BCCPAM0001173-4-1100000000000
Conferencia II. de la Máteria teMota del Sacramento de la Endarifid: 23 ro,y por efte medio fe lalvafle: Luego parece co- fa dura el ne garle elte locorro. Refpondo,que el- te auxilio po dia fupliríe de orto modospues el Sa cerdore que avia de admuniftrarle la Euchariftia en ea mater ia dudofa,podria abíolverle,o 4bfo- lusé (1 le dava matería cierta, O conditienate, (mo la dava ; y con efta ablolucion fe haria de atrito contrito, y le le perdonarian fus culpas, y le fal- variaz con que no es medio neceffario , y precilo el de darle la Euchariltia en efía dudoía materias CASo uL 145 Srando Cayo en el peligro mortal , que E fe ha referido en el cafo 2. n.131. [e ha- 110 vn poco de pan de verdadero trigo, peroera pan fermentado. Preguntafe, fi yd que no podía confagrarfe en pan azimo de centeno y por fer materia dudofa,fe podria confazrar efse pan fermen- tado para darle el Viatico? 146 Reípondo lo 1. Que Mayor, y orros,qué cita Leandro del Sacram. 10.2. tradt.7.dif[p.8:9 20. Juzgan,que para dár el Viarico d vn enfermo, puede el Sacerdote Latino en lu Iglea Latina coníagrar en fermentado,no aviendo azymo: El ta (entencia puede probarle cón las razones (> guientes. Lo 1. quando ocurren dos preceptos incompatibles, le ha de oblervar,el que fuere de mas peío : Aqui ocurren dos preceptos incompa- tibles, el vno de que el enfermo reciba el Viatir co, el otro de que el Sacerdote Latino no con- fagre en pan fermentado; aquel precepto es Di= vino » efte,es Eclefiaítico : luego parece le de» ve oblervar el Divino,que manda al enfermo reci. bir el Viatico, y no el Ecleliaftico,que prohibe al Sacerdote Latino confagrar en fermentado. 147 Lo2. porque tambien ay preceptoEcle= faítico , para que el Sacerdote no celebre , no el- tando ayuno; y no obítante para dir el Viatico 4 vn enfermo , lientea graves Authores probable- mente,que puede celebrar, no eltando ayuno, no aviendo forma coníagrada. Ica Mayor, Zanardo, Zambrano, apud Dianam part.2. trat. 14. refol. 66. Heredia, Layman,Pedro Macheo, apud ¡pluma part,3. trat. 4. refol.33. y otros, que cita Lean- dto del Sacramento , codem tract. 7. difp.5-q+ 20» fundados en la razon dicha; de que el precepto Divino de recibir el Viatico, es de mas pelo, que el Eclefiallico de celebrar ayuno : luego lo mil- mo parece fe podrá dezir en mueítro calo por la miíma razón. 148 Lo 3. porque el enfermo > que comul+ go por Viatico,y farisfizo yá al precepto de la cor munion, puede comulgar otras vezes en el mil- mo peligro de muerte,aunque no elté ayuno , O pañíados diez dias,0 ocho , O feis , fegun varios Authores, y aun va dia fin otro, Á eltava acoltum- brado á la frequencia de efte Pan Soberano,como lo referi en la 2.part.de mi Prat.trat.13.c4p. 5. num.83. Luego fi aquí ¿ que no avia yá infancia de latifacer el precepto Divino de recibir el Via tico(por eltár ya recibido)por el confuclosy bica del enfermo le concede, que ceda el precepto Eclelialtico del ayuno natural; cón mas razon pas rece deverá cederspara que dicho precepto Divis vino íe cumpla, confagrando en pan fermentado. 149 Lo 4. Porque aunque eftá ordenado: y y mandado por la Igleíía , que el Sacerdote fea el MiniltroOrdinario para adminiltrar la Encharif tia; Cap.peruentt,de confecrat.dift,2. Trident.feffa 13. c4p. 8. No obítante en calo de peligro. de muerte ficate Diana part.3.trat.4.refol.47. Colt otros; que ceffando el elcandalo, puede vn lego comulgaríe ¿ (1, 0 comulgar á otro , o aviendo Miniítco mas diguificado ; y ea clte calo , por la vrgencia cella el preceptos y ordenácion de la Íglefa, para que e cumpla el precepto Divino de la comunion ; luego parece le podra dezir lo mif« mo en el calode Cayo. 15o Lo 5. Porque el evadir el peligro de muerte,que le amenaza, fiente Bernal de Sácram. Enckar. difp» 37. fet.4.num.38. puede el Sacer= dote Latino confagrar en fermentado , como no fea en menolprecio de nucítra CatolicaR eligion: Luego parece podrá hazer lo miímo, para que le cumpla el precepto Divino de la comunion,y por el bien eípiritual ¿que e feguira al paciente, el qual no es de menor condicion, que el daño temo poral. i 151 Refpondo lo 2. al caío propuelto en el hum. 145. que no obítante todo lo dicho , tenga por ciertiísimo,que de ningun modo podia el Sa. cerdote Latino confagrar en lu Igleñia en fermé- tado, aung fuelle en ran yrgente necclsidad. Elta affercion es comuniísima de cali todos los Dota res ¿y con razon, porque el precepto Divino de comulgar en peligro de muertes es afirmativo, Y no obliga » fino quando decentemente le puede adminiftrars fegun los Ritos, y coltumbres de la Santa Iglela: es cofltumbre, y vío demás del pre= cepto de la Santa Igleña Lacina, de que jamás en ella celebren lus Sacerdotes en fermentado , ni fe Sabe fe aya jamás dilpeníado en clto: luego fá deve eltár á tan lantas y loable coftumbre. 152 Lootro ¿porque tambien es de precep- to Eclelialtiacosque el Sacerdote celebre con los adornos de las Sagradas Veltiduras s y no puede celebrar fin ellas , para conlagrar partícula , para que. comulgue vn enfermo en peligro de muertes como lo tiene con otros por ciertiísimo.Leandfo del Sacramento vbi fupra difp.5.q.22. Luego aun que lolo fea precepto Ecleñaltico el de confagrar en azymo en la Igleñía Larina, le deverá oblervar; y cefíarala obligacion del Divino y de recibir el viatico. Y finalmente efto pidesy requiere la n= gular reverencia,y refpero, que le deve 4 can alco Sacramento. Con lo qual (e latisface a los ar= gumentos,y razones,que fc han alegada | por la primera len- tenciás Ñ Oba
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz