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y 7 nr 2p 3 os y É ' 4 cd Di” Confer. IIT.Minifiro,y fugetoa elite Sacramentoscieicia, PE folemnesfueren excluidos de la Religion ¿quede dicha Religion obligada á confignarles de los bienes de lá Religion,quarenta efcudos de renta, o penfion para cada vn año. 117 Conclufion 18. Dicho titulo de Benefi- cio,o Patrimonio, debe fer tal , que el Obifpo lo juzgue por fuficiente para la congrua fultenta- cion del Ordenando ; y lino fuere tal , pecará el Obilpo en Ordenar,y el fugeto en recibir losOt- denes. Torrecilla quefir.13. num. 83. con todos. Leandro queft. $. por cierto. De modo, que ha de fer cal el titulo , que induzca moral certitud, de que el Ordenado no llegará d ver(z precilado á mendigar , ni ¿exercer empleos indecentes al citado Sacerdoral. De donde le infiere , que ferá baftante titulo la fidejuísion de los alimentos he- cha al Ordenando,como le crea ciertamente, que el fiador cumplirá lo prometido. Infierele tam- bien,que el Graduado en Canones,0 Theologia, podrá licitamente recibir los Ordenes mayores, quando por íu mucha ciencia , eltimacion, y cre- dito, fe tiene por cierto , que no le faltará de. cente fuftentacion. Inficreíe tambien , que la [e guridad de fultento congruo , adquiridopor tras bajo propio, e induftria períonal, noes. titulo fuW ficiente para recibir los Ordenes Sacros : porque aqui no ay feguridad moral, de quenunca fáltas rá el fuítento , pues feimpide por enfermedad; y á mas de eo , no es decente , que el Sacerdos te trabaje mannalmente para fultentaríe , fino que tenga por otro capitulo el Ínltento, para va= car libremente á Dios, y cumplimiento de las obligaciones Sacerdotales. Todas eftas ¡laciones fon. conformes ¿la [entencia comuniísima , y Concilio Tridentino. ee 118 . Concluñion 19. El fugeto que recibe Ordenes mayores con Beneficio , O Patrimonio» O otro qualquiera tirulo fingido., con adverten- cia , incurre en fu/fpenfion. Ira Vazquez ,Susrez Navarso y Pedro de Ledefíma , y otros , que cis tá, y ligue Leandro di/put. 9. queft. 4. Thomás Sanchez tom. 2. Confil. lib. 7. capo 3. dmbio 35. num. 12, con otros. Calpeníe trat. 25. difp.3. fet. 5. num. 44. con otros. Balico num.7. con Avila, y otros. Y fe prueba : Porque el Conci= lio Tridentino, feff.21. c4p. 2. innova , y confir= ma las penas impueítas por los Sacros Canones contra los que le ordenan de.mayores Ordenes íin Patrimonio, O Beneficio, ibiz Antiquornm Ca- nonum penas fuper hijs innovando. -Sed fic est, que en los Antiguos Canones, cap. Santorum, 7 cap. Neminem,e::a impuefta pena de fufpenfion contra el que recibe Ordenes mayores fin Patrimonio, o Beneficio fuficiente para Í1 congrua fuftenta= cion : Luego » fegun el Tridentino » incurre en fufpenfion el que recibe los ordenes mayores fin Patrimonio , 0O.Benefcio (aficiente para la eongrua fultentacion. Subfumo : atqut , el que íe ordena de Ordenes mayores , O las re- .ibe con titulo fingido , recibe dichas Ordenes Confer.Párt.IME, 421, fin Patrimonio , y Benefició fúficiente para /a-, congrua [uftentacion: Luego el Íugeto , queres cibe Ordenes mayores con patrimonio, O Bene-. ficio , Ó otro tichlo fingida , incurre en Íulpen= lion , fegun el Concilio Tridentino. No dbitan=, te ay muchos Autores , que defienden lo con trario por probable. Videantur Balleus , qui vis detur ibi consrarims, 8: Leandro. difpe gu quest. qa Torrecilla,rom. 1. Symme, trat.de difpol. cap. 74 HUM 109» 119 Deefta concluñon fe infiere , que na es titulo fuficiente , para recibir los Ordenes mayores , la elperanca de la fuceísion , O heren= cia paterna, Ó materna; oi ¿as quocidianas limo(= nas de las Miflas , ni el Beneficio, que cierta- mente fe elpera obtener en lo futuro : porque todas eltas colas ¿ no inducen moral feguridad de congrua [uftentacion perpetua; pues la heren= cia paterna , y materna, pueden difminuir; y el padre , y madre » pueden mudar de vo- luntad , y hazer heredero d otro en algunos Reynos: Y el Beneficio , que de cierto fe ha de. obtener , no es titulo de Beneficio pacifia camente pofíeido , como lo requiere el Conx cilio exprellamente en dicha fefí. 2%. cap. 24 Veale la doctrina de elte Corolario en Lean. dro , fupra queft.9. 0 134 y eo Torrecilla , fs pranumer. 97. Pero lerán fuficientes titulos pas rá recibir los Ordenes Sacros, la Coadjutoria con luceísion del Beneficio , la Vicaria perpe= tua, el Patrimonio dádo con condicion de bol veríe ¿quando le obtenga pacificamente el Bes neficio , la penfioñ perpetua. Ita Leandro,quefto 19: Torrecilla, »umer. 98. con otros ;- los qua- les dizen por cierto , que la Vicaria tempos ral , O no perpetua, no es titulo fuficiente pas ra las Ordenes : Y advierto con todos los Doc. tores, que en quanto á la quantidad de reas ta » que ha de tener por el título para las Ora denes , no ay cola fixa , fino que eflo queda al arbitrio del Obilpo, O de aquel á quien eltá cos metido el deignarla , fegun la variedad de Pros yinciás, e. $. UL Cafos praticos acerca del Miniftro ,y fugeto desta Sacramentos E SVMA¡Rl1O. Si podrá el Obifpo Ordenar a fu Familiar antes de cumplir los tres años de [u ferwicios y como fe han de computar? num.120. No es necejJario que fe quenten defde que fue Ordes -«b en Obifpo, num.121. Si bastarán los tres años comengados ? num.122. Silos Abades Magnos podrán Ordenar a [us Novs4 cios? 1mm.123- : Na 32
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