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Confer. XI.Dela [ormade! Sacramentodela Penitencia. folo tenia, y tiene dificultad para la abfolucion Ia’ coftumbre de pecados mortales , find tambien la de veniales, y de ambas fe difputa, y fuele difpu- tarfe; pues fila coftumbre de mortales ¢s feral de falta de dolor, y propofito, por cuya caufa el Pontifice condena el poder abfolver al que tiene coftumbre de mortales, fiendo la coftumbre de veniales tambien fefial de falta en el dolor,y pro- polio, por la mifma razon eftara condenado el poder abfolver al que tiene tal coftumbre, find confiefla alguna otra materia remota, que no ica de coftumbre. . Objecion quinta. g41 Ladichacondenacion es de interpreta- cion eftrecha , y fe debe antes reftringir afola la coftumbre de pecados mortales, que ampliarla timbien la coftumbre de los veniales ; pues efto fueraampliarlos odios, y las penas contra todo derecho: Ergo, &c. Torrecilla shid.num.6. Ref- pondo: que es verdad que te ha de reftringir, no ampliar la condenacion; mas no esampliaria, cl entendetla én fu genuino, y proprio’ fentido , en que habla dela coftambre de pécar indiftintamé- te,afli de mortales como de veniales, y donde la Ley no diftingue, noforros no debemos deftin- guir Mas,que el condenar’ por licico/ el abfolver en la coftumbre de mortales , es porque eftando la tal Coftumbre, no f€ cree queaya dolor,ni pro- pofito : lo qual igualmente fe verifica en la cof tumbre de los'pecados ventales. ‘ Objecion fexta. 542 Mas facilmente fe debe dar la abfolucid re{pecto de lds venialesy que refpedto de los mor- tales, por quanto mas’ facilmente fe comeren aquellos, que eftos;como dize Egidio de Sacram. de effectib. Panitent difp.2.dab. 14.infine. A lo qual haze tambien, que en orden alos veniales , no fe requiere propofito de evitar las ocafiones proxi- mas: como lo nota Dicaftillo , y de efte Diana p. it.tratt.s.refol.4g §.Rurfus.-Ergo,&c Afi Torre cilla fapr.nam.1o.y 11. Refpondo: que es verdad, uereipecto de los veniales, fe puede dar la ab- olucion mas facilmente,querefpecto delos mer- tales como lohe notadocon el Curfo Moral en el num $34, Pere efto fe entiende cont tal, que el Confeflor haga juizio,que el penitente tiene do. lor de dichds veniales;lo qual no debe juzgar’, quando fon i coftumbre frequente:y lo qne ¢} argu mento puede probar ; es, que fi el que tiene eltumbre de mortales, y no ha fido amoneftado del Confeffor puede fer abfuelto tres , 6 quatro vezes;como con Hozes, yel R. P. Torrecilla,y een la t.part.de mi Pratt.locest #298 Podra eftoettenderfe hafta cinco,6 {eis vezesjen, la coftambrede yeniales, por la mayor Facilidad- que ay dé en los veniales , que en Ids Parte II, as 18> mortales: pero pafladas eflas vezes, no fe podra abfolver mas ; find ay alguna circunttancia para creer fer el dolor extraordinaria. A lode Dicaf- tillo, y Diana, acerca del propofito de evitar jas ocafiones proximas, fe refponde, que hablan ef- tos Autores dela ocafion involuntarie, como fe colige de fus palabras en la milmare/ol 23,7.§, Rur fxs,donde dize’ Diana,deDicatftillo:*Quiod in or- dine ad venialia non requiritur propofitum vi- tand1 ocafiones ‘proximas? hoc enim propofitum requiritur folum, quando permanentia ii ais eft illicica propter periculum.*¥ mAs abaxo ahade: * Propter quam caulam neque tenemur evitare . Ccafiones proximas vemialium; neque mortali vage, quales poflunt efle permancntia inmilitia, velin aula, &c, * En que habla del propofico de evitar la ocafien proxima, que es ilicita, y, efta, dize,debe evitarfe: Lucgo la que dszen, no debe aver propofito de evitar, es la licita: la licitaes la involuntaria: Luego de efla habia. Lo otre,que habla de lade mortales,y venirles : en lade mor- tales folode Ia involuntaria fe pucde’ dezir, que No es neceflario propofito de huirla.: Luego acerca de los veniales habla tambien. dé la invo- luntaria Mas, que pone cl exemplo de foldada, 6 el que tinen oficio en Palacio, que no uenen Obligacion de dexar fus oficios, por ferles ocafion involuntaria depecar: Ergo, &c. hed $43 Con efto queda refpondidoa rodos los fundamentos, con que nueftro Eruditiflimo, DoGiffimo P.Torrecillaprobo g era probable,g Podia fer abfuelto el que tiene coftumbre de pé- cados veniales, y no trae otra materia remota de la vida prefente,6 paflada, fino folaladélos ve- niales de coftumbre : en eh aual cafo foy de fen- tir, gue no puede fer abfuclto,fin dar alguna otra Materia que no feade coftumbre , porquectta coftumbre es feitial que no trae dolor formal, y eficaz,que fe requiere paracl valor dela confei- fion de pecados veniales; ni aun dolor virtual fe ha de prefumir, porque la prefumpcion, que po- dia fundarfe en la voluntad de recibir el Sacra- mento, y fu efecto, fe defvanece con la coftum- bre, que es indice del coragon, y del dolor; y es argumento contra el dicho dolor. Por lo qual al penitente, que confiefle pecados veniales fola- mente decoftumbre, procure el Confeffor pe- dirle otra-materia de la vida paffada , diziendole: Alguna vez no ha jurado, ne ha murmurado, no ha tenido alguna odio?&c. y con efta materia,que no fea de coftumbre, lo podra abfolver. Veafe el lugar citado de msi 1. p. de la Pratt.tratt. 10.n.277 5 feq de las impre{iiones in folie. ; CASO VF. ‘ ha fido muchas vetes folicitada del miimo Dayo para pecar contra la caftidad: y aunque al- guna vez, 0 otra ha confentido , pero las mas ve- es é Q4 2¢$ ath Emilia habita con Cayo en una mifme
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