay, num. 27. Bernal n.23. Diana part. 12. tradt. de cone: fecracion.Ep: feopor.refol. 49. GG) Vix Cony 110 Conclufion 12. la edad requefita para: los, Ordenes debe computarfe deide el dia de ¢l Nacimiento, y nodefdeel dia de larconcepcion de el ordenando: Ita communiter Doctores apud Tot recilla guafir.5.n.4.7. & Thomam Sanche’ tomo2i confil, 6.7 dub 33..& Moyam tom. .tratt.4 quafts 12 §.111.%.16. ¥ fe prueba lo 1 porque afli lo de+ clara‘Ja praxi umverfal de todos los Sefiores Obif> pos, Jos quales fiempre computan la edad de los or denados, pidiendo la fee del Bautifmo,y numerans do defde dicho Baunfmo los afios 5 my , efto-es declarar, que la edad para las Ordenes.fe debe com putar defde el dia de el Nacrmiento: Luego dicha edad requifita paralas Ordenes debe computailé - deide el dia de el Nacimiento Lo fegundo,porque. la edad paracl Matrimonio, y para la Profefiion Religiofa, fe computa defde el dia de el Naicimis ento;y fi uno profeflara, quando cumplia diez. y fe is afios defde fu concepcion, y no defde el Nacimi- ento} fe juzgaria nuladicha Profeflion Rehgiola: Lego tambien la edad requifita para los Ordenes “Sacros debe com putarle de{ue cl dia de Nacimien= to,y no defue el diadela concepcion de el Orde nandase 1) si) sae 111 Conclufion.23. No esculpa mortal ore denarfe de prima Tonfura, y Ordenes menores, folo por dechiar la jurifaicion fecular, y gozar de el privilegio de el fuero Eclefiaftico; 0 folo con animo de gozar de dicho fuero, 6 folo con animo de gozar por algun tiempo el Bencficio Eclefiatti- co, y defpues tomar eftado de Matrimonio. Lead. difp. 7. quefi.g 11 y 13. Con otros muchos: Caftro Palao tom. 2 trati. 13. difp.4 penéi.7.n.1§.Dicatti- — lio fupra dubit. 22. numer 329. Torsecilla cap. 4. qxafit.7.ni 58 59. .60.y 61. con otros muchos,que alh cita: mmo ni féra pecado venial , per fe loguen- do, como bien dicho Caltro, nas 166 yotros, que reficre. Torrecilla; .e] qualyno lo reprueba: Larazun es: Lo uno, porque no ay precepto,de q - recebidos los Ordenes menores, f afcienda 4 los mayores: Argus, donde no ay precepto, na puede aver culpa: Luego en ordenarfe de Ordenes me- Nores con animo de no afcender A las mayores, no ay culpa alguna. Lo otro, porjueienel cup. 1. De filjs Presbyter. Se concede al Obifpo. .dupenfar con el ilegitimo, para queno pueda recibir los Or- denes menores: Sed fic eff; que dicho ilegitimo 00 pucde afcender a: los. Ordenes mayores. Luego no ay culpa algunaen recibir los Ordencs me- nores, con animode no afcender a los. mayores, Lo otro porg, in cap. Joannes, cap. Diverfis fahacijs, de Clerico coniugato,le cOcede libertad,y faculrad al ClengodemenoresOrdenes, pata,tomareftado de m atrimonio:L.uego no {era culpa alguna retro- ee.

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