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192 en agtavio del quelaobruvo, y merecio: Lue- go, Xe. - 570 Hedichotambien alos Sacerdotes Se- culares; porque refpecto de los Regulares ay ma- yor difficuldad.Louno, por la Clementina Duda de a Y lo otro , porque los Regulares no reciben la jurifdicion inmediatamente de los O- bifpos, fino que puefta la aprobacion de eftos,re- esben la jurifdicion inmediatamente de el Ponti- fice. Y affli jazgo,que el Ordinario no puede va- lida, oi Licitameote ‘revocar las licencias de los Regulares fin caufa jufta ,ora las aya concedido abfolutas; ora cé la clauiula U/que ad noftrum be- neplacitum. Affilotiene con muchos que cita, Leddro del Sacraméto ced.difp.11. qna/t,88.b.89. y quaft-go.¥ con Peyrinis, portel, Filtucio, Ce- leftino, Delbene, Tancredo , Rodriguez, Tru- Nench,y otros, tiene lo mifmo Fray Anconio del EfpiricuSanto tom.1.Direlt .tratt.5.di[ p.13.feb.11 num.885. 886. Y fe prueba: lo uno, por el motu propio de Pio V. im Extravagants Romani Ponti- ficis, Sc Lo otro, por una declaracion de Carde- nales, qne refiere Lezana tom. 2. 9q.Reg.c.19.n.7. L6 otro, porque la jurifdicion de los Regulares pende del Papa inmediatamente,pucfta por con- dicion la aprobacion del Ordinario : luego avien- dola puetto ya, fe verificd la condicion , para que el Regular recibirfle del Papa la jurifdicion: lue- go no pendiendo efta del Ordinario, ni valida, ni an podra revocarla, lo aviendo cauf julia. , 571 Conclufion ro. La aprobacion , que el Obifpo dio alos Regulares, no puede fu fuceffor revocala univerfalmente , refpecto de todos, fuf- pendiendoles las licencias, y llamandoles a nuevo examen Affi lo tiene Vafquez én part. 3.10m,4.93° art.3.dub.5.num.2 y num 4.Villalobos tom. 1.tratt 9.4iffic.53, n.5.Y con Enriquez, Soto: Juan de la Crus, Dicattillo, y otros, Antonio del Efpiritu Santo ibid felt. 12.num.891.con Carrangayy otros Leandro quef?.gt.Torrecilla en la Suma ,tom.2.tr . 4-dilp-3.c¢p. eae el examen de Obifpos pag. 311.num.81. Y con una Congregacion de Prela- dos Salmanticenfes,y otros,tiene lo mifmo el R. P. Fr.Menuel de la Concepcid de Penit..difp. 6. quaft.1§. num 940. Lo primero, fe prueba con la Clementina DudumLo fegundo, con la Extra- vagante Inter cuntlas, de privilegijs.L.o tercero, cO “una declaracion de Cardenales , que refiere Bar- bofa de pote/t. Epifc.alleg: 25 n. 30. Lo quarto,por que ni el Concilio Trikeitings ni age otro De- recho ordena, que los Regulares, aprobados una vez por el Obifpo, fean fin caufa jufta por el fu- ceffor fafpenfos , y bueltos a examiaar: luego no es razon conceder efta facultad alos Obifpos c6 trael derecho comun dela Clementina Dudum y otros privilegios . Lo contrario tienen alguno Do&orés, fundados en el motu propio de Pio Vy Pero efte fue revocado en quantdaa efto por Gre- gorio XIII. en la Bula Jntanta negotsor«m:como Tratado VII. Del Sacramento dela Penitentia. con Navarro, y otros, lo noto Antonio del iii ritu Santo /ap.num.892, Nitam poco obita 66 nue(tra conclufion e) Breve de Clemente X.j perna Magn: Patris: como lo noco Fr, Manuel la Concepcid fupra g4eft 16.n2m.979.De aqui que ni cl Capitulo Sede vacante puede fulped y revocar las licencias do los Regulares gene mente : como lo tienen los referidos Autores; amas de'eflos, Fagundez, y Miranda, que citayg figue Diana part.2 tralt.2. refol.27.1» fine.y Otros 572 He dicho en la conclafion de los K lares generalmente, porque a uno, o orre Re; bien puede el Obifpo fufpenderie la licencia llamarlo a nuevo examen,aviendo caula juftay: pertenezca ala mifma confeffion, como de ign rancia, fraccion de figilo, &c. Affilo mene lobos wbifupra ; y con otros Antonio del Ep tu Santo sid. Leadro ead.queft.gi.y otros He cho tambien e] Obifpo fizcefor , porque del mip mo Obilpo, que concedio a los Regulares aprobacion, aun es mas comun, que no pue en general revocarles, y fufpenderles las licencia de confeflar. Y lo tienen , de mas de los Auto referidos, el Cafpente wb: /upra felt.gn.71.Bal verboConfeffarius 3.num.18. Vidal, Prepofito, Th mas Hurtado, el Barbattrenfe,y otros,que cita, figue Antonio del Efpiritu Santo ead. felt, 12.4 $89. por las razones dichas en el numero antec dente. / aa iae 573 Conclufion 11. La ratihabicion de pr fente, maniteftada con algun exterior figa jarifdicion baftante al Sacerdote, para que admits niftre aquella vez. el SacramenroE fta rarihabic de prefente , confifteen que el Ordinario vea, el fimple Sacerdote oye la confeffion , y pudien do libremenre eftorvarlo,no lo haze , fino quel tolera , y efta efpontanea tolerancia , fabiendo @ el Sacerdote no es alas aprobado, esfuficient figno fenfible de la ratihabicion. A fiilotiene con otros, Bafleo verbo Confeffarins 2.num. 17.¥ cO comun Fr. Antonio del Etpiritu Santo abi finpr difp.11 fett.g.num.781 5 feq.Calpenfe fapra feb nnm.45.Palao tom.4.tratt.22. punt. 14. 0.2. Moral trai.6.cap.10. puntt.4.num. 65 9 00s razon ¢s;porg fi expreflamente diera el OfGipaRy | rio efla facultad, OjurifdiciG, fe adminiftram lidamente e] Sacramentos Arqui, la ratshabiciomy| de prefente, en cl modo explicado, equivale a exprefla facultad: Ergo.&c. Pn 574 Seha dicho la ratihabicion de 'prefenm porque la de futuro, que es quando aétualmen: teel Ordinariono love, pero fe prefume fers aguella fu voluntad, no, da jurifdicionb pe fadminiftrar efteSacramento. Affi os Autores citados: y con Vaiquez, Suar to,\y la comun, el Cafpenfe ib:d a, 43 unt fegun la regia 10. de reg jur.in 6. Ratibabitio retro trahitur © mandato non eft dubs comparari. Pero | effo fe entiende en los contratos, y otras colas Cla viles; no el punto defju: ifdigid facrameétal, |; a) 575: © 9,

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