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Confer.v I.de los Vias oraj lazaro se Jo he de celebrar le Milá Joan de la Cruz,Rodríguez, y Peyrinis y Lezana, tom.2 .verbo Alrarezun. 14» y Bafiso.uetb» Mi/$.do $iSed peores primosque ha obítante el Decreto del Concitio Tridentino, es probable ,quelos Reli- fiolos pueden celebrar ea (is Granjás, y Celdas particulares con: Altar portatil, aunque el Obilpo lo prohiba, y contradiga. Porque.el Concilio lo- Lo dize , que los Obilpos no permitan: le celebre “fuera du la Igleña,o eu calas privadas: y eltos 14- vares Religiolosno fon calas privadas; ni omnino fuera de la: Lalefia, (ino partes de:ellas y bienes (0 E p y yos: Luegoybic. 1404 «Gonclufion: 9. Para: que licitamente pueda celebraría: el Santo Sacrificio de la Mila en la Iglelia, es necedario por derecho ordinario, y-cymun que ella eflé confagrada, O por lo mes nosbendezidPpor el Obiípo. A[si coníta ex cap. -Nullus Prestyter de canfecrat.. distor. en que dize el Papa SilveltroNVullus: Presbyrer Mijas celebras re prafumat y mili imfacratis ab Epifcopo locis y que fur particeps de cetero volgerir efie Sacerdory; y, lo tiene afsi la comun.de los Autores y que afirman fer pecado mortal celebrar en Jelefia,no confá- gra4450 bendezida:porqué la materia. es grave y el rigor de las palabras, conque el citado Canon lo manda, es de pelos, puesamenaza con la pena de perder el eftado del Sacerdocio.en aquellas pás -Jabras: Qué fui particeps.de.catero uolnérir efe Sán seolebrarfe en la Iglefa:s porque para. celebrar cerdot tj, ds 1405 Hedichoen la conclulñon,para que po Ue= ra deella erotros lugares deltinados para [olo el <ulto Divino ,no es neceffarío , que elten, conía- grados,o bendezidos, fino que balta,que elten de= putados por el Obiípo para.los Oficios Divinos; comoloenfeña: Panormiráno ¡mcap. ult. de confe- eratEcel.Laymandib:5, trad. 5.04P S.NUM+1.J 3» y puede veríe en Thomas Sanchez ¡[sb 9, de Ma-= trir. difp.151:36. Porque la depuracion , y dele fignacion delObifpo (a juzga (ev al modo de ben- dic:on:y aun dizen muchos Autores,que el Obif- po deípues"del Concilio Tridentino¡phede dar li= cencia , para quefe,celebre Milla en Oratorio de alguna cala privada como permanentemente cf- té dedicada a fola el Culto Divino;coma [e pue= de ver en Bafcowerbi Mi. 4. 1. 1. el.quál lo ad= mite con da condiciomsde que el talOratorio,ten- ga clingrelio y y puerta expuelta en parte exte- rior;para que qualquicra. pueda entrar. 1406. También he.dicho en. la. concltifion, que por derecho ordinariolc debe celebrar en Igles firconfsgradaijo bundezida ; porque en.calo de ntec(sidad:[c puede celebiar en lugares no conids grados, ni-bendezidos; como do tienen Layman fupra num.3.Bálleo codrwerb. Mil. 1.1 $. Quo 44 pYa x0m5y contta delo. que-diXimos en el 1.1409» dondo tambien afsiguamos las aulas, y y pece/st- dad baltanve para<llo;y tambien.confta de la col- tumbre antigua do la Iglela,que: em tiempo de [a perfecucioniacoummbrabaa celebrar el Sacrificio b Confer.Part.IIlo 25 ds la Milla en calas privadas,y en las miíinas de celes 5 como fe puede ver en el Cardentl Batonia Anno Christ.303. mam3ol' 7 TA 1407. Conclufion ro. De deretho ordiñatio para que lícitamente (e pueda celebrar elsa io de la Miffa en la Igleña ,* no hades clar ei violada, d poluta: y primero note reconcilayes pecado mortal celebrar en luque etuvierepola= ta ,,0 violada , auque no'(é ¡nourre por caen cenfura alguna; y laprimera parte la tienentodos los Doctores, fegun SiareZ,tom.3. in 3-part.difpo 31. ftc.4-$. EL is pofitis, y coníta de diverfos: De cretos, que rigurofamente prohiben celebrar: el Saito Sacrificio de lá Mila en la Ieleñía polutaya0 violáda. La fegunda parte 14" enfeña «con Navas rro, Silveltró, Azor, y otros Lajmán cit, -cap, 5. fub.num.S. el Cardenal Lugo di/p.10.':de Enchar. ftc.2-29m.52. Y imbúrido' 1 merh: eblebrari24if. lib. 3.c4p.6-$.3. nro. 1pigtrós. Porque aunque es verdad, que en el cap.Is Guide fent. excommman- nicar. in 6. fe dizesqueféa itregutar eb que celos bra en lugar entredicho; pero'la Igleña poltivayd violada no cltá entredicha ,' ho que! tiene-otro impedimento diverío de la cénfura del :entredi- cho: Luego no (é ha de ampliar la penaimpuel- ta al que celebra en Ingar entredicho, 31 que ha= z< lo mifino en lugar poluto,o violador» e * 1408 . He dicho en la conclufion:,irprimero no fe reconcilia: porque teconcitiadata Igleña, y purificada de la mancha, con que le violó, esslicio to celebrar en ella , como ántes';como tiene la comun de los Autores. El modo con que fe:re- concilia 11 Iglcfía es;(1 eltava confagrada antes, le deve reconciliar porel Obilpo, el qualno pue de delegar efta facultad al Sacerdote: fimple; co» mo con la' comun enfeña Diana part.2trabors. mifcel. 1. refol. 6. contra Vittoria, Sá, y Silvio. Los Regulares tienen para eto privilegiode;Leó X. con ciertas condiciones; que (it ocurciero el ca lo, Te pueden vér en Rodriguez tom:t.qqu Rego lar. 9.19. art.6. en Portel ucrbas Ecol in addres num.t.cú Alcanio Tamburino de iure ¿Abbatidifpe 19.9.3- n4.41.*Si la Iglelía ño eltavá confagrada, lino lolo bendecida ; puede qualquiera Sacerdote reconciliarla en la? forina 'quespreícribe el Riz tnal Romano. Sino"eftaba confagráda,' ni ben» decida , fino deputada por el Obiípo: para ccle= brar , es probable y queno necefsita de reconcia liáríe ¿como afirman Suárez cit. feb. 4. $.Qu into fine, Navarros Enriquez, y'otros; quecita,y figs Thomás Tambarino cit.lib.z. 64p.6 $. 3.0.2. Y Layman vbl fupra ».2.que dize oblervaricalsi en la prática,” 1409 Dixe tambien en laconelalion de dere cho ordinario; porque en cafo de necelsidad bien fe puede' licitamente celtbrar enla Ígleña polu- 13, 9 violadas con licencia del Obilpos/tte puede obrenet;y fino fe puedes y lanecelsidad:wige > le podrá lin fu licencia. Afsi-1d enfeña Lugo cad, difp.20-[ec:1::63Balico verb. Mif].4- fubs mun. A o

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