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370 de., es fugeto capáz de 10> efectos dee Sacra- mento, y ertá Eeclamonte diipucito: Luego d:¿hos locos, faruus,y ariolos, lon iugetos capazes de recib.r ¡os efectos ette sacramento. 103 Conciuionó. A los que no eltan en pe: ligro de muerte por defedto, O enfermedad natu ral, lino per otra r4z9n30 juitaso imjuíta, de mudo que a la emuerte no preccóa entermedad , no ion lugetos capaces de recibir cíte Sacramento. >ua- rez curado fict. 2. num.o. Dicalt. dum. 161. Con la comua ; Leandr. quaft. 9.) LO. donde lo tiene por cierro con dicha comun lentencia Ballco, Ci- tado con muchos,que alega € aramuel,y Torreci- lia quajir.3. Y le prueba : Lo vno, porque al 4 lo obierva in praxi toda la Iglena.Y lo otro,porque afsi coníta de la Epiltola de Santiagoyibi:Infrma- tur quis in vobis? Iducat,L7 c+ Y dei bridentino,y Fiorentino , citados arriba conclujion 1.141.102. Imóo, nó folo fe requiere fugeto enfermo para lo licito delteSacraimento, fino aun para lo valido,es necéllario que la enfermedad fea peligrola,y que conftituya en articulo opeligro de muerte,como todos fuponen, apud Suarez,L-andr. Baficum, Dia- nam,8 Torrecill. coníta de la Epiltola de Santia- go,y de ambos Concilios, Tridentino , y Floren- tino, citados arriba conclnf.1, Delo qual, 109 Inferirás lo 1. Que elte Sacramento no fe puede adminiftrar a los fentenciados a muerte de horca, de contarles la cabeea , de fer aláncea- dos,o arcabuceados, ni a los que eltán eu peligro de muerte, por emprender navegacion peligrola, dir a entrar en batalla , menos que eltos , por cauía del fulto,incurrieren en alguna enfermedad peligrola,que eotonces fe les deve adminiítrar el- te Sacramento , como advierte Suarez citado, y Leandr. quefl. 12. ni fe puede adminiftrar alos que mueren 4 manos violentas de Ladrones, fino quedan con vida, y enfermedad caufada de algu ma heridad,que les dieron dichos Ladrones. 110 Joferirás lo 2.y fea la 7. conclufion: Que a todos los que eltán woribuados, o en peli- “gro de muerce por enfermedad nacural, le les de. ve adminiftrar efte Sactamento como a fugetos capazes del.Es comun ,come le puede ver en di- chos Suárez, Bafleo,Caramuel, Dicaítillo , Lcan- dro,y Torrecilia: Y aísi le deve adminiltrar a los heridos de muerte con hierro, d otro qualquicra inftrumento;a'los mordidos de ferpientes-, 0 ani- males venenolos ; a los que adolecen de muerte por algun repentino <ccidentesa los merdidos de algun perro rabiolo ; a les que mueren de mucha ancianidad;a las mugeres,que eftán en peligro de morir de algun parco: Todo efto es coman contra “a: gunos,como le puede vér enlosdichos,y en el- ipecial en Torrecill.cap.6. quefit.3- y en Leandro qusjt.12+ 13. y 14. y aun (egun notan Dicaítillo am 162. y Leandr. quef.16 le deve dar fub con- dirióne aque eRtá tan poftrado, que le duda li elá vo Metro por enfermedad ; y citan a Suarez coñ la Comun, aunque yo ne hallo , que Sharez, Tratado Xx 1. Del Sacramento de la Extrema-V aucion. donde ¡c citan, leve.clto expreflamente; fi bien fe infiere de toda la lección legunda citada.La razo de touo la dicho es, porque de tudos eltos le ve= rifica el Infrmatur quis in vobis. Y aunque la Can. ía de ja enfermedad fea yiolenta,como en las he- ridas,y mordeduras, pero delpues rciulta enferme dad natural: Y en la muger,que peligra de parto, le verifica morir de eufermeváa natural,pues Con. ? la violencia de los dolores 1e deficmplan los hue mores, y de origina la enfermedad, que le quita la vida. 111 Concluñon 8. En tiempo de entredicho + le deve adminiltrar elte Sacrámento al eufermo, + que no pudo recibir el de la Pevigencia, ii Encha E riftia, aunque dicho.enfermo no tenga la Bula de la Cruzada Ita Leandro quajt.18. con orros, Dia caltillonam.143..cou otrós , Diana par. 3. 11adh 4. reful 172. y Torrecilla cav.6. ques i.4. Pruebas le efra conclution: Porque la pidad de nuéltia Madré ía Igleliátio quiere privar. a nadie por la ceníura de entredicho de lo que es necellariu con neccísidad de medio para la telvacion : .41Gu, al dicho enfermoén dicho caío podia ler neccflirio có necelsidad de medio para la lalvació elte Sacra mento: Luego la piedad de nueftra Madre la Igle- fia no quicre por el entredicho privar a dicho ea- fermo deíle Sacramento. La menor le prucbaz Porque teniendo dicho enfermo coutricion exif- timada,y recibiendo elte Sacramento, fe (2lvaria; y fino tenia concricion verdadera, ni recibía cfe Sacramento, le condenaria : 4 1qu1 , es muy fadi- ble,queno tenga contricion verdadera, y la ten- ga exiftimada:Luego es muy fauble,que elic Sa- cramento fea a dicho enferino neceflano con ne- celsidad de medio para la lawvacion. 112. Conclufion 9. Efte Sacramento no im, prime caracter, como todos los Teologos alsien- tan epn el Concilio Tridentino se/).7. Canon 9. Y . aísi lé puede reiterar, yrepetir,no loo en direrlas enfermedades, como nadie niega, fino tambien durante vna miíma enfermedad , quando aviendo falido de el peligro de muerte , y convalecido de ella ajuyzio de Medicos, y Varones prudeñtgs, reincide otra vez enpeligro de muerte.Ira Suarez difp 30. ( num.43. ) como mal lo cita Dicaltillo Jeét.q. mno.7. Garamue! Theolog. Sacrament. funa dament.6%. Dicaltillo duvit.10 .14m. 164. y 166% Leandr. quajt-18. y es de todos , que lolo difcres pan endererminar y quanto tiempo ha de paar para dezirle , que el enfermo eltá en nuevo pe- ligro de muerte;porque algunos,que f+preffa nom: ne cita Suarez, requieren que aya pallado vn mes: otros, cerca de va ano;otros,que figue Leandro,y Torrecill. parece aprobar, piden, que ayan paña» do quinze,ó veinte dias:pero la regla mas Cierta, que alsigna Suarez , y iguen los Modernos, €S» que no le ha de mirar a ticmpo prefixo , fino que aunque no aya paífado largo tiempo, fe podrá rel terar fiempre. que a juyzio de Varones prudentes aya incurrido en fegundo peligro,y que le juzgue 109

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