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2”. LI LE IS CIA RA AS A. o TrátadolXidel Santifimo Sacrambinto de la Encl aia ' Objecion contra la 2. refpueta, 53 IL confagrar en las dos efpecies de pan,y y vino ,es de precepto Divino, como tienen todos los Autores com unmente; y no obltánte en caío de vrgente necefsidad puede el Pontifice dilpeníar, que fe cólagre vna efpecie, £in otra; como con otros lo tiene por probable Diana par.8. tr. 1.ref0l. 23, y aun afirma Mayor in 4» di..8. q-2. referido de Fr.Luys de San Juan, quej.s de Enchar.art.5. que por dár el Viatico en artículo de muerte,puede el Sacerdote confagrar "vna ho(tia,para comal garle, aunque no e diga la Mifa entera,en cálo,que no aya comodidad para dezirla. Luegod por la neceísidad vrgente cede lo que es de precepto Divino,mejor podrá ceder lo que es de precepto Eclefaftico, 154. Reípondo lo 1. Que muchos Autores niegan,que la confagracion de ambas elpecies fea necefariacon neceísidad de preceptoDivino,fino folo Eclefalticoscomo fe puede vér en Diana cad. wefol.23.y los Autores,que dizen,que es de dere. cho Divino,dizen, que el Pontifice no puede dif- peníar,en que (e conlagre vna e/pecie fin otra. 155 Refpondo lo 2. Que la objecion contra= ria lo que puede probar es,que Íi el Pontifice dif= penlareyen que el Sacerdote Latino en fu Igleña confagrafle en fermentado, lo podria hazer,como Jo podrian hazer tambien, fi dilpeníaffe en que le coníagre vna elpeciesfin otra, caío que pueda ha- s2erle. Y elto no es contra nueltra dofrina , que Íolo habla,(i con fu propria autoridad,abítrayen- «do de di/penlacion, podrá el Sacerdote Latino en 4u Iglefia confagrar eo pan fermentado por dár el Viaticod vn enfermo, no ariendo pan azymo ; lo qual negamos conftantemente. 156: A la autoridad de Mayor, que refiere la objecion,(e relponde; lo 1. que fu opiaamento le reprucban todos los Doétores,como dize Fr. Luis «de San Juan 1bid,concluf. 3. Lo 2. que efla objeció €s conforme d ía doétrina , pues tambien el lle. Ya, que le puede confagrar en fermentado en la Iglefia Latina, po dar el Viatico.en peligro de Muerte 5 como fe notó arriba num. 146. y noío- Eros negamos 4 Mayor la vna, y otra alfercion; asi la que dize en orden al pan fermentado, co- tmo d celebrar en vna Hoflia, in la otra efpecie, por dar tambien el Viatico,aunque no aya tiem- Po de confagrar en las dos. A só CINCA S 0 1v; 857 (1 Empronio Sacerdote de la Iglefía Latina, ha Eraníitava peregrino por tierras de la Igle(ía Griega; los dias que podia cele- va el Sacrificio de la Miffa,pero lo celebrara al odo de la IgleñaLatina en pan azymo. Pregúta- la celebrar en efJe pan,o fi devra celebrar en E 0 fegó el vje de los GriegostRelpódo lo Es que fi Sempronio tuviera domicilio fijo en la ta tierra de Griegos, devia conformaríe con fu Li= LO, y celebrar en fermentado; es comun,y confta de los principios generales de la Thcologia; que en el tratado de Leyes enícña,que los domicilidn dos en vna patria ,cftán obligados á las leyes de ella,como fe puede ver en la 1.part. de mis Cofer. trat. 3.Confer. 5.1.25. 158 Reípondo lo 2. Que li Sempronio no avia tomado fijo domicilio entre losGriegos, fino que folo tranfitava de paflo,podia celebrar en fer mentado licitaméte. Aísilo tiene con Suare 2,Eu- +Fiquez,Coninch,Nugno,Sanchez, y otros,Bonaci- DdTom. 1. difp. 4. de Euchar.q.2.pun4.1.nuin.10. y con Soto, CayetanosLedeíma, y otros,Leandro del Sacram. fupra dafp.8. 9.23.Y la razon ES,pOor= que el peregrino puede conformarfe con las le J€s» y ritos del territorjo, por donde paña; y eñá libre de las peculiares leyes de fu parriascomo di- xc en el lugar citado de las Comfer. num.12. 159 Reípondo lo 3. Que feria mejor , que Sempronio fe conformárfe con el rito de fu Igle- fia Latina, y celebrafíe en pan azymo, quando traníitaya por la Grecia. Aísilo tiene citando á Vazquez nueftro Calpenfe, tom.2. tra8. 22. difp. 2. fe4.2.24m.13.y con la autoridad del Papa Leó 1X. afirma lo miímo Thomás Tamburino ¿n me. thod, comMMUR.CAp.2. $. 9.1.8. Y es la razonslo 1. porque el peregrino no eftá obligado á las leyes particulares de] territorio,por donde paffa;como dixe en el mifmo lugar de la 1.part. de Cófer.n.10. Y lo otro; porque eftas no lon leyes particulares de vna fola region, fino vna coltumbre vnivería. liísima de toda vna Igleíía Latina 5 y es bien la guarde Sempronio , aun quando pafle peregrino, por tierras de la Iglefña Griega. Objecion contra la 2. ref[puesta, I60P AN Roma,y én Sicilia 2y Templos,donde E los Griegos oblervan lus ritos > Y CCre= monias, y fi vn Sacerdote Griego llega a celebrar en dichos Templos, deve celebrar en pá fermentado;como afirma Gafpar Hurtad. difp. 2. de Euchar. dificul. 3. fine , Suárez tom. 3-1n 3, part.dfp.44 fe%.3.5.1llud vero,Calpeníe loco cre. con Vazquez Tamburino cod. 5.9.2.5.Sed lic et; que Roma,y Sicilia fon territorio de la IglefaLa- tina:luego al Sacerdote Griego no es lícito con- lagrar en azymo en la Igleña Latina; y por coníi- guiente,ni al Sacerdote Latino en la Griega con- [agrar en fermentado. Relpondo lo 1.que pudie- ra negar la mayor,có Granados »Pedro de Ledef- ma,Nuño,y Leandro del Sacramento,que los Ci- ta), y ligue fupra quel. 22. Los quales afirman, que el SacerdoteGtiego,que tranfita por la Igle-. fa Latina(y lo miímo es del Latino,que pala por la Griega) aunque aya Templos, donde (fe guar- den (as ritos,no eftá obligado en ellos á confor- «maríe con (u Igleña a Celebrando en fermentado, lino

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